Ante la consulta planteada por un lector del blog sobre la legalidad de la instalación de cámaras digitales de grabación en las mirillas de las puertas, os explicaré si esto está permitido y cómo se regula.

Mirilla digital grabadora y la Protección de Datos

Las cámaras de grabación instaladas en las mirillas de las puertas deben cumplir los requisitos exigidos por el RGPD y la LOPDGDD.

Algo diferente sería si esa cámara no grabara las imágenes y permitiera visualizarlas. En ese caso no estaría afectada por la normativa de protección de datos, ya que sería un tratamiento de datos realizado por personas físicas en el ejercicio de actividades exclusivamente personales o domésticas.

Pero al realizarse grabación de imágenes, estas son consideradas como datos personales, se considera un tratamiento de datos personales sujeto a esta normativa.

Requisitos que deben cumplirse con las mirillas

Para poder utilizar legalmente estas mirillas con cámara grabadora es necesario cumplir una serie de requisitos.

Principio de proporcionalidad

El RGPD establece en su artículo 5 que los datos personales deben recogerse para fines determinados y legítimos. Y no pueden utilizarse para otras finalidades diferentes.

Es decir, la instalación de esas cámaras debe obedecer a un motivo determinado que esté asociado a garantizar la seguridad de personas, instalaciones o bienes.

Prohibición de grabar espacios públicos

Uno de los principales requisitos exigidos en la instalación de sistemas de videovigilancia es la prohibición de grabar lugares públicos.

En este caso, aunque se trate de un edificio de propiedad privada, se admite el acceso al público en general a pasillos o escaleras. Y también acceden el resto de vecinos del edificio.

Deber de información

Otra de las obligaciones que exige la instalación de cámaras de grabación es la información a los afectados a través de un cartel.

En dicho cartel debe indicarse:

  • Que se está realizando una grabación en esa zona
  • Quién es el responsable del tratamiento de esas imágenes y su dirección
  • Posibilidad de ejercer los derechos ARCO

El cartel debe colocarse en un lugar visible en la zona vigilada.

Consentimiento

El RGPD establece la necesidad de consentimiento expreso del titular para tratar sus datos personales.

Por tanto, en este supuesto es necesario solicitar el consentimiento de los que vayan a ser captados por esa cámara (los que pasen por el pasillo). Y la autorización de la Comunidad de propietarios para poder instalar la cámara.

Conservación de las imágenes

En el RGPD se establece que las imágenes obtenidas a través de cámaras de grabación deberán suprimirse en un plazo máximo de un mes. Salvo que sea necesario conservarlas para justificar la realización de actuaciones que atenten contra la integridad de personas, bienes o instalaciones.

Otras obligaciones

Al ser un tratamiento de datos sujeto al RGPD y la LOPDGDD, deben cumplirse el resto de obligaciones previstas.h

Así, debería realizarse un Registro de actividades de tratamiento, un análisis de riesgos o aplicar las medidas de seguridad adecuadas para proteger esos datos.

Tienes más información sobre todo esto en el post del blog referido a Videovigilancia y protección de datos.

Multas por incumplimiento

En caso de no cumplirse los requisitos anteriores, la grabación realizada por ese vecino es ilegal.

En ese caso los afectados pueden solicitar que se retire esa cámara y, si no lo hace, pueden presentar una denuncia ante la AEPD.

Se considera una infracción grave por lo que la AEPD puede imponer multas de hasta 300.000 euros.

Como ejemplo tenemos una multa impuesta en 2010 por la AEPD a un vecino de 600 euros por instalar una cámara en la mirilla de su puerta que grababa el pasillo común. La infracción que se ha castigado es que este vecino no solicitó el consentimiento de los vecinos.

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  1. Tengo colocada una mirilla que tiene sensor de movimiento, y puede grabar pero yo nunca le pude tarjeta para que gravase, para no tener que quitar la mirilla que funciona muy bien y cuando pulso el boton interiormente se ve muy bien, que puedo hacer para que este legal seria suficiente que en la ranura de la tarjeta la anulase con silicona por ejemplo.
    Muchas gracias

    1. Buenos días Francisco, sí, puede sellar esa ranura de la tarjeta para que no puedan realizarse grabaciones ya que sino debería cumplir los requisitos de la normativa de Protección de datos.

  2. Tengo una mirilla electrónica que realiza fotos y graba cuando detecta movimiento, además de actuar como una mirilla normal. Es un ático por lo que sólo puede grabar al vecino y a mi mismo además de a personas que puedan venir expresamente. No la tengo instalada por dudas en la normativa. Mi vecino me autoriza y si el desea instalar una yo le autorizo. Recientemente hemos tenido un incidente de ocupas y disponer de foto le hubiese ido muy bien a la policía. La pregunta es, si ponemos cartel anunciando la existencia de la cámara así como obtener documento escrito de autorización del vecino implicado ¿sería suficiente o se precisa algún requerimiento opcional para su instalación legal?. Vaya por delante que queremos estar 100% dentro de la legalidad. La mirilla se conecta al Wifi local y si sellase la ranura SD con silicona ¿Los requisitos serían diferentes?. Gracias por adelantado.

    1. Buenas tardes Jordi, con el cartel informando sobre esa grabación y el consentimiento de su vecino es suficiente. Si las imágenes pueden verse a través de la red Wifi, el acceso debe estar protegido con contraseña.

  3. Buenos dias,

    Quiero poner una mirilla electrónica para grabar cuando alguien se acerque a mi puerta. Vivo en un tercero y el edificio tiene 7 plantas y ascensor. Tengo claro que necesito la autorización de mi vecino de enfrente. ¿Necesito la autorización de todos los vecinos de las plantas superiores? ¿Tengo que informar a la comunidad? Si solo graba cuando se acerquen a la puerta, ¿es necesario el cartel informativo?.

    Gracias

    1. Buenos días Francisco, así es, necesitas el cartel informativo de la grabación y el consentimiento de todos los vecinos de tu planta.

  4. Hola, pienso que es totalmente legal. Al menos y principalmente por seguridad. Ya que por ejemplo que tengas un familiar enfermo y que en momento le puedan asustar. O tener un vecino que es un tanto violento, y en estos casos como demuestras, la verdad. Gracias

  5. Hola, en mi finca somos 4 vecinos y uno de ellos me esta dañando la puerta con orin, tengo el consentimiento de los otros dos mas el mio, si el que esta dañando la puerta no esta conforme con la mirilla, la tengo que quitar, o al ser mayoria si que puedo tenerla?

    1. Buenos días Ivan, si esa mirilla realiza grabaciones es necesario el consentimiento de todos los vecinos del rellano.

  6. Vivo en un atico en el que solo estoy yo, pero como los trasteros estan encima,por mi descansillo pasan los restantes vecinos cuando van al trastero, y alguno mas que no conozco pues uno de los trasteros le tiene alquilado la comunidad, pues habia un cuarto mas. Como ya han robado en esta parcela mas veces, y la ultima a mi vecina de debajo, quiero poner una mirilla con grabacion, y no quiero pedir permiso a los vecinos, ademas en mi planta estoy solo pues el atico ocupa la planta de los dos pisos de abajo..un saludo y gracias.

    1. Buenos días Jesús, para grabar necesitas el consentimiento de los vecinos que pasen por el rellano e indicar que se está grabando con el cartel correspondiente. Si no lo haces y alguien te denuncia, sería un incumplimiento de la normativa de protección de datos y podrían sancionarte.

      1. Buenos dias,el acceso a mi casa es por un camino que no es de mi propiedad sinó del vecino,queria saber si puedo poner una mirilla no grbadora en mi portal enfocando dicho camino solo para ver quien está en mi portal al tocar el timbre. Un saludo, gracias

  7. tengo una mirilla digital que enfoca al rellano de la planta. Dicha mirilla hace fotos pero no video. ¿es legal? ¿la tengo que retirar? ¿tengo que avisar a todos los vecinos de esa planta?
    cuando hablais de consentimiento, os referis a los del rellano o a la comunidad? lo pregunto por si con el permiso de la comunidad fuera suficiente
    gracias

    1. Buenas tardes Rafael, debes informar con un cartel de la existencia de esa mirilla y solicitar el consentimiento de los vecinos del rellano.

  8. Tengo un vecino de rellano que ha puesto un timbre con cámara y con lo que parece sensor de movimiento por que cada vez que me acerco a mi puerta parpadea y se ilumina, no ha pedido permiso a ningún vecino y no se si está grabando o que está haciendo ¿es legal?

    1. Buenas tardes Lola, eso no es legal ya que necesita el permiso de los vecinos para grabar. Puedes denunciar ante la AEPD

  9. Mi vivienda es unifamiliar y la puerta da a la calle directamente, aunque esta retranqueado el acceso para entrar a cubierto, por lo que solo veo por la mirilla la fachada del vecino de enfrente.

    Si decido poner una mirilla con sensor de movimiento y grabación, ¿es suficiente con el consentimiento del vecino de enfrente?

    En cuanto al cartel informando, supongo que es un cartel de zona videovigilada, solo en el caso de que guarde fotos o videos, ¿correcto?

    1. Buenos días Alfonso, para instalar esa mirilla necesitas el consentimiento del vecino y el cartel informativo de zona videovigilada

  10. hola,
    mi madre tiene una vecina que hace trastadas a las cerraduras y molesta todo lo que pueda. podríamos poner una cámara apuntando a la puerta de mi madre desde el pasillo. es un edificio pequeño y en cada rellano/piso hay sólo dos vecinos, ¿sería suficiente con pedir permiso solo a ese vecino ya que están en la última plana los dos? (mi madre y este vecino, es decir no es lugar de paso de otros en la comunidad.
    un saludo y gracias

      1. hola de nuevo, me podría concretar qué cámara podríamos instalar? la de mirilla? una en el pasillo que apunte a la puerta de mi madre? y por favor indíqueme en qué artículo se comenta que se puede simplemente con la autorización del vecino, es que quiero hacer un escrito para que el vecino me lo firme y estar más tranquila.
        gracias

        1. Buenos días Lucía, para instalar una mirilla con cámara se exige el consentimiento de los vecinos de ese piso ya que supone un tratamiento de datos personales (la imagen) y la ley de Protección de datos exige el consentimiento del titular para tratar sus datos personales (art. 6 LOPD)

  11. Buenas tardes,
    La puerta de mi vecino está enfrente justo de mi puerta, nos separa el metro de ancho que mide el pasillo. Cuando abro mi puerta, por la disposición de mi piso se ve todo el largo del mismo con la entrada a todas las dependencias. He estado de viaje y al volver me encuentro que el vecino ha instalado una mirilla que graba y envía notificaciones a su móvil cada vez que alguien se aproxima a su puerta, lo que sucede cada vez que te aproximas a la mía. Me dice que es por seguridad y que no me preocupe que no va a utilizar las imágenes, pero yo no entiendo que una persona reciba una notificación en su móvil cada vez que yo entre o salga de mi casa, me siento totalmente vigilada. ¿Qué puedo hacer?