Ya tenemos la primera Carta de Derechos Digitales en España; pese a que no se trata de un texto vinculante, uno de sus objetivos es convertirse en guía para el desarrollo de futuras normativas para el ámbito digital.

En este artículo vamos a ver qué es la Carta de Derechos Digitales exactamente y los derechos recogidos en ella.

¿Qué es la Carta de Derechos Digitales?

La Carta de Derechos Digitales es el nuevo marco de referencia para garantizar los derechos de los ciudadanos en la era digital.

Elaborada con la colaboración de un comité de expertos y sometida a dos procesos de consulta pública, fue finalmente aprobada por el Gobierno en verano de 2021, la Carta de Derechos Digitales es un documento creado para reforzar los derechos de la ciudadanía trasladados al ámbito digital y teniendo en cuenta el desarrollo de la tecnología e Internet en el futuro.

La elaboración de la Carta de Derechos Digitales forma parte de los mandatos de la Agenda España Digital 2025 y tiene como objetivo principal ofrecer un marco de referencia para garantizar los derechos de los ciudadanos en la era digital.

No es que los derechos digitales no estuviesen contemplados en España hasta la publicación de esta Carta, puesto que podemos encontrarlos en diferentes normas y regulaciones, como por ejemplo, en la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) o en la propia Constitución España y, de hecho, varios de los derechos reconocidos en la Carta ya están reconocidos y regulados a nivel legislativo.

Sin embargo, como desarrollaremos más adelante, el propósito de la Carta de Derechos Digitales española no es legislativo, sino reconocer la existencia de estos y otros derechos digitales y la necesidad de respetarlos en un ámbito que evoluciona muchas veces más rápido que las leyes que se crean para regularlo.

¿La Carta de Derechos Digitales es una ley?

Ya lo hemos adelantado, la Carta de Derechos Digitales no es una ley, sino una declaración y, por tanto, ni es vinculante ni es obligatoria, sin embargo, como veremos a continuación, sí que tiene la capacidad para convertirse en un marco y guía para el desarrollo de nuevas leyes y normativas en torno a los derechos digitales que se contemplan en ella, especialmente aquellos que todavía no han sido contemplados por las leyes actuales.

¿Para qué sirve la Carta de Derechos Digitales española?

La Carta de Derechos Digitales tiene un objetivo «descriptivo, prospectivo y asertivo. Descriptivo de los contextos y escenarios digitales determinantes de conflictos, inesperados a veces, entre los derechos, valores y bienes de siempre, pero que exigen nueva ponderación; esa mera descripción ayuda a visualizar y tomar conciencia del impacto y consecuencias de los entornos y espacios digitales. Prospectivo al anticipar futuros escenarios que pueden ya predecirse. Asertivo en el sentido de revalidar y legitimar los principios, técnicas y políticas que, desde la cultura misma de los derechos fundamentales, deberían aplicarse en los entornos y espacios digitales presentes y futuros».

Por lo tanto, como hemos señalado, no tiene carácter normativo, sino que pretende ser un punto de partida la adaptación de una serie de derechos y derechos fundamentales al entorno digital, reconociendo los retos que esto planeta. En cierto sentido, esta Carta planta las semillas para el desarrollo normativo de diferentes aspectos del ámbito digital; de los derechos aquí recogidos podrán salir (y deberían hacerlo) nuevas leyes y regulaciones, discutidas y aprobadas en el parlamento.

¿Cuáles son nuestros derechos digitales? Estructura y contenido de la Carta de Derechos Digitales

La Carta de Derechos Digitales está estructurada en torno a seis categorías de derechos principales, en las que recogen derechos relacionados. De manera resumida, estos son los derechos digitales que reconoce la Carta a los ciudadanos:

  • Derechos de libertad: Estos derechos reconoce la identidad digital y el derecho de protegerla:
    1. Derechos y libertades en el entorno digital
    2. Derecho a la identidad en el entorno digital
    3. Derecho a la protección de datos
    4. Derecho al pseudoanonimato
    5. Derecho de la persona a no ser localizada y perfilada
    6. Derecho a la ciberseguridad
    7. Derecho a la herencia digital
  • Derechos de igualdad: Son los derechos relacionados con la igualdad y la no discriminación tanto en el acceso a Internet como dentro del entorno digital. Se hace mención también los derechos digitales de los niños y a la brecha digital:
    1. Derecho a la igualdad y a la no discriminación en el entorno digital
    2. Derecho de acceso a Internet
    3. Protección de las personas menores de edad en el entorno digital
    4. Accesibilidad universal en el entorno digital
    5. Brechas de acceso al entorno digital
  • Derechos de participación y de conformación del espacio público: Son los derechos relacionados con la liberta de expresión e información, así como a recibir información veraz (es decir, aborda el problema de la desinformación y las fake news) y los derechos de los ciudadanos en su relación con las administraciones públicas:
    1. Derecho a la neutralidad de Internet
    2. Libertad de expresión y libertad de información
    3. Derecho a recibir libremente información veraz
    4. Derecho a la participación ciudadana por medios digitales
    5. Derecho a la educación digital
    6. Derechos digitales de la ciudadanía a sus relaciones con las AA. PP.
  • Derechos del entorno laboral y empresarial: Recoge los derechos digitales aplicables al ámbito laboral:
    1. Derechos en el ámbito laboral
    2. La empresa en el entorno digital
  • Derechos digitales en entornos específicos: Aborda derechos digitales en ámbitos como el de la salud, el interés público o la cultura y menciona específicamente los derechos ante la IA y las neurotecnologías:
    1. Derecho de acceso a datos con fines de archivo o en interés público, fines de investigación científica o histórica, fines estadísticos y fines de innovación y desarrollo
    2. Derecho a un desarrollo tecnológico y un entorno digital sostenible
    3. Derecho a la protección de la salud en el entorno digital
    4. Libertad de creación y derecho de acceso a la cultura en el entorno digital
    5. Derechos ante la inteligencia artificial
    6. Derechos digitales en el empleo de las neurotecnologías
  • Garantías y eficacia: En esta sección se enfoca en la garantía de los derechos reconocidos en la Carta respecto a las relaciones con la Administración de Justicia y la promoción de mecanismos de autorregulación, control propio y la creación de procedimientos para la resolución alternativa de conflictos surgidos en el entorno digital:
    1. Garantía de los derechos en los entornos digitales
    2. Eficacia

Para conocer más en detalle cada uno de estos derechos, podéis consultar el PDF de la Carta de Derechos Digitales colgado en la página de la Presidencia del Gobierno.

Y si queréis saber más sobre qué son los derechos digitales contemplados en LOPDGDD, no dejéis de consultar el enlace.

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