Seguramente el sentido común ya te estarán diciendo que colocar una cámara en el baño no es legal. Pero, esto es siempre así? ¿Existe algún caso en el que sí se puedan poner cámaras de vigilancia en los cuartos de baño? ¿A qué sanciones me expongo por no cumplir la normativa y vulnerar el derecho a la intimidad de las personas? En este artículo respondemos a estas y otras cuestiones.

Consecuencias legales de poner cámaras en baños

El artículo 89 de la LOPDGDD (Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales) hace referencia a la posibilidad de instalar cámaras de seguridad en el trabajo.

En este sentido, la normativa señala que los empleadores podrán colocar cámaras de videovigilancia para ejercer funciones de control de los trabajadores previstas en el artículo 20 del Estatuto de los Trabajadores.

Los empleadores deberán informar a os trabajadores con carácter previo y de forma expresa, clara e inequívoca sobre la situación de los sistemas de videovigilancia, así como a sus representantes, si los hubiera.

Asimismo, el uso de sistemas de grabación de audio o vídeo debe responder a riesgos relevantes para la seguridad de las instalaciones, bienes o personas, y se ha de realizar respetando siempre los principios de proporcionalidad e intervención mínima.

Pero, ¿qué hay de la instalación de cámaras en cuartos de baño?

La ley es muy clara a este respecto y señala que la instalación de sistemas de grabación de imagen o sonido solo podrá realizarse en áreas destinadas a la realización de las tareas laborales. EN NINGÚN CASO se podrán colocar en lugares destinados al descanso o en otras zonas públicas como vestuarios, aseos, comedores y otros.

El empleo de cámaras de vigilancia en estos lugares se considera un atentado contra la intimidad del individuo. Y no hay lugar más privado e íntimo que los retretes o aseos, por lo que sobra decir que las cámaras en el baño están totalmente prohibidas por ley.

Las consecuencias legales de poner cámaras en el baño dependen de la gravedad de la infracción. Pueden ir desde responsabilidades civiles a administrativas hasta penales, en el caso de delitos graves contra la intimidad y la propia imagen. Puedes saber más en nuestro artículo sobre sanciones por cámaras de videovigilancia.

¿Y si además difundo en internet las grabaciones?

La grabación de imágenes en el cuarto de baño ya supone un delito, pero su difusión en internet contribuye a agravar todavía más las consecuencias legales, ya que el daño causado a la intimidad de la persona es todavía mayor.

Pero todavía hay más. Si una persona recibe una grabación proveniente de una cámara en el cuarto de baño y, a pesar de saber que se ha obtenido de forma ilícita, la difunde a través de internet u otros medios, también tendrá que hacer frente a sanciones económicas e incluso penales.

Es decir, las consecuencias legales por la difusión de imágenes obtenidas por cámaras en cuartos de baño no solo son para la persona que haya colocado la cámara, sino para todos aquellos que hayan contribuido de cualquier manera a la difusión de dichas imágenes.

¿Existen exenciones?

No existe ningún caso en el que se pueda colocar una cámara en el baño. La ley es clara al respecto y no establece ninguna excepción, ni siquiera en los siguientes supuestos.

¿En los baños de mi casa?

No se puede colocar una cámara en el baño de casa. No, ni siquiera en tu propio hogar. Piensa que puedes vivir con más personas o familiares, o que puedes recibir visitas. Si tienes una cámara en el cuarto de baño estarías vulnerando la intimidad de todos ellos.

Un caso de ejemplo sería el de un hombre de 51 años en Cuenca que fue sancionado por un delito contra la intimidad al colocar una cámara en el baño, oculta bajo el dispensador del papel higiénico, con la que grabó durante años a sus familiares, algunos de ellos menores de edad, completamente desnudos.

¿Para detectar un caso de acoso o maltrato?

Hay quien puede pensar que la instalación de una cámara en el baño puede servir para detectar casos de maltrato o de acoso laboral y escolar. O también para saber si los trabajadores usan el cuarto de baño para perder tiempo durante su jornada laboral.

Sin embargo, lo cierto es que, aunque las intenciones sean buenas, la ley no prevé ningún supuesto que justifique la colocación de cámaras de seguridad en un baño. Ni siquiera aunque solo graben zonas se aseos y no otras más privadas como los retretes.

Ningún juez admitirá a trámite este tipo de pruebas ante acoso o maltrato, más aún, la persona que haya grabado esas imágenes será responsable de un delito por el simple hecho de colocar cámaras en el baño.

Casos de ilegalidades cometidas con la instalación de cámaras en baños

A continuación vemos una serie de casos en los que personas fueron condenadas por instalar cámaras en el cuarto de baño.

Detenido por esconder una cámara en el baño y grabar a sus compañeras de trabajo en Alicante

Un hombre fue detenido en Vinalopó, Alicante, por haber instalado una cámara en los baños portátiles de su empresa, con la cual obtuvo imágenes de hasta 5 mujeres distintas.

Cuando fue descubierto, el trabajador huyó del trabajo sin presentarse ni siquiera a recoger el finiquito. Sin embargo, la policía logró dar con él. En las grabaciones se podía ver al propio acusado instalando la cámara.

El caso de la empresa Konecta en Valladolid

Una mujer denunció en octubre de 2019 el caso de la empresa Konecta en Valladolid, tras haber detectado la existencia de una cámara en el baño. Pocos días después de encontró culpable a un trabajador de la empresa de 51 años. El empleado fue puesto en libertad bajo fianza y sancionado con la prohibición de volver a acercarse a la empresa.

Cámara en los baños de la UNAM

En ocasiones el delito no consiste en la ocultación de cámaras en el baño, sino que las imágenes son grabadas cámara en mano. Esto es precisamente lo que han denunciado varias alumnas de la Universidad Autónoma de México (UNAM), quienes se dieron cuenta de la existencia de grabaciones en los retretes del cuarto de baño, las cuales luego eran publicadas en páginas web de pornografía. Otras alumnas incluso han visto como alguien grababa con el móvil oculto en el baño de al lado, mientras hacían sus necesidades. La situación se extiende desde hace ya cuatro años, sin que se haya hecho nada todavía al respecto.

En definitiva, si alguna vez has pensado en colocar una cámara en los baños, sea cual sea tu intención, desecha esa idea completamente de tu cabeza, o te puedes enfrentar a duras sanciones.

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