Internet en general y las redes sociales en particular han hecho posible no solo que mantengamos el contacto con amigos y familiares de una manera mucho más sencilla y rápida, sino que también nos permiten compartir con ellos fotos y vídeos de nuestro día a día o de los eventos más importantes.

Sin embargo, como toda moneda, también cuenta con su particular cruz, y es que las redes sociales se emplean también para compartir vídeos humillantes para sus víctimas (agresiones físicas o verbales, relaciones sexuales o abusos sexuales, etc.), que incluso aunque no se conviertan en virales, pueden suponer graves perjuicios para sus protagonistas, puesto que se comparten sin su consentimiento y pueden conllevar terribles consecuencias (hasta el extremos del suicidio).

Para ayudar a eliminar estos vídeos de las redes sociales o Internet, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) creó el Canal Prioritario; en esta entrada vamos a explicar qué, en qué casos se puede denunciar a través de él y cómo funciona.

¿Qué es el Canal Prioritario de la AEPD?

El Canal Prioritario de la AEPD es una herramienta para denunciar los casos de difusión de vídeos o fotografías ilícitos, es decir, aquellas imágenes nuestras que se han compartido a través de Internet sin nuestro consentimiento, especialmente en el caso de que se trate de contenido sensible (contenido sexual, actos de violencia o imágenes de menores).

Como decíamos al comienzo, el desarrollo de las redes sociales ha propiciado a su vez el desarrollo del acoso digital y el cyberbulling, a lo que se suma el riesgo que entraña el sexting. Problemas que afectan a personas de todas las edades. Y aunque la imagen es considerada un dato personal, lo cierto es que el RGPD no la ampara cuando son particulares quienes comparten imágenes de terceros a través de redes sociales. Si bien, eso no quiere decir que estemos completamente desamparados, puesto que el derecho al olvido ha hecho que se habiliten herramientas en las distintas plataformas, mediante las que podemos denunciar y pedir que se retiren aquellas imágenes que se han subido sin nuestro consentimiento.

El Canal Prioritario va un paso más allá, puesto que se creó con el objetivo de actuar rápidamente ante aquellos casos en los que las imágenes compartidas son de contenido sensible y así poder atajar y frenar su difusión cuanto antes.

¿Cómo funciona?

Antes de recurrir al Canal Prioritario, o denunciar ante la AEPD que se está compartiendo una imagen personal sin nuestro consentimiento, primero deberemos utilizar las herramientas de denuncia con las que cuentan las propias plataformas (Facebook, Google, Twitter, Tumblr, Blogger…, todas ellas cuenta con sus propios canales de denuncia para este tipo de situaciones).

En el caso de que tras denunciarlo por los canales habilitados para ello, la plataforma no tome ninguna acción o medida para eliminar el contenido, pasaremos a realizar la denuncia a través del Canal Prioritario de la APDE.

Al realizar la denuncia, tendremos que describir detalladamente cómo se han difundido las imágenes, especificando si el afectado es víctima de violencia de género, abuso o agresión sexual, acoso, es menor de edad (especialmente si son menores de 14 años), tiene alguna discapacidad o sufre riesgo de exclusión social.

Así mismo, se recomienda adjuntar los enlaces necesarios con vídeos o fotos o el perfil del acosador o persona que ha difundido las imágenes, además de las denuncias previas que hayas podido poner y cualquier otra documentación que se considere oportuna.

La AEPD, como autoridad independiente, evaluará la reclamación y adoptará, si es preciso, las medidas urgentes y cautelares para limitar que sigan compartiendo las imágenes. Además, también valorará si corresponde la apertura de un procedimiento sancionador contra las personas que hayan difundido el material denunciado.

Imagen conceptual para denunciar acoso canal prioritario aepd

¿Cuándo recurrir al Canal Prioritario de la Agencia Española de protección de datos?

Puesto que el objetivo del Canal Prioritario de la AEPD es frenar el tratamiento de datos personales sensibles en situaciones de excepcional gravedad, solo se puede recurrir a esta herramienta para denunciar la difusión de fotos o vídeos cuando se pongan en riego o vulneren los derechos y libertades del interesado. Es decir, cuando se trate de imágenes de carácter sexual o agresiones o las víctimas pertenezcan a los colectivos vulnerables que hemos enumerado más arriba.

Para otros casos de acoso, podemos recurrir a otras herramientas de la propia AEPD, como aquellos en los que se usan WhatsApp, Telegram o el e-mail.

Resumen

Tal y como nos explican de manera sucinta en esta infografía de la AEPD que podéis descargar, el Canal Prioritario es una herramienta que solo podremos usar en casos de extrema gravedad, es decir, cuando seamos testigos o víctimas de la difusión de imágenes de contenido sensible a través de Internet, especialmente de redes sociales, y cuyo fin es atajar cuanto antes el tratamiento y difusión de dicho contenido.

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