El Consejo General de Hermandades y Cofradías de Sevilla, en colaboración con el Colegio de Abogados de Sevilla, ha organizado una jornada con el título «Hacia una cultura en la Protección de datos de las Hermandades». En esta jornada se ha conseguido un aforo completo de asistentes.

La entrada en vigor del RGPD y la LOPDGDD afecta de lleno a la actividad de las Hermandades y Cofradías, que deben adaptarse a esta normativa.

Protección de Datos en Hermandades

Además de sus fines espirituales, las Hermandades también realizan actividades administrativas.

Entre esas actividades realizadas por las Hermandades están la gestión de correos electrónicos de sus hermanos. Y estos son datos personales que deben proteger. Esos correos se utilizan para enviar comunicaciones a los hermanos, pero ¿tiene la Hermandad el consentimiento de estos para hacerlo?. Lo más probable sea que no. Y, según la normativa de Protección de datos, esto puede conllevar una sanción.

Por otro lado, los datos personales que manejan estas Hermandades son datos de religión e ideología por lo que se trata de datos especialmente protegidos. Un uso indebido de esos datos puede ocasionarles importantes multas.

Durante la celebración de la jornada en Sevilla se han tratado importantes temas relacionados con la Protección de datos. Es necesario proteger los datos que manejan para evitar una invasión en la privacidad de esas personas y en sus creencias religiosas.

Las Hermandades, que hasta ahora no habían tenido en cuenta estas obligaciones, deben ahora cumplir los requisitos exigidos por esta normativa.

Dentro de las principales obligaciones están:

  • Designar un DPO que asegure el cumplimiento del RGPD en la Hermandad
  • Obtener el consentimiento expreso de los hermanos para el tratamiento de sus datos
  • Incluir las cláusulas informativas y políticas de privacidad en sus documentos, correos electrónicos o páginas web
  • Adoptar las medidas de seguridad adecuadas para proteger la información que manejan

Publicación del orden de la Cofradía

Es muy común que los días antes de Semana Santa las Cofradías publiquen en la puerta de las Iglesias las listas de todos los hermanos que van a participar en las procesiones.

A partir de ahora, esta publicación está prohibida. Salvo que dispongan del consentimiento para ello de todos los incluidos en esa lista.

En casos de publicación del censo electoral antes de unas elecciones en la Hermandad pasará lo mismo. El censo no podrá exponerse sin el consentimiento expreso para ello a pesar de lo que se indique en los estatutos de la Hermandad.

Envío de emails o WhatsApp

Para poder enviar a los hermanos correos electrónicos o usar sistemas de mensajería instantánea como WhatsApp, es necesario contar con su consentimiento expreso. Sino, se prohíben este tipo de comunicaciones.

Como vemos, es esencial que las Hermandades adapten su actividad a la ley de Protección de Datos para evitar incumplimientos que pueden originar multas millonarias.

Además, cualquier fallo de seguridad que implique accesos o robos de datos debe ser comunicado a la AEPD y a los afectados.

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