Existen varias resoluciones tanto de la AEPD como de los Tribunales en las que se condena a empresas a indemnizar a los afectados por una vulneración de su derecho a la protección de sus datos personales. Esto se produce principalmente en casos de inclusión indebida en ficheros de morosos, o por utilización de datos personales o imágenes sin el debido consentimiento de los titulares. Aquí tienes toda la información para solicitar una indemnización por protección de datos.

¿Puedo solicitar indemnización ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)?

Es indiscutible que un tratamiento de datos que vulnere la LOPD puede originar un perjuicio importante para las personas.

El derecho a indemnización por incumplimiento de protección de datos es, por tanto, un mecanismo del que disponen los afectados en caso de que se les cause un daño.

Esto requiere un estudio previo, examinando el caso concreto, para estimar el inicio o no de acciones judiciales dirigidas a la compensación del citado daño.

Tal perjuicio, de una forma más o menos objetiva, podría llegar a evaluarse económicamente. Y ocasionar, sin duda, el correspondiente derecho de indemnización para el afectado…

Pero no sería a través de la AEPD.

Importancia del derecho a la Protección de Datos

En una sociedad totalmente digital nuestros datos personales han aumentado su valor un 100%.

Para empresas dedicadas a la publicidad, el saber dónde estamos, cuáles son nuestros gustos y aficiones, en qué trabajamos, etc. se ha convertido en uno de sus más preciados valores. Y por ello se llegan a pagar enormes cantidades de dinero.

Para estas empresas resulta más efectivo dirigir sus anuncios directamente a las personas que pueden estar interesadas en sus productos que hacerlo de forma aleatoria. Y toda esa información que manejan forma parte de nuestra intimidad por lo que nos puede causar un perjuicio importante.

¿Cuándo puedo solicitar una indemnización?

La indemnización podemos instarla siempre que se den determinados requisitos:

  • Puede solicitarse indemnización por incumplimiento de la LOPD aunque la situación que la justifica no afecte al honor e intimidad del afectado.
  • El perjuicio debe ser efectivo y causado por un daño real y cierto. Normalmente esto es lo más difícil de justificar.
  • En cualquier caso el hecho que acredita la solicitud de la indemnización, debe suponer un incumplimiento de la LOPD. No podrá instar tal indemnización si la actuación de quien ocasionó el daño fue conforme a la LOPD.

¿Cómo ejercer el derecho a ser indemnizados?

En caso de que se haya producido una vulneración de nuestros derechos que suponga un perjuicio para nuestra imagen o nuestros derechos, en primer lugar debemos identificar si esa vulneración la ha realizado una empresa pública o privada.

Si se trata de una Administración pública existen límites dependiendo de lo que diga la legislación administrativa y la LOPD. Habrá casos en los que podremos demandar a una Administración pública.

Cuando la vulneración la realice una empresa privada, por ejemplo una compañía telefónica que nos incluye indebidamente en un fichero de morosos, sí que podemos reclamar esa indemnización por daños y perjuicios.

Por tanto el derecho se plasma en la ley. Pero ya se establece con claridad que no es la AEPD la encargada de tal cuestión si no que debemos presentar una demanda por vía judicial contra el organismo público o privado infractor.

Para ello,  debemos tener la representación legal adecuada, es decir un abogado y un procurador de los Tribunales. El Juez, en todo caso, dictará sentencia valorando nuestra petición y condenando al demandado a que nos indemnice si corresponde.

¿Dónde denunciar?

Cualquier incumplimiento de la LOPD puede ser denunciado. Pero no todo incumplimiento de la LOPD supone automáticamente el derecho a indemnización al afectado.

En primer lugar, podemos presentar una denuncia ante la AEPD que es un organismo público que vela por el cumplimiento de la LOPD. Simplificándonos la forma de hacer valer nuestros derechos ARCO.

Para realizar esa denuncia, debido al carácter personalísimo de estos datos, es necesario aportar fotocopia del DNI. O documento semejante que acredite la identidad del afectado y sea estimado lícito en derecho de manera que el responsable del fichero pueda demostrarla.

También pueden ejercitarse a través de representante legal. Debiendo, en este caso, aportar, además, DNI y documento acreditativo de la representación del representante.

El procedimiento para presentar esta denuncia es totalmente gratuito aunque, en este caso, la sanción económica que imponga la AEPD no es para el particular denunciante sino que es para la propia Agencia.

También podemos presentar una demanda ante los Tribunales ordinarios que tramitarán el procedimiento correspondiente, según la cuantía reclamada (se utiliza normalmente el juicio ordinario).

Principales novedades en cuanto a las indemnizaciones

Con el nuevo Reglamento de Protección de Datos se aumentan significativamente las sanciones en caso de incumplimientos en esta materia.

En el tema que nos ocupa, las principales modificaciones que se producen con este Reglamento son:

  • El nuevo RGPD acepta la posibilidad de que se impongan multas administrativas a las Administraciones públicas. Aunque se deja a las normas de cada país determinar si hacerlo y en qué medida.
  • El RGPD no anula la LOPD, que continúa en vigor en las materias que aquél no regula. Por lo que, salvo que haya una modificación legal, en España se continuará sin poder sancionar a las autoridades públicas.
  • Los Tribunales nacionales competentes (contencioso-administrativos) sí tienen la posibilidad de aplicar multas “reales, proporcionadas y disuasivas”, con un efecto similar a las multas administrativas (establecidas en el RGPD).
  • Además, se establece la obligación de establecer otras sanciones aplicables, diferentes de las multas administrativas, y procedimientos ante los Tribunales para que los particulares puedan ejercer su derecho a una indemnización.
ejemplos proteccion de datos

Tras conocerse la noticia del gran ataque informático sufrido por la empresa Equifax, esta ha comenzado a recibir múltiples demandas de sus usuarios en reclamación de indemnizaciones por los daños sufridos. Estas reclamaciones se basan en que la compañía no tenía instalados los sistemas de seguridad necesarios para detectar e impedir el ataque ni contaba con un responsable de seguridad informática.

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