Con el aumento del uso de las nuevas tecnologías en red, y en la cantidad de interacciones digitales, es inevitable preguntarnos ¿Qué va a pasar con mi rastro digital cuando yo no esté? ¿Qué va a pasar con todas las cuentas de usuario registradas, suscripciones, redes sociales, blogs, contraseñas de dispositivos, webs y dominios, cuentas de correo electrónico, dinero virtual, información y archivos almacenados en la nube? ¿Cómo quiero que me recuerden? Por eso surge el testamento digital. Y aquí te contamos en qué consiste.

¿Qué es el testamento digital?

Todos sabemos lo que es un testamento o declaración de últimas voluntades. Pero seguro que pocos hemos oído hablar del testamento electrónico.

Aparece regulado por primera vez en nuestro país en la nueva Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos digitales, pendiente de aprobarse en el Congreso.

Podemos definir el testamento digital como el documento con todos los servicios de correo, páginas web, redes sociales, sistemas de crédito, etc. todo aquello donde se tiene cuenta abierta en Internet. Este documento no dista mucho del testamento normal, de hecho se haría ante un notario.

Es decir, es el documento con todas tus posesiones digitales, las claves para acceder a ellas, y una autorización a una persona de confianza para que pueda acceder a todo este contenido cuando fallezcas.

Se debe explicar qué se quiere hacer con todos esos datos:

  • cancelarlos,
  • conservarlos,
  • que se remita a familiares…

E indicar qué personas van a ser las encargadas de llevar a cabo estas gestiones.

Se deben adjuntar las contraseñas y nombre de usuario, aunque esto no es compatible si se cambia con frecuencia de contraseña.

De todas formas, la regulación que se hace en esta nueva ley no es suficiente.

Lo mejor sería un acuerdo internacional que regule todo esto puesto que las compañías donde registramos nuestros datos o dejamos nuestra huella digital, la inmensa mayoría, no son españolas. Un tratado internacional que regule la jurisdicción para determinar que se pueda reclamar las pertenencias digitales para los herederos.

Legado digital

Internet cada vez tiene más importancia en nuestras vidas.

De hecho, gran parte de nuestras posesiones y recuerdos están en la red. O en el disco duro de un ordenador.

Esto es lo que se llama huella digital.

Existen bancos que solo funcionan en la Red, y sólo puedes acceder a ellos mediante cuentas online.

Quizá tengas almacenados algunos bitcoins en un monedero digital.

Tu colección de películas, las claves de Microsoft Office, los juegos de PlayStation Store y otro contenido de ocio online que has adquirido a lo largo de los años, y está asociado a tus cuentas cuya contraseña solo conoces tú.

Quizá has comprado espacio en Dropbox, Google Drive y otros almacenes online y ahí guardas documentos de valor. Tu colección de fotos, vídeos y otro contenido sentimental que has acumulado toda la vida.

Sería una pena que todo esto se perdiera cuando tú ya no estés ¿verdad?

Por eso debe existir el derecho al testamento digital.

 

 

Contenido del testamento digital

Lo más sencillo es dividir el contenido en grupos, y gestionarlo por separado:

  • Cuentas de correo
  • Cuentas de servicios y contraseñas
  • Servicios de suscripción (que nos seguirán cobrando aún después de fallecer, si no los cancelamos)
  • Cuentas bancarias y otros fondos financieros
  • Contenido personal en Internet (fotos, vídeos, y documentos en la nube)
  • Contenido personal en formato físico (ordenadores, disco duros, memorias USB, móviles).

Para cada una de esos contenidos se indicarán las claves de acceso y la persona autorizada a acceder.

Tipos de testamentos digitales

Debemos distinguir dos tipos de testamentos digitales.

Testamento digital de emergencia

Este es el primer documento que permite acceder a las cuentas clave con la información digital más crítica.

Con estos datos nuestros herederos podrán gestionar la mayoria de nuestro legado digital. O al menos, lo más importante.

El testamento digital de emergencia debe incluir:

  • cuentas de nuestro correo principal de Gmail o equivalente,
  • cuentas bancarias online,
  • almacenes de fotos, etc.

Todo lo que creamos que es más importante. No hace falta que sea un documento legal, se puede decir donde se guarda a la pareja, un familiar, etc. Pero también se puede registrar bajo notario y ordenar instrucciones para su entrega.

Testamento digital detallado

El testamento digital de emergencia es una buena solución para que nuestros allegados puedan acceder a nuestro contenido más importante en Internet.

Pero casi siempre tenemos cuentas que nadie más sabe que existen.

Por eso conviene hacer un testamento digital detallado.

Cuentas, correos, y contraseñas

Las cuentas y correos son la llave que da acceso a todo el contenido online. Por tanto es lo primero que hay que detallar.

Debemos escribir en un documento todas nuestras cuentas importantes, y sus contraseñas.

Esto incluye direcciones de correo, cuentas de blogs, páginas webs que hayamos creado, y cualquier otra cosa que queramos que nuestros seres queridos recuperen cuando hayamos fallecido.

Redes sociales

Las redes sociales más populares tienen cientos de millones de usuarios.

Suena terrible pero es así: mueren 3 usuarios de Facebook cada minuto, y ya tiene más de 30 millones de cuentas de personas fallecidas. Por eso ya integra funciones para activar protocolos cuando el dueño de la cuenta fallece.

Twitter, por ejemplo, permite a otra persona autorizada borrar la cuenta y los tuits, aunque no permite seguir usándola.

Facebook e Instagram incluyen una sección en la configuración de la cuenta que permite indicar por anticipado lo que hacer con la cuenta cuando falleces. Podemos ordenar que la cuenta se borre, o que se convierta en una cuenta conmemorativa. Una cuenta conmemorativa se usa para que familiares y amigos compartan recuerdos del ser querido que ha fallecido.

Facebook

Para que una cuenta de Facebook se convierta en conmemorativa cuando su titular muere, el titular tiene que designar un contacto de legado. Que es la persona que se encargará de gestionar la cuenta conmemorativa.

Para elegir un contacto de legado solo hay que entrar en la configuración general de la cuenta de Facebook, elegir un amigo y añadirlo como contacto de legado. Esa persona recibirá una notificación y, si acepta, será el encargado de gestionar una cuenta conmemorativa cuando Facebook compruebe que esa persona ha fallecido.

El contacto de legado puede hacer algunas cosas, como:

  • cambiar la foto de perfil,
  • redactar un homenaje,
  • aceptar nuevos amigos en la cuenta (familiares o amigos que quieren despedirse),
  • hacer una descarga de lo que se haya compartido en Facebook, o
  • borrar la cuenta para siempre.

Pero no puede leer los mensajes, borrar fotos ni alterar el contenido.

También puedes decirle a Facebook que borre tu cuenta definitivamente cuando falleces.

Para ello debes seguir estos pasos:

  • Selecciona Configuración, en la parte superior derecha
  • En el menú de la izquierda, pincha en General
  • Haz clic en Gestionar cuenta
  • Haz clic en Eliminación de la cuenta y sigue las instrucciones que aparecen en la pantalla
Google

Google es una de las compañías que mejor gestiona el testamento digital.

Su Administrador de cuentas inactivas permite establecer un plazo sin uso de la cuenta de Google, para considerarla inactiva. Entonces o bien Google activa la orden de borrarla, o de ceder la cuenta a una persona de confianza con la que contacta a través de un número de teléfono móvil.

Para ello debes iniciar sesión en Google y después pinchar en Mi cuenta. Después ve a Información personal y privacidad y pincha en Controla tu contenido.

Hay varias opciones:

  • Tiempo de espera. Aquí deber elegir el periodo tras el cual tu cuenta se considerará inactiva.
  • Alertas. Debes marcar cómo quieres que el gestor te avise de que va a finalizar el tiempo de espera que hayas marcado (puede ser por vía SMS o por correo electrónico).
  • Notificar a los contactos y compartir los datos. Aquí puedes elegir a qué contactos de confianza (máximo 10) quieres que se notifique que ya no utilizas la cuenta e incluso darles permiso para que accedan a tus datos. También tienes la opción de configurar una respuesta automática.
  • Eliminación de la cuenta. Aquí das permiso a Google para que elimine tu cuenta en tu nombre, con todos los servicios asociados a ella (vídeos de YouTube, publicaciones de Google+, blogs de Blogger, etc).

Bancos y Bitcoins bajo el colchón

Quizá incluso más importante que los correos y las cuentas de redes sociales, son las cuentas bancarias y los PIN de las tarjetas de crédito.

Hay bancos que solo operan a través de Internet, y sin acceso a las cuentas será imposible recuperar el dinero, que irá a parar a Hacienda.

De hecho siempre es una buena idea que las cuentas bancarias estén a nombre de una segunda persona que no sea el titular. Esa segunda persona ni siquiera necesita conocer las claves durante el uso de la cuenta, pero si el titular fallece podrá comunicarse con el banco para convertirse en titular y acceder al dinero y los valores que contiene.

Para hacer el testamento digital tienes que incluir el nombre de usuario y contraseña de todas tus cuentas bancarias, así como el PIN de las tarjetas.

No te olvides de PayPal o servicios similares, o las contraseñas de los monederos virtuales y su ubicación, si tienes Bitcoins y otras monedas criptográficas. Seguros de vida, médicos, del coche… Todo cuenta.

Contenido personal

Seguro que dispones de almacenes en la nube en donde guardas, fotos, vídeos y documentos personales que desearías que tus seres queridos conservasen cuando ya no estés:

  • fotos almacenadas en Google o Amazon que subes desde el móvil,
  • documentos que tienes en Dropbox,
  • vídeos en iCloud y Youtube…

Detalla los correos y claves para acceder a este contenido a través de tu testamento digital.

Servicios online

Muchos servicios online que utilizamos tienen asociados tarjetas bancarias que convienen cancelar cuando ya no se van a usar. Por ejemplo la cuenta de Amazon y otros comercios electrónicos, software o aplicaciones online que hayas comprado y quieres que otros sigan disfrutando, etc.

Inclúyelas en tu testamento online.

Suscripciones

Este apartado es uno de los más importantes, porque las suscripciones van a seguir cobrándote una cuota mensual incluso después de muerto, hasta que alguien las cancele o la cuenta bancaria se cierre.

Debes detallar el usuario y la contraseña de tus cuentas de Netflix, móviles, televisión de pago, acceso a Internet, PlayStation Plus, juegos online por suscripción, revistas online, las apuestas de la Primitiva que juegas online todos los meses, y cualquier otra cuota que estés pagando, para que los herederos las cancelen inmediatamente.

Si todas estas suscripciones están asociadas a una única cuenta bancaria o tarjeta, puede ser más rápido cancelar directamente dicha cuenta del banco.

Hardware

Un testamento digital no consta solo de bienes y posesiones personales que están en Internet.

También debes considerar los dispositivos físicos.

Es posible que tengas ordenadores, usbs o discos duros externos protegidos con contraseña que contengan fotos, vídeos familiares, documentos valiosos que quieres que se conserven tras tu muerte.

Igual de importante es detallar las claves de acceso a tu móvil, para que los herederos puedan acceder a él. Casi todas las cuentas bancarias, comercio electrónico y suscripciones utilizan un sistema de verificación de dos pasos que exige confirmar un código en el móvil, y sin el acceso a ese móvil no podrás acceder a dichas cuentas, u operar con ellas.

¿Cómo hacer un testamento digital?

Quiero dejar por escrito mi testamento digital. ¿Cómo lo hago? o te preocupes, te indicamos los pasos a seguir.

El primer paso es que recopiles toda la información sobre tu actividad en internet. Debes reunir todas las URLs, nombres de usuario y contraseñas que utilices, E definitiva, todas las páginas web o servicios online en los que tengas una cuenta.

Lo siguiente es decidir de forma clara e inequívoca por escrito cuál es tu voluntad sobre tu herencia digital. Por ejemplo, puede que quieres que se borren todo tu rastro en redes sociales, pero que se mantenga tu perfil de Instagram en privado para que lo puedan seguir viendo solo las personas más allegadas.

Por último, acude a un notario para legalizar el testamento. También deberás indicar a la persona o personas que quieres que sean los herederos de tu testamento digital y hagan cumplir tu voluntad (albacea digital).

En definitiva, el proceso para realizar el testamento digital pasa por cuatro fases:

  • Asesoramiento: busca ayuda de un experto para saber qué hacer con tu herencia digital.
  • Redacción: deja por escrito todo lo relacionado con tu testamento digital.
  • Cita: acude al notario para revisarlo todo y legalizar el testamento.
  • Firma: el último paso, en el que el testamento queda aprobado.

Cabe decir que en la red hay servicios que te permiten gestionar el testamento digital de forma fácil y rápida, por ejemplo en el portal Mi Legado Digital.

Modelo de testamento digital

A continuación te dejamos un ejemplo de testamento digital para que lo puedas descargar. Recuerda, es solo un ejemplo para que te puedas guiar a la hora de hacer el tuyo. Debes sustituir toda la información y poner en su lugar todos tus datos relativos a cuentas, equipos, etc. e indicar al final cuáles son tus voluntades.

¿Qué hago con el testamento digital?

Lo más recomendable es registrarlo en un notario, o en un testamento vital, para que se lo entreguen a la persona que tú digas cuando mueras.

Ten en cuenta que este testamento contiene contraseñas que suelen renovarse cada pocos meses, así que tendrás que buscar una forma de renovarlas. Aunque la mayoría de las cuentas permiten recuperar la contraseña si tienes acceso al correo o el móvil asociado a la cuenta.

Si el testamento digital contiene información muy importante conviene legalizarlo, como un testamento o una herencia convencional. Acude a una notaría y haz que te asignen un fiduciario, una persona que se encargará de entregar este testamento a la persona de confianza que designes, y se asegurará de que se cumplen las instrucciones que hayas dado.

Hoy en día las notarías ya saben cómo manejar legalmente contenido digital, e incluso existen servicios online especializados en el tema.

Consúltales para saber si has hecho las cosas bien, o cómo debes actuar.

¿Quién puede acceder al legado digital del fallecido si no tiene testamento digital?

Si el fallecido no ha indicado expresamente una persona que gestione su legado digital, podrán acceder:

  • Las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos podrán acceder a dichos contenidos.
  • El albacea testamentario así como aquella persona o institución a la que el fallecido hubiese designado expresamente para ello también podrá solicitar el acceso a los contenidos.
  • Si el fallecido es menor de edad, estas facultades podrán ejercerse también por sus representantes legales o, en el marco de sus competencias, por el Ministerio Fiscal, que podrá actuar de oficio o a instancia de cualquier persona física o jurídica interesada.
  • En caso de fallecimiento de personas con discapacidad, estas facultades podrán ejercerse también, además de por quienes señala la letra anterior, por quienes hubiesen sido designados para el ejercicio de funciones de apoyo si tales facultades se entendieran comprendidas en las medidas de apoyo prestadas por el designado.

Recuerda: lo que queda de nosotros cuando morimos es lo que nos hace inmortales.

No te tomes a la ligera el testamento digital.

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