Hoy en día cientos, incluso miles de millones de personas hacen uso de redes sociales como Facebook, Twitter o Instagram. Estas plataformas almacenan todo tipo de información sobre los usuarios, ya sean imágenes, opiniones, amistades, datos personales, etc. Esta información está disponible para todo aquel que quiera o pueda verla, en función de la configuración de privacidad que hayan establecido los usuarios. Pero, ¿qué sucede si el usuario fallece? ¿Qué se puede hacer con las redes sociales de personas fallecidas?
¿Qué dice la LOPDGDD sobre los datos de personas fallecidas?
El artículo 96 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) señala que podrán dirigirse a los prestadores de servicios de la sociedad de la información tanto los herederos como los familiares vinculados al fallecido por razones de hecho, con el objetivo de indicar las instrucciones a seguir en relación a los contenidos que estos hubieran compartido en internet. Esto incluye a la información del fallecido presente en las redes sociales.
El mismo artículo señala como excepción el caso en el que la persona fallecida hubiera prohibido expresamente a través de su testamento el acceso o gestión de sus contenidos digitales por parte de familiares de hecho o herederos.
Lo más recomendable a la hora de cumplir la LOPDGDD en relación a los datos de personas fallecidas es solicitar la ayuda de una gestoría como Interfunerarias para que se encarguen de papeleos y trámites relacionados con testamentos o herencias. En el blog de Interfunerarias también encontrarás más consejos sobre qué hacer con las redes sociales de un fallecido.
¿Qué opciones tienen herederos o familiares de hecho sobre las redes sociales de un fallecido?
Generalmente, si los familiares o fallecidos no ejercen su derecho de acceso y supresión, las redes sociales mantendrán el perfil público, en las mismas condiciones en las que había estado hasta el fallecimiento del usuario.
En caso de que el fallecido no lo haya prohibido de forma expresa en su testamento, los familiares o herederos también podrán dirigirse a las redes sociales para solicitar la retirada del perfil y de toda la información relativa a él ejerciendo de esta manera el derecho de supresión y olvido.
Otra de las posibilidades es la de mantener el perfil de redes sociales de un fallecido como cuenta conmemorativa. En este supuesto, se designará un contacto de legado, que será el encargado de gestionar la cuenta de la persona fallecida. Este contacto de legado podrá fijar una publicación en la cuenta, responder a solicitudes de amistad o cambiar la foto de perfil.
¿Cómo borrar la huella digital en redes sociales?
Las plataformas de redes sociales ofrecen distintas vías para solicitar la eliminación de los perfiles de personas fallecidas y toda la información vinculada a ellas. A continuación vemos los pasos a seguir para eliminar la cuenta en redes sociales de una persona fallecida.
En Twitter
Las instrucciones para borrar la cuenta de una persona fallecida en Twitter se pueden encontrar en su centro de ayuda. Básicamente, es necesario aportar una copia del DNI y del certificado de defunción del finado, con objeto de que la empresa se cubra la espaldas ante posibles casos de denuncias falsas o eliminaciones de cuenta no autorizadas.
En Facebook
Para saber cómo borrar la cuenta de una persona fallecida en Facebook también hay que acudir a su centro de ayuda, donde será necesario rellenar un cuestionario en el que se habrá de indicar los datos personales de la persona fallecida, la URL de su perfil y un correo electrónico de contacto. Asimismo, también es necesario acreditar que el usuario ha fallecido, para lo que se puede aportar un certificado de defunción, una esquela o un obituario.
En Instagram
Para realizar este proceso, Instagram solicita que el usuario acredite ser familiar directo de la persona fallecida. Para ello, en la solicitud de retirada se debe incluir información como la partida de nacimiento del fallecido, el certificado de defunción y una prueba de que el usuario actúa como representante legal, heredero o familiar directo del fallecido.
En LinkedIn
La solicitud de retirada de perfil y borrado de cuenta de un fallecido en LinkedIn se encuentra en la ayuda de LinkedIn, en la sección «Miembro de LinkedIn fallecido». Esta red social solicita nombre, URL del perfil y correo electrónico del fallecido, acreditar la relación del solicitante con la persona fallecida, la fecha del fallecimiento, enlace a su esquela y la última empresa en la que haya trabajado. Además, LinkedIn se reserva el derecho a ponerse en contacto con el solicitante con el objeto de solicitar más información en caso de ser necesario.
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