[{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BlogPosting","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/10\/22\/registro-general-de-proteccion-de-datos\/#BlogPosting","mainEntityOfPage":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/10\/22\/registro-general-de-proteccion-de-datos\/","headline":"\u00bfQu\u00e9 es el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos?","name":"\u00bfQu\u00e9 es el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos?","description":"Os contamos todo lo que necesit\u00e1is saber sobre el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos, qu\u00e9 funciones ten\u00eda y qu\u00e9 lo ha sustituido desde 2018 \u2705","datePublished":"2020-10-22","dateModified":"2020-10-22","author":{"@type":"Person","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/helena\/#Person","name":"Helena","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/helena\/","image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/b023e7afa5522ddec000b8b3b8bf4f7c?s=96&d=blank&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/b023e7afa5522ddec000b8b3b8bf4f7c?s=96&d=blank&r=g","height":96,"width":96}},"publisher":{"@type":"Organization","name":"AyudaLeyProteccionDatos","logo":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","width":600,"height":60}},"image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/registro-general-proteccion-datos.jpg","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/registro-general-proteccion-datos.jpg","height":658,"width":1600},"url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/10\/22\/registro-general-de-proteccion-de-datos\/","about":["LOPDGDD & RGPD"],"wordCount":1071,"articleBody":" if (typeof BingeIframeRan === \"undefined\") { window.addEventListener(\"message\", receiveMessage, false); function receiveMessage(event) { try { var parsed = JSON.parse(event.data) if (parsed.context === \"iframe.resize\") { var iframes = document.getElementsByClassName(\"binge-iframe\"); for (let i = 0; i < iframes.length; ++i) { if (iframes[i].src == parsed.src || iframes[i].contentWindow === event.source) { iframes[i].height = parsed.height; } iframes[i].style.opacity = 1; } } } catch (error) { } } var BingeIframeRan = true; } Hasta 2018, el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos era el \u00f3rgano de la AEPD en la que las empresas y las administraciones deb\u00edan inscribir los ficheros en los que almacenaban los datos personales de sus usuarios. Con la entrada en vigor del RGPD, este \u00f3rgano perdi\u00f3 sus funciones y se crearon nuevos requisitos para cumplir con el reglamento de protecci\u00f3n de datos. En esta entrada vamos a ver c\u00f3mo funcionaba en su momento este registro general de la Agencia de Protecci\u00f3n de Datos y qu\u00e9 lo ha sustituido.Funciones del Registro General de Protecci\u00f3n de Datos\u00bfQu\u00e9 se inscrib\u00eda en el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos?\u00bfEl Registro General de Protecci\u00f3n de Datos era p\u00fablico?\u00bfEstoy sujeto a sanciones por no inscribir en el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos?\u00bfQu\u00e9 sustituye al Registro General de Protecci\u00f3n de Datos?Funciones del Registro General de Protecci\u00f3n de DatosLa principal funci\u00f3n del Registro General de Protecci\u00f3n de Datos era garantizar la publicidad de los ficheros de datos personales que manejaban tanto entidades privadas como p\u00fablicas, de manera que con ello se garantizaba por un lado, que los usuarios pudieran conocer qu\u00e9 tratamiento se aplicaba a esos ficheros y las caracter\u00edsticas que ten\u00edan, y por otro lado y en relaci\u00f3n con esto, que pudieran ejercer sus derechos ARCO (acceso, rectificaci\u00f3n, cancelaci\u00f3n y oposici\u00f3n.Aparte de la obligaci\u00f3n de inscripci\u00f3n en Registro General de Protecci\u00f3n de Datos de los ficheros de datos que ten\u00edan las empresas, este \u00f3rgano de la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos tambi\u00e9n llevaba a cabo otras funciones, como:Llevar a cabo campa\u00f1as de concienciaci\u00f3n sobre la protecci\u00f3n de datos.Atender las consultas que les planteaban los ciudadanos en materia de protecci\u00f3n de datosElaborar c\u00f3digos de conducta para el correcto trato y uso de datos personales.\u00bfQu\u00e9 se inscrib\u00eda en el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos?La anterior versi\u00f3n de la LOPD dec\u00eda que \u00abser\u00e1n objeto de inscripci\u00f3n en el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos\u00bb:Ficheros gestionados por las administraciones p\u00fablicas.Ficheros que tengan titularidad privada.C\u00f3digos Tipo.Autorizaciones relacionadas con la transferencia internacional de datos.Datos que guarden relaci\u00f3n con los ficheros inscritos y que a su vez sean necesarios para el ejercicio de los derechos ARCO.\u00bfEl Registro General de Protecci\u00f3n de Datos era p\u00fablico?S\u00ed, el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos era de car\u00e1cter p\u00fablico, por lo que cualquiera pod\u00eda entrar en la web de la AEPD y realzar una consulta en el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos. Esta consulta era gratuita y permit\u00eda acceder a los ficheros que cualquier entidad tuviera registrados en el registro solo introduciendo el nombre o el CIF de la empresa.Esto tambi\u00e9n serv\u00eda para saber si est\u00e1bamos inscritos en la Agencia de Protecci\u00f3n de Datos y adem\u00e1s asegurada el derecho de consulta al Registro General de Protecci\u00f3n de Datos por parte de los ciudadanos particulares, como ya hemos mencionado.\u00bfEstoy sujeto a sanciones por no inscribir en el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos?S\u00ed, no inscribir los ficheros de datos en el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos cuando se ten\u00eda la obligaci\u00f3n de hacerlo pod\u00eda acarrear las siguientes sanciones:Infracci\u00f3n leve con sanciones entre 601,01 y 60.101,21 euros:Por no solicitar la inscripci\u00f3n del fichero en la AEPD.Infracciones graves con sanciones entre 60.101,21 y 300.506,25 euros:Por no inscribir los ficheros en la AEPD.Utilizar los ficheros con distinta finalidad para la que se crearon.No permitir el acceso a los ficheros.Mantener datos inexactos o no efectuar las modificaciones solicitadas.Infracciones muy graves con sanciones entre 300.506,25 euros y 601.012,1 euros:Por crear ficheros para almacenar datos que revelen datos especialmente protegidos.Estas son algunas de las infracciones relacionadas con la obligatoriedad que exist\u00eda para inscribir los ficheros de datos en el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos de acuerdo a la LOPD.Tambi\u00e9n era motivo de sanci\u00f3n que el registro de ficheros de una empresa en la AEPD no coincidiera exactamente con lo descrito en el Documento de Seguridad.\u00bfQu\u00e9 sustituye al Registro General de Protecci\u00f3n de Datos?Como ya hemos dicho al comienzo de este art\u00edculo, el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos dej\u00f3 de funcionar con la entrada en vigor del RGPD en mayo de 2018 y las empresas ya no ten\u00edan la obligaci\u00f3n registrar sus ficheros para cumplir con los requisitos de la nueva ley.Sin embargo, esto no quiere decir que no exista otro tipo de obligaci\u00f3n, el RGPD dice que las empresas o entidades deber\u00e1n guardar un registro de actividades de tratamiento, donde deber\u00e1 recogerse qu\u00e9 tipos de datos se tratan, su categor\u00eda y en qu\u00e9 cantidad. Adem\u00e1s, en este registro de actividad debe figurar tambi\u00e9n la finalidad para la que son recogidos, el lugar d\u00f3nde se guardan, los medios de tratamiento y si existir\u00e1n cesiones a terceros (internacionales o no).Este registro de actividades de tratamiento debe estar preferiblemente por escrito y mantenerse siempre actualizado, puesto que en una inspecci\u00f3n de la AEPD, esta podr\u00eda solicitarlo y las empresas tienen la obligaci\u00f3n de entregarlo.Aparte del registro de actividades de tratamiento, aquellas empresas que tengan un delegado de protecci\u00f3n de datos (DPO) est\u00e1n obligadas a registrarlo en la AEPD con sus datos personales y de contacto.Eso s\u00ed, solo est\u00e1n obligadas a realizar un registro de actividades de tratamiento las empresas con m\u00e1s de 250 empleados y aquellas en las que el tratamiento de datos no sea ocasional y pueda entra\u00f1ar un riesgo para los derechos y libertades de los interesados, as\u00ed como si se tratan datos de categor\u00edas especiales o relativos a condenas e infracciones penales."},{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BreadcrumbList","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/#breadcrumbitem","name":"Ayuda Ley Protecci\u00f3n Datos"}},{"@type":"ListItem","position":2,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/10\/22\/registro-general-de-proteccion-de-datos\/#breadcrumbitem","name":"\u00bfQu\u00e9 es el Registro General de Protecci\u00f3n de Datos?"}}]}]