[{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BlogPosting","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/10\/16\/empresas-de-recobro\/#BlogPosting","mainEntityOfPage":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/10\/16\/empresas-de-recobro\/","headline":"Empresas de recobro \u00bfQu\u00e9 son y c\u00f3mo actuar ante ellas?","name":"Empresas de recobro \u00bfQu\u00e9 son y c\u00f3mo actuar ante ellas?","description":"Si no sabes qu\u00e9 son y c\u00f3mo funcionan o c\u00f3mo actuar ante las empresas de recobro de deudas, te interesa leer esta informaci\u00f3n \u2705","datePublished":"2020-10-16","dateModified":"2020-10-16","author":{"@type":"Person","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/helena\/#Person","name":"Helena","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/helena\/","image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/b023e7afa5522ddec000b8b3b8bf4f7c?s=96&d=blank&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/b023e7afa5522ddec000b8b3b8bf4f7c?s=96&d=blank&r=g","height":96,"width":96}},"publisher":{"@type":"Organization","name":"AyudaLeyProteccionDatos","logo":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","width":600,"height":60}},"image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/Empresas-recobro.jpg","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2020\/10\/Empresas-recobro.jpg","height":1066,"width":1600},"url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/10\/16\/empresas-de-recobro\/","about":["DENUNCIAS & SANCIONES","EMPRESAS","LOPDGDD & RGPD","SERVICIOS FINANCIEROS"],"wordCount":1535,"articleBody":" if (typeof BingeIframeRan === \"undefined\") { window.addEventListener(\"message\", receiveMessage, false); function receiveMessage(event) { try { var parsed = JSON.parse(event.data) if (parsed.context === \"iframe.resize\") { var iframes = document.getElementsByClassName(\"binge-iframe\"); for (let i = 0; i < iframes.length; ++i) { if (iframes[i].src == parsed.src || iframes[i].contentWindow === event.source) { iframes[i].height = parsed.height; } iframes[i].style.opacity = 1; } } } catch (error) { } } var BingeIframeRan = true; } Sin duda, una de las empresas que m\u00e1s dudas suscitan en la actualidad sobre su funcionamiento y legalidad, son las empresas de recobro; en esta entrada vamos a explicar qu\u00e9 son, c\u00f3mo funcionan y c\u00f3mo debemos actuar cuando recibimos una llamada o cualquier tipo de comunicaci\u00f3n de estas empresas.\u00bfQu\u00e9 son las empresas de recobro?\u00bfC\u00f3mo funcionan?L\u00edmites legales y obligaciones de las empresas de recobroAcceso a datos personalesFormas de reclamar una deudaDerechos del deudorActuaciones recomendadas ante la intervenci\u00f3n de una empresa de recobroSi la deuda no es realSi la deuda es realPrincipales empresas de recobro en Espa\u00f1a\u00bfQu\u00e9 son las empresas de recobro?Las empresas de recobro o agencias de recobro son empresas dedicadas a cobrar los impagos que los usuarios tienen con otra empresa. Es decir, una empresa de recobro se dedica a la gesti\u00f3n de cobros cuando adeudamos alguna cantidad o factura a una empresa de la que somos cliente, como por ejemplo, una compa\u00f1\u00eda de suministro energ\u00e9tico, la compa\u00f1\u00eda telef\u00f3nica o incluso la cuota de un pr\u00e9stamo.Las empresas de recobro de deudas se encargan de gestionar las deudas directamente con el deudor.\u00bfC\u00f3mo funcionan?Una empresa de recobro funciona como una intermediaria entre la empresa acreedora (aquella a la que le debemos supuestamente una cantidad) y el consumidor, para llevar a cabo el cobro de la deuda de este. Evidentemente, no lo hacen de forma gratuita y la agencia de recobro o bien se lleva un porcentaje de la cantidad recuperada o las empresas que utilizan estos servicios, pagan una cuota mensual.Su forma de actuar es bastante sencilla, ante los impagados las empresas de recobro se ponen en contacto directamente con el deudor, al que le reclaman la cuant\u00eda adeuda en nombre de la empresa a la que se le debe el dinero. Cabe se\u00f1alar que estas comunicaciones, en general, no suelen ser muy cordiales y siempre se menciona la amenaza de incluirnos en un fichero de morosos.L\u00edmites legales y obligaciones de las empresas de recobroAunque son molestas y muchas veces pueden generar cierta ansiedad en los deudores, a los que pueden llamar continuamente todos los d\u00edas, lo cierto es que existen l\u00edmites legales y obligaciones que las empresas de recobro de deudas deben contemplar. Por supuesto, solo pueden reclamar las deudas por la v\u00eda extrajudicial cuando estas sean reales, vencidas y exigibles.Si bien es cierto que en Espa\u00f1a no existe una legislaci\u00f3n espec\u00edfica que regule a las empresas de recobro, si podemos recurrir al C\u00f3digo Civil, la Ley de Defensa de Consumidores y la Ley de Protecci\u00f3n de Datos para conocer los l\u00edmites marcados para ellas.Acceso a datos personalesSi bien es legal la cesi\u00f3n de datos a empresas de recobro por parte de otras empresas, para poder cobrar una deuda, no todo vale y las empresas de recobro deben cumplir una serie de requisitos, siendo el principal de ellos que exista una relaci\u00f3n contractual entre ellas y la empresa con la que el consumidor tiene la deuda. Adem\u00e1s, el consumidor debe haber dado su consentimiento para el tratamiento de sus datos a la empresa principal (habitualmente, los contratos suelen incluir una cl\u00e1usula en la que se nos advierte de que ante un impago, es posible que se nos incluya en un fichero de morosos).Formas de reclamar una deudaA la hora de reclamar la deuda, las empresas de recobro tampoco pueden hacer lo que quieran, puesto que deben contemplar primero una serie de requisitos para poder solicitar el pago:Como ya dijimos, la deuda debe ser cierta, vencida y exigible y haber resultado impagada. En el caso de que no tengamos reconocida la deuda y por ello tengamos abierto un litigio en arbitraje de consumo o en los tribunales de justicia, la deuda no puede considerarse \u00abcierta\u00bb, de manera que no se nos podr\u00eda incluir en ning\u00fan fichero de morosidad hasta resuelto el conflicto.La empresa acreedor debe demostrar la existencia de una deuda anterior y que el plazo para pagarla ha vencido sin que el deudor abonara la cantidad correspondiente.Es obligatorio enviar un requerimiento previo de pago al deudor advirti\u00e9ndole de su inclusi\u00f3n en un fichero de morosos antes de incluirlo.Se debe notificar en un plazo de 30 d\u00edas la inclusi\u00f3n en el fichero de morosos.Al incluirle en el fichero de morosos, se debe informar de los derechos en materia de protecci\u00f3n de datos que tiene al deudor.Finalmente, est\u00e1s empresas no pueden recurrir a m\u00e9todos para reclamar la deuda que puedan vulnerar los derechos y la imagen del deudor.Derechos del deudorAparte del requerimiento previo de pago y la notificaci\u00f3n de que ha sido incluido en un fichero de morosos, as\u00ed como indicar los derechos que tiene el deudor en materia de protecci\u00f3n de datos, tambi\u00e9n se deben tener en cuenta otros derechos del deudor:Si no conoce el fichero de morosos en el que se le ha incluido, podr\u00e1 ejercitar el derecho de acceso a sus datos personales (que es gratuito).La eliminaci\u00f3n de los datos del fichero una vez que la deuda ha sido pagada y se ha presentado la documentaci\u00f3n que lo acredita.Ejercer el derecho de supresi\u00f3n su han pasado 6 a\u00f1os desde el vencimiento de la deuda, pero los datos del deudor siguen presentes en el fichero de morosos. Por ejemplo, podemos solicitar directamente a la ASNEF la cancelaci\u00f3n de los datos.Actuaciones recomendadas ante la intervenci\u00f3n de una empresa de recobroEs normal dudar ante y no saber c\u00f3mo actuar ante una empresa de recobro que nos llama constantemente. Los pasos a seguir depender\u00e1n de la existencia o no de la deuda.Si la deuda no es realSi la deuda no es real, debemos comunic\u00e1rselo de manera fehaciente a la empresa de recobro, siendo lo mejor recurrir a un burofax, en el que solicitaremos que nos env\u00eden la documentaci\u00f3n que acredite la existencia de la deuda. As\u00ed mismo, tambi\u00e9n se lo comunicaremos a la empresa con la que supuestamente tenemos esta deuda.En caso de obtener respuesta en el plazo de un mes o si la que obtenemos no es satisfactoria (no estamos de acuerdo con la deuda o no la reconocemos), podremos presentar una solicitud de arbitraje en Consumo o recurrir a los tribunales de justicia.Si adem\u00e1s se nos ha incluido ya en un fichero de morosos, podremos solicitar la exclusi\u00f3n del fichero a la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos (AEPD).Si la deuda es realSi ellas las comprobaciones, la deuda es real, la cantidad adeuda correcta o ha sido declarada cierta mediante una resoluci\u00f3n, lo m\u00e1s recomendable es pagarla lo antes posible. En caso de dificultades econ\u00f3micas, se puede acudir a la empresa de recobro y tratar de negociar el pago fraccionado si es posible.Pero si en la deuda se han incluido cantidades o conceptos indebidos (como pueden ser gastos u honorarios de la empresa de recobro o supuestos intereses) o concepto que no aparecen en el contrato que suscribimos con la empresa acreedora, podremos dirigirnos a la empresa para intentar llegar a un acuerdo o soluci\u00f3n.Si en el plazo de un mes no recibimos constelaci\u00f3n o la que recibimos no es satisfactoria, podremos solicitar un arbitraje de Consumo o acudir a los tribunales de justicia. En este caso, hasta que no se emita una resoluci\u00f3n, la deuda no se considerar\u00e1 cierta y no podr\u00e1 inclu\u00edrsenos en ficheros de morosos.Principales empresas de recobro en Espa\u00f1aAunque existen muchas empresas dedicadas al recobro de deuda, a continuaci\u00f3n m\u00e1s ver una lista de las principales empresas de recobro en Espa\u00f1a:El Cobrador del Frac; sin duda es una de las empresas de recobro m\u00e1s conocidas de Espa\u00f1a y de las m\u00e1s antiguas operando en nuestro pa\u00eds. Lo m\u00e1s caracter\u00edstico de esta empresa es que env\u00edan a un trabajador vestido de frac a seguir al moroso en su vida diaria.Gescobro tambi\u00e9n es una de las empresas con m\u00e1s solera en nuestro pa\u00eds, lleva operando desde 1980. Forma parte de ANGECO (Asociaci\u00f3n Nacional de Entidades de Gesti\u00f3n de Cobro) y de FENCA (Federation of European National Collection Associations).Cobralia es tambi\u00e9n de las m\u00e1s conocidas y realiza las reclamaciones de deuda por v\u00eda telef\u00f3nica.Gelisco es una las m\u00e1s nuevas, es extranjera pero cuenta con la confianza de muchas empresas para la gesti\u00f3n del cobro de sus deudas."},{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BreadcrumbList","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/#breadcrumbitem","name":"Ayuda Ley Protecci\u00f3n Datos"}},{"@type":"ListItem","position":2,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/10\/16\/empresas-de-recobro\/#breadcrumbitem","name":"Empresas de recobro \u00bfQu\u00e9 son y c\u00f3mo actuar ante ellas?"}}]}]