[{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BlogPosting","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/07\/02\/derecho-competencia\/#BlogPosting","mainEntityOfPage":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/07\/02\/derecho-competencia\/","headline":"Derecho de competencia","name":"Derecho de competencia","description":"\u00bfQu\u00e9 relaci\u00f3n existe entre el derecho a la competencia y la protecci\u00f3n de datos? \u00bfC\u00f3mo afectan las leyes antimonopolio a la privacidad de los consumidores?\u2705","datePublished":"2020-07-02","dateModified":"2020-08-06","author":{"@type":"Person","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/helena\/#Person","name":"Helena","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/helena\/","image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/b023e7afa5522ddec000b8b3b8bf4f7c?s=96&d=blank&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/b023e7afa5522ddec000b8b3b8bf4f7c?s=96&d=blank&r=g","height":96,"width":96}},"publisher":{"@type":"Organization","name":"AyudaLeyProteccionDatos","logo":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","width":600,"height":60}},"image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2020\/06\/derecho-competencia-03.jpg","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2020\/06\/derecho-competencia-03.jpg","height":932,"width":1400},"url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/07\/02\/derecho-competencia\/","about":["DERECHOS","EMPRESAS"],"wordCount":1251,"articleBody":" if (typeof BingeIframeRan === \"undefined\") { window.addEventListener(\"message\", receiveMessage, false); function receiveMessage(event) { try { var parsed = JSON.parse(event.data) if (parsed.context === \"iframe.resize\") { var iframes = document.getElementsByClassName(\"binge-iframe\"); for (let i = 0; i < iframes.length; ++i) { if (iframes[i].src == parsed.src || iframes[i].contentWindow === event.source) { iframes[i].height = parsed.height; } iframes[i].style.opacity = 1; } } } catch (error) { } } var BingeIframeRan = true; } Para evitar la creaci\u00f3n de monopolios o malas pr\u00e1cticas empresariales que perjudiquen tanto a otras empresas como a los consumidores, existe el llamado derecho a la competencia. Sin embargo, con la entrada en juego de los datos y su valor como \u00abmoneda de cambio\u00bb, cabe preguntarse c\u00f3mo afectan y afectar\u00e1n al derecho a la competencia las nuevas tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y la comunicaci\u00f3n (TIC) y el desarrollo del Big Data. En esta entrada nos adentramos un poco en estas cuestiones.\u00bfQu\u00e9 es el derecho de competencia?Elementos del derecho de la competenciaAplicaci\u00f3n del derecho de la competencia en Espa\u00f1aRelaci\u00f3n entre Protecci\u00f3n de Datos y derecho de la CompetenciaNormativa de Privacidad vs ley antimonopolio\u00bfQu\u00e9 es el derecho de competencia?Antes de ver c\u00f3mo la protecci\u00f3n de datos puede afectar a esta rama del derecho, veamos qu\u00e9 es el derecho a la competencia.Dentro del Derecho existen diferentes ramas que se ocupan de regular las leyes que rigen a la sociedad, entre ellas est\u00e1 el derecho a la competencia, que centra en las leyes y normas que buscan asegurar que los mercados tengan una competencia efectiva, es decir, que busca promover y resguardar la competencia en los mercados prohibiendo conductas cuyo objetivo sea restringir la competencia y da\u00f1ar a los competidores y, consecuentemente, a los consumidores.El derecho a la competencia naci\u00f3 de las pol\u00edticas anti trusts o de acuerdos entre empresas en Estados Unidos, cuando preocupaba que las empresas competidoras coordinases sus acciones para crear un monopolio capaz de subir los precios y restringir la disponibilidad de oferta.Elementos del derecho de la competenciaEl derecho a la competencia est\u00e1 formado por dos elementos o conjuntos de normas, en funci\u00f3n del objeto que pretende proteger:Derecho antimonopolio: Su objetivo es prevenir y sancionar las conductas que pretenden limitar la competencia en los mercados, como por ejemplo, la creaci\u00f3n de c\u00e1rteles, abuso de posici\u00f3n dominante, control de fusiones, etc. Investiga, pues, las conductas que tienen o podr\u00edan tener un efecto negativo sobre el mercado y\/o los consumidores.Derecho de la competencia desleal: Su objetivo es ocuparse de las conductas anticompetitivas de las empresas, con independencia de que afecten o no al mercado. Es decir, intentar impedir que las empresas realicen malas pr\u00e1cticas para da\u00f1ar a competidores y\/o consumidores, como por ejemplo usar publicidad enga\u00f1osa, denigraci\u00f3n, confusi\u00f3n o explotaci\u00f3n de reputaci\u00f3n ajena, por nombras algunas de ellas. En definitiva, su objetivo es proteger los derechos de los competidores y fomentar una competencia sana y limpia.Aplicaci\u00f3n del derecho de la competencia en Espa\u00f1aEn Espa\u00f1a el organismo que se ocupa de garantizar la libre competencia y regular los mercados y sectores productivos del pa\u00eds para proteger a los consumidores es la Comisi\u00f3n Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).Se trata de un organismo p\u00fablico con personalidad jur\u00eddica propia y es independiente del Gobierno, aunque est\u00e1 sometido al control parlamentario. Est\u00e1 en funcionamiento desde 2013, cuando pas\u00f3 de ser la Comisi\u00f3n Nacional de la Competencia a la CNMC actual.La Ley de Defensa de la Competencia espa\u00f1ola atribuye a la CNMC funciones tanto instructoras como resolutorias en todos los procedimientos relacionados con la defensa de la competencia, es decir, puede iniciar causas y puede dictar resoluciones. As\u00ed mismo, debe coordinar su acci\u00f3n con los \u00f3rganos competentes de las Comunidades Aut\u00f3nomas, la Comisi\u00f3n Europea y las Autoridades Nacionales de Competencia de los Estados miembros de la UE.Relaci\u00f3n entre Protecci\u00f3n de Datos y derecho de la CompetenciaAhora s\u00ed, veamos c\u00f3mo se relaciona la protecci\u00f3n de datos y el derecho a la competencia.Hasta ahora, el derecho de competencia ha dejado fuera la protecci\u00f3n de datos. Sin embargo, esto podr\u00eda cambiar, puesto que los datos han pasado a considerarse una moneda de cambio con un valor en alza y que, seg\u00fan algunos, su posesi\u00f3n puede constituir una ventaja competitiva en el mercado.Supongamos que una empresa se fusiona con otra y como consecuencia se hace con sus bases de datos, teniendo acceso a los datos personales de todos los clientes de la empresa con la que se ha fusionado. Es muy probable que la empresa resultante de la fusi\u00f3n posea muchos m\u00e1s datos que otras competidoras del sector, lo que en el contexto actual, donde el Big Data es protagonista de los \u00abestudios de mercado\u00bb y comportamiento de los consumidores, le supondr\u00eda una ventaja competitiva.Quiz\u00e1s ha llegado el momento de contemplar el abuso sobre los datos de los consumidores en situaciones como la que hemos descrito m\u00e1s arriba, dentro de esa vertiente de derecho de la competencia desleal.Normativa de Privacidad vs ley antimonopolioLas leyes antimonopolio se han limitado a legislar sobre los mercados y promover, como hemos visto, una competencia justa y limpia y evitar que se formen monopolios, pero sobre lo que no han entrado todav\u00eda es en la privacidad. Aunque como dec\u00edamos m\u00e1s arriba, puede que no estemos lejos de que ese momento llegue y deber\u00eda llegar para asegurar un campo de juego para todos los actores del mercado y los propios consumidores.Por un lado, en aras de garantizar la competencia de las empresas en igualdad de condiciones, se podr\u00eda llegar a legitimar el uso de los datos de los consumidores como una estrategia competitiva clave. Adem\u00e1s, las fusiones podr\u00edan verse como una estrategia efectiva para acumular m\u00e1s datos de consumidores. \u00bfPero en qu\u00e9 lugar deja eso a la privacidad de los consumidores?Las leyes antimonopolio protegen los derechos de los consumidores en cuanto a cantidad de oferta y a que los precios no se inflen de manera artificial, pero no tienen en cuenta el peso que los datos tienen hoy en d\u00eda para muchas empresas, sobre todo, esas grandes tecnol\u00f3gicas, y por ello, parecen quedarse cortas en materia de protecci\u00f3n de datos y privacidad de los consumidores.Como ejemplo, una fusi\u00f3n como la de Facebook y WhatsApp, que cont\u00f3 con el visto bueno de la Comisi\u00f3n Europea, supuso que el primero tuviera acceso a los datos de todos los usuarios del segundo. Para la Comisi\u00f3n, las preocupaciones en cuanto al acceso de Facebook a esos datos deb\u00edan quedar para las leyes de protecci\u00f3n de datos de la Uni\u00f3n y no a las normas del derecho a la competencia. A\u00fan as\u00ed, fue la autoridad antimonopolio alemana la que prohibi\u00f3 a Facebook combinar los datos de sus otras entidades (que incluye tambi\u00e9n Instagram).Pero este es solo un caso y habr\u00e1 que ver c\u00f3mo se plantea en el futuro la protecci\u00f3n de datos en relaci\u00f3n al derecho a la competencia, especialmente cuando el acceso a los datos de los consumidores pueda suponer una desventaja competitiva que provoque efectos negativos tanto en el mercado como en los propios consumidores."},{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BreadcrumbList","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/#breadcrumbitem","name":"Ayuda Ley Protecci\u00f3n Datos"}},{"@type":"ListItem","position":2,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/07\/02\/derecho-competencia\/#breadcrumbitem","name":"Derecho de competencia"}}]}]