[{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BlogPosting","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/05\/08\/control-temperatura-trabajadores\/#BlogPosting","mainEntityOfPage":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/05\/08\/control-temperatura-trabajadores\/","headline":"\u00bfC\u00f3mo realizar un control de temperatura a trabajadores? Circular y Cartel","name":"\u00bfC\u00f3mo realizar un control de temperatura a trabajadores? Circular y Cartel","description":"Para realizar un control de temperatura de empleados, debes cumplir ciertos requisitos: Colocar un cartel informativo y facilitar una circular informativa","datePublished":"2020-05-08","dateModified":"2020-11-10","author":{"@type":"Person","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/agonzar34\/#Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/agonzar34\/","image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/9d20ce04c893956aaa747aa424b64675?s=96&d=blank&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/9d20ce04c893956aaa747aa424b64675?s=96&d=blank&r=g","height":96,"width":96}},"publisher":{"@type":"Organization","name":"AyudaLeyProteccionDatos","logo":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","width":600,"height":60}},"image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/Control-de-temperatura-a-trabajadores.jpg","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/Control-de-temperatura-a-trabajadores.jpg","height":"468","width":"800"},"url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/05\/08\/control-temperatura-trabajadores\/","about":["EMPLEADOS","EMPRESAS","LOPDGDD & RGPD"],"wordCount":2361,"articleBody":" if (typeof BingeIframeRan === \"undefined\") { window.addEventListener(\"message\", receiveMessage, false); function receiveMessage(event) { try { var parsed = JSON.parse(event.data) if (parsed.context === \"iframe.resize\") { var iframes = document.getElementsByClassName(\"binge-iframe\"); for (let i = 0; i < iframes.length; ++i) { if (iframes[i].src == parsed.src || iframes[i].contentWindow === event.source) { iframes[i].height = parsed.height; } iframes[i].style.opacity = 1; } } } catch (error) { } } var BingeIframeRan = true; } Los empleadores de todo el mundo, ante la necesidad de reducir el riesgo de transmisi\u00f3n del COVID-19 en el lugar de trabajo, pueden estar considerando imponer controles de temperatura est\u00e1ndar a sus empleados.En muchas jurisdicciones, un empleador puede necesitar o querer consultar con representantes de los empleados (como los comit\u00e9s de empresa o los sindicatos, cuando corresponda) o limitar los controles de temperatura solo a aquellos empleados que lo consientan.Incluso si los controles de temperatura cumplen con las leyes locales y nacionales, instituir tales medidas puede presentar riesgos para los empleadores, como las afirmaciones de que el empleador seleccion\u00f3 a los empleados de manera discriminatoria y manej\u00f3 mal los datos desde una perspectiva de privacidad.Los controles de temperatura tambi\u00e9n pueden plantear consideraciones de empleados y relaciones p\u00fablicas.Vamos a analizar aqu\u00ed c\u00f3mo realizar control de temperatura a los trabajadores y los requisitos necesarios. Quiero realizar una control de la temperatura corporal de mis trabajadores \u00bfC\u00f3mo puedo hacerlo de forma legal y \u00e9tica?Dudas planteadasCriterio de la AEPDCircular informativa control de temperatura (trabajadores)\u00bfEn qu\u00e9 consiste?\u00bfA qui\u00e9n y c\u00f3mo debes facilitarla?\u00a0\u00bfQu\u00e9 elementos debe incluir?Datos de la empresaFinalidades del tratamiento de los datosLegitimaci\u00f3n legalPlazo de conservaci\u00f3n de los datosDestinatariosMedidas de seguridadEjercicio de derechosReclamacionesFirma\u00bfEs obligario presentar esta circular informativa a los trabajadores?\u00a0Cartel informativo control de temperatura\u00a0\u00bfQu\u00e9 se entiende por cartel informativo sobre el control de temperatura en la empresa?\u00a0Modelo cartel informativo control de temperatura para descargar (pdf)\u00bfQu\u00e9 debe incluir este cartel?\u00bfD\u00f3nde puede ubicarse?\u00a0\u00bfSi coloco este cartel es suficiente o debo facilitar tambi\u00e9n la circular informativa a mis trabajadores?Quiero realizar una control de la temperatura corporal de mis trabajadores \u00bfC\u00f3mo puedo hacerlo de forma legal y \u00e9tica?Debido a que los Centros para el Control y la Prevenci\u00f3n de Enfermedades y las autoridades de salud estatales y locales han reconocido la propagaci\u00f3n comunitaria de COVID-19, la enfermedad respiratoria causada por el coronavirus, y han emitido precauciones relacionadas, las empresas pueden medir la temperatura corporal de los empleados. Sin embargo, deben ser conscientes de que algunas personas con COVID-19 no tienen fiebre. Y otras personas con fiebre no tienen COVID-19.Medir la temperatura corporal puede considerarse como un examen m\u00e9dico. Por eso surge la duda de si la empresa puede realizarlo o se considera una invasi\u00f3n en la privacidad de los empleados.El Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos (RGPD) de la Uni\u00f3n Europea y la mayor\u00eda de las otras leyes de privacidad de datos generalmente prohibir\u00edan a los empleadores realizar escaneos de temperatura ya que el RGPD considera que los datos de salud son \u00abdatos personales sensibles\u00bb y la empresa necesitar\u00eda una excepci\u00f3n para tratarlos.Si bien las pr\u00e1cticas espec\u00edficas de cada pa\u00eds var\u00edan, las comprobaciones de temperatura pueden ser aceptables con el consentimiento o la aprobaci\u00f3n de los organismos consultivos de empleados relevantes (p. Ej., Los comit\u00e9s de empresa), siempre que sean autoadministradas o realizadas por personal m\u00e9dico o tecnolog\u00eda automatizada confiable.Las empresas deben considerar las preocupaciones de privacidad adicionales y cualquier implicaci\u00f3n en el contrato de trabajo que pueda resultar de una implementaci\u00f3n unilateral de detecci\u00f3n de temperatura.Dudas planteadasA continuaci\u00f3n se presentan algunos problemas a considerar al implementar un sistema de control de temperatura en el trabajo:\u00bfHan emitido las autoridades de salud p\u00fablica directrices o directivas locales con respecto a las medidas apropiadas para evaluar a los empleados y visitantes en el lugar de trabajo?\u00bfExisten mayores riesgos de exposici\u00f3n en el negocio, como operaciones de servicio de alimentos, poblaciones de empleados vulnerables, entornos trimestrales con m\u00faltiples empleados, interacciones frecuentes con los clientes o una capacidad limitada para implementar otras precauciones de distanciamiento social?\u00bfPodr\u00eda el empleador lograr el mismo nivel de cumplimiento y protecci\u00f3n a trav\u00e9s de controles de temperatura voluntarios versus controles obligatorios dentro de la poblaci\u00f3n de empleados en cuesti\u00f3n?\u00bfImplementar la detecci\u00f3n de temperatura provocar\u00eda mayores preocupaciones de los empleados o desaf\u00edos en las relaciones con los empleados?\u00a0Por ejemplo, \u00bflos empleados excluidos del lugar de trabajo ser\u00edan colocados en estado no remunerado si no pasan la verificaci\u00f3n de temperatura de modo que puedan estar motivados para reducir artificialmente su fiebre con medicamentos?\u00bfTiene el empleador un plan razonable para tratar con los empleados que muestran fiebre a trav\u00e9s de controles de temperatura, como el aislamiento inmediato del empleado, el env\u00edo del empleado a su hogar y \/ o atenci\u00f3n m\u00e9dica adicional, y determinar si es apropiado alg\u00fan examen de confirmaci\u00f3n?\u00bfDispone la empresa de un plan razonable para tratar con los empleados que se niegan a someterse a controles de temperatura, incluida la denegaci\u00f3n de acceso al lugar de trabajo, trabajo a distancia o posibles medidas disciplinarias?\u00bfVa a mantener la empresa los registros de la detecci\u00f3n de temperatura? De ser as\u00ed, los empleadores deber\u00edan considerar si dichos datos ser\u00e1n an\u00f3nimos o podr\u00edan identificar a un empleado en particular. Los empleadores tambi\u00e9n deben asegurarse de que los registros se mantengan de acuerdo con las leyes de privacidad aplicables.\u00bfEl empleador llevar\u00e1 a cabo los controles de temperatura con el personal de la compa\u00f1\u00eda o contratar\u00e1 a un proveedor de atenci\u00f3n m\u00e9dica externo para que administre el programa?\u00bfSe requerir\u00e1n o ser\u00e1n apropiadas medidas preventivas adicionales o equipo de protecci\u00f3n para el personal que realizar\u00e1 controles de temperatura?\u00bfSer\u00e1 necesario que el establecimiento del procedimiento de detecci\u00f3n de temperatura incorpore otras precauciones de distanciamiento social en relaci\u00f3n con los controles?\u00a0Por ejemplo, cuando los empleadores anticipan la posibilidad de que haya una cola de empleados en espera de control de temperatura para tener acceso al lugar de trabajo, los empleadores pueden considerar la posibilidad de separar a los empleados o tomar otras medidas para evitar que los empleados se congreguen mientras esperan controles de temperatura.Criterio de la AEPDAnte las dudas existentes, la AEPD ha emitido un informe en el que considera que comprobar si el estado de salud de los trabajadores puede ser un riesgo para ellos mismos o para cualquier otra persona relacionada con la empresa se considera una medida de vigilancia de la salud de los trabajadores. Y esa medida est\u00e1 atribuida al empresario en la Ley de Prevenci\u00f3n de riesgos laborales.Sin embargo, la AEPD no especifica si ese control de la temperatura debe realizarse por personal sanitario o puede hacerlo cualquier otro personal de la empresa. Al ser datos de salud deben tener una especial protecci\u00f3n.Tampoco se habla de la proporcionalidad de los sistemas que las empresas usen para realizar esos controles.Adem\u00e1s, entre los pa\u00edses miembros de la UE, sujetos al RGPD, no existe una \u00fanica posici\u00f3n. Por ejemplo, Francia e Italia se han mostrado en contra de realizar este tipo de controles. Pero Espa\u00f1a y Alemania tienen una posici\u00f3n m\u00e1s flexible.En el RGPD se establecen ciertos supuestos en los que se justifica el tratamiento de determinados datos de trabajadores, incluso datos de salud. Estos supuestos son la protecci\u00f3n de intereses vitales, el cumplimiento de obligaciones legales y las razones de inter\u00e9s p\u00fablico o salud p\u00fablica.Las empresas son las responsables de cumplir los requisitos exigidos por la normativa de Protecci\u00f3n de datos:Informar a los empleados sobre las medidas adoptadasRecopilar los datos estrictamente necesarios para la eficacia de la medidaUsar los datos recopilados solamente para el fin perseguidoEliminar esos datos en el momento en que ya no sean necesarios.Lo ideal ser\u00eda que, ante la situaci\u00f3n actual de emergencia sanitaria, las autoridades de Protecci\u00f3n de datos, laborales y sanitarias proporcionen criterios claros para que las empresas puedan tomar medidas adecuadas para reducir la pandemia, asegurando la protecci\u00f3n de datos de sus empleados.Circular informativa control de temperatura (trabajadores)En caso de implantar en la empresa un sistema para medir la temperatura corporal a los empleados, tienes la obligaci\u00f3n de informarles sobre ello. Para ello se utilizar\u00e1 una circular informativa.\u00bfEn qu\u00e9 consiste?La circular informativa sobre el control de temperatura a los trabajadores es un documento en el cu\u00e1l debes informar sobre el tipo de datos que vas a recopilar de los trabajadores, la forma en la que se van a recopilar, los fines para los que van a utilizarse esos datos y los derechos de que disponen los empleados as\u00ed como la forma de ejercerlos.Puedes descargar aqu\u00ed el modelo de circular informativa sobre control de temperatura a los trabajadores.\u00bfA qui\u00e9n y c\u00f3mo debes facilitarla?\u00a0Esta circular informativa se facilitar\u00e1 a todos los trabajadores de la empresa a los que se vaya a someter a ese control de temperatura. Lo recomendable es proporcionarla en papel a cada empleado para que tengan constancia por escrito de esa medida empresarial.\u00bfQu\u00e9 elementos debe incluir?En esa circular informativa deben incluirse la siguiente informaci\u00f3n:Datos de la empresaDebemos indicar la denominaci\u00f3n social de la empresa, su CIF y domicilio.Finalidades del tratamiento de los datosEspecificaremos todos los fines para los que vamos a usar esos datos de los trabajadores. Los fines en este caso ser\u00edan la prevenci\u00f3n de la salud laboral y de la salud p\u00fablica en general y la contenci\u00f3n de la pandemia de coronavirus para facilitar la desescalada.Legitimaci\u00f3n legalTambi\u00e9n especificaremos la base de legitimaci\u00f3n que nos habilita para tratar esos datos personales. Esta legitimaci\u00f3n legal es el cumplimiento de obligaciones de salud p\u00fablica para garantizar la protecci\u00f3n de la salud de todos los trabajadores de la empresa.Plazo de conservaci\u00f3n de los datosDebemos garantizar que \u00fanicamente almacenaremos aquellos datos que sean necesarios para cumplir los fines indicados. Y tambi\u00e9n se indicar\u00e1 el plazo durante el que los datos ser\u00e1n almacenados. Ese plazo debe ser el m\u00ednimo necesario para cumplir esos fines.DestinatariosTendremos que informar a los empleados sobre qui\u00e9nes van a tener acceso a sus datos personales y si estos van a cederse a alg\u00fan tercero. Esos datos \u00fanicamente deben facilitarse a las autoridades p\u00fablicas o sanitarias cuando lo requieran.Medidas de seguridadEn la circular indicaremos las medidas de seguridad que vamos a aplicar para garantizar la protecci\u00f3n y privacidad de esa informaci\u00f3n personal. Solo podr\u00e1n tener acceso a esos datos aquellas personas debidamente autorizadas.Es necesario garantizar la disponibilidad, integridad, confidencialidad y secreto de los datos personales. Adem\u00e1s, siempre que sea posible, esos datos deber\u00e1n estar anonimizados.Ejercicio de derechosAl igual que para cualquier tipo de datos personales, en este caso los empleados pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificaci\u00f3n, oposici\u00f3n, cancelaci\u00f3n, limitaci\u00f3n y portabilidad sobre sus datos personales. En la circular indicaremos el medio para ejercer esos derechos y d\u00f3nde pueden ejercerlos.ReclamacionesDebemos informar tambi\u00e9n a los trabajadores de su derecho a reclamar ante la AEPD si consideran que ha sido infringido su derecho a la protecci\u00f3n de datos.FirmaEl trabajador debe firmar esa circular para que conste que la ha recibido y la empresa deber\u00e1 igualmente firmarla y guardar una copia de la misma.\u00bfEs obligario presentar esta circular informativa a los trabajadores?\u00a0S\u00ed, es obligatorio presentar la circular informativa a los trabajadores. El RGPD y la LOPDGDD exigen que el responsable del tratamiento de datos personales cumpla la obligaci\u00f3n de informar a los titulares de esos datos sobre el tratamiento que va a realizar.Por tanto, lo recomendable es facilitar a los empleados la mayor informaci\u00f3n posible sobre c\u00f3mo van a tratarse los datos obtenidos en el control de temperatura.Cartel informativo control de temperatura\u00a0Adem\u00e1s de la circular informativa facilitada a los trabajadores, si la empresa va a implantar un sistema de control de temperatura, debe colocar un cartel informativo.\u00bfQu\u00e9 se entiende por cartel informativo sobre el control de temperatura en la empresa?\u00a0El cartel para informar de la existencia de un control de temperatura debe ser parecido al usado para informar de la existencia de c\u00e1maras de videovigilancia en la empresa.Se trata de un cartel donde aparece la informaci\u00f3n b\u00e1sica sobre esa medida adoptada por la empresa.Modelo cartel informativo control de temperatura para descargar (pdf)Aqu\u00ed puedes descargar en pdf el modelo de cartel informativo de control de temperatura para usarlo en tu empresa.\u00bfQu\u00e9 debe incluir este cartel?En ese cartel informativo se incluir\u00e1:Datos de la empresa: denominaci\u00f3n social, CIF y domicilioFinalidad para el que se recogen los datosDerechos que corresponden a los trabajadores y d\u00f3nde y c\u00f3mo ejercerlosLugar o forma para obtener m\u00e1s informaci\u00f3n sobre ese tratamiento\u00bfD\u00f3nde puede ubicarse?\u00a0El cartel informativo lo colocaremos en las entradas a la empresa donde vayan a efectuarse esos controles de temperatura o en el acceso a la habitaci\u00f3n privada donde se realice el control.\u00bfSi coloco este cartel es suficiente o debo facilitar tambi\u00e9n la circular informativa a mis trabajadores?Yo te recomiendo que utilices las dos cosas para garantizar un mejor cumplimiento de la normativa. Adem\u00e1s de colocar el cartel con una informaci\u00f3n b\u00e1sica, debes facilitar la circular informativa a los empleados con una informaci\u00f3n m\u00e1s detallada."},{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BreadcrumbList","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/#breadcrumbitem","name":"Ayuda Ley Protecci\u00f3n Datos"}},{"@type":"ListItem","position":2,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2020\/05\/08\/control-temperatura-trabajadores\/#breadcrumbitem","name":"\u00bfC\u00f3mo realizar un control de temperatura a trabajadores? Circular y Cartel"}}]}]