[{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BlogPosting","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2019\/08\/29\/datos-consumo-energetico-datos-personales\/#BlogPosting","mainEntityOfPage":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2019\/08\/29\/datos-consumo-energetico-datos-personales\/","headline":"Los datos de consumo energ\u00e9tico son datos personales","name":"Los datos de consumo energ\u00e9tico son datos personales","description":"El Tribunal Supremo considera los datos de consumo energ\u00e9tico como datos personales protegidos por el RGPD y LOPDGDD, \u00a1m\u00e1s informaci\u00f3n aqu\u00ed!","datePublished":"2019-08-29","dateModified":"2020-11-09","author":{"@type":"Person","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/agonzar34\/#Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/agonzar34\/","image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/9d20ce04c893956aaa747aa424b64675?s=96&d=blank&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/9d20ce04c893956aaa747aa424b64675?s=96&d=blank&r=g","height":96,"width":96}},"publisher":{"@type":"Organization","name":"AyudaLeyProteccionDatos","logo":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","width":600,"height":60}},"image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","width":100,"height":100},"url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2019\/08\/29\/datos-consumo-energetico-datos-personales\/","about":["LOPDGDD & RGPD"],"wordCount":635,"articleBody":" if (typeof BingeIframeRan === \"undefined\") { window.addEventListener(\"message\", receiveMessage, false); function receiveMessage(event) { try { var parsed = JSON.parse(event.data) if (parsed.context === \"iframe.resize\") { var iframes = document.getElementsByClassName(\"binge-iframe\"); for (let i = 0; i < iframes.length; ++i) { if (iframes[i].src == parsed.src || iframes[i].contentWindow === event.source) { iframes[i].height = parsed.height; } iframes[i].style.opacity = 1; } } } catch (error) { } } var BingeIframeRan = true; } El Tribunal Supremo ha confirmado en una resoluci\u00f3n que los datos referidos al consumo energ\u00e9tico se consideran datos personales. Estos datos est\u00e1n protegidos por la Ley de Protecci\u00f3n de datos\u00a0(RGPD y LOPDGDD) al hacer referencia a costumbres de conducta privadas del consumidor. Con ellos se puede saber, por ejemplo, si esa persona vive sola o los horarios en los que se encuentra en casa.Los datos de consumo el\u00e9ctrico determinan los horarios de uso de la luz, las habitaciones de la casa donde se usa y los electrodom\u00e9sticos que se encuentran conectados a la electricidad. Se consideran datos personales a los que puede acceder un tercero (proveedor de servicios energ\u00e9ticos). Por eso deben estar protegidos.Iberdrola present\u00f3 un recurso en contra de un dictamen de la Secretar\u00eda de Estado de Energ\u00eda. En el mismo permit\u00eda que los empleados encargados de realizar la lectura de los contadores pudieran medir la facturaci\u00f3n energ\u00e9tica y enviar esos datos a la Administraci\u00f3n. La sentencia del TS resuelve ese recurso.Garantizar que se cumple la leyLa Administraci\u00f3n solicita esos datos para comprobar que los contratos de suministro de electricidad que se firman entre los consumidores y las compa\u00f1\u00edas cumplen la ley.En esa resoluci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Estado no se consideran como datos personales esos datos de consumo el\u00e9ctrico. Pero el TS en su sentencia indica que los empleados que tienen acceso a esos datos de los contadores el\u00e9ctricos puede acceder indirectamente a los datos del consumidor, como su nombre y apellidos.En principio solo pueden conocer los datos personales del cliente la compa\u00f1\u00eda con la que ha contratado el servicio y la\u00a0Comisi\u00f3n Nacional de Mercados de Competencia. Pero la Administraci\u00f3n puede pedir una inspecci\u00f3n a esos trabajadores con la que puedan identificar al consumidor.Por tanto, existe un medio legal a trav\u00e9s del cual la persona encargada de leer esos contadores de luz pueda pedir a la compa\u00f1\u00eda y tener acceso a datos con los que pueda establecer la ubicaci\u00f3n del punto de consumo y saber el resto de datos personales del usuario.Justificaci\u00f3n en el inter\u00e9s generalLo que justifica la obtenci\u00f3n de este tipo de datos por la Administraci\u00f3n, como indicaba, es la verificaci\u00f3n de que tanto los consumidores como las compa\u00f1\u00edas energ\u00e9ticas cumplen la ley en la ejecuci\u00f3n de sus contratos.Para cumplir las funciones atribuidas al encargado de leer los contadores no es necesario acceder a la informaci\u00f3n personal de los clientes. Pero estos est\u00e1n obligados a enviar ciertos datos a la Administraci\u00f3n en cumplimiento de la ley.Los consumidores desconocen que, al firmar un contrato de suministro de electricidad, sus datos personales pueden acabar en manos de terceros. Pero el TS entiende que esto se justifica en que ese tratamiento se realiza en base a una inspecci\u00f3n reconocida por la ley. Se trata, por tanto, de un tratamiento cuya base de legitimaci\u00f3n es el inter\u00e9s general. La Administraci\u00f3n necesita esos datos personales para poder realizar la investigaci\u00f3n.En base a esto, seg\u00fan el Tribunal Supremo, no es necesario pedir el consentimiento expl\u00edcito del usuario para tratar legalmente sus datos si lo requiere la Administraci\u00f3n. Ese cruce de informaci\u00f3n \u00fanicamente se realiza para efectuar una investigaci\u00f3n concreta que persigue un inter\u00e9s general y eso es lo que la except\u00faa de la obligaci\u00f3n de obtener consentimiento."},{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BreadcrumbList","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/#breadcrumbitem","name":"Ayuda Ley Protecci\u00f3n Datos"}},{"@type":"ListItem","position":2,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2019\/08\/29\/datos-consumo-energetico-datos-personales\/#breadcrumbitem","name":"Los datos de consumo energ\u00e9tico son datos personales"}}]}]