[{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BlogPosting","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#BlogPosting","mainEntityOfPage":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/","headline":"Acceso a la historia cl\u00ednica de pacientes \u00bfQui\u00e9n puede ver un historial m\u00e9dico y c\u00f3mo hacerlo?","name":"Acceso a la historia cl\u00ednica de pacientes \u00bfQui\u00e9n puede ver un historial m\u00e9dico y c\u00f3mo hacerlo?","description":"\u00bfQui\u00e9n puede acceder a mi historia cl\u00ednica? \u00bfPuede hacerlos cualquier m\u00e9dico? Respondemos a estas y otras preguntas \u2705","datePublished":"2018-10-24","dateModified":"2023-05-31","author":{"@type":"Person","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/agonzar34\/#Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/agonzar34\/","image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/9d20ce04c893956aaa747aa424b64675?s=96&d=blank&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/9d20ce04c893956aaa747aa424b64675?s=96&d=blank&r=g","height":96,"width":96}},"publisher":{"@type":"Organization","name":"AyudaLeyProteccionDatos","logo":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","width":600,"height":60}},"image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2018\/10\/quien-puede-ver-mi-historial-medico.jpg","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2018\/10\/quien-puede-ver-mi-historial-medico.jpg","height":900,"width":1600},"url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/","commentCount":"75","comment":[{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#Comment1","dateCreated":"2023-10-13 15:14:45","description":"Buenos d\u00edas:\r\nVeo cierta confusi\u00f3n entre poder ejercer tus funciones cl\u00ednico-asistenciales como profesional sanitario que atiende a un paciente o es parte del proceso asistencial, y ejercerlas porque alguien te da permiso expreso sin que sea tu paciente. La primera la entiendo como un deber y un derecho, la segunda no me queda claro por ning\u00fan sitio y me parece MUY extra\u00f1o que se tenga en cuenta la intencionalidad para decidir si es infracci\u00f3n o no. Por ejemplo, condena a enfermera por acceder a HC de hermano a\u00fan con su permiso \"porque el motivo era espurio\" versus absoluci\u00f3n de m\u00e9dico por acceder a historia de su mujer, que era su paciente, en pleno proceso de divorcio aunque no coincid\u00eda exactamente el acceso con la atenci\u00f3n.\r\nEn resumen, \u00bfpuedo acceder a la historia de mi mujer sin ser su m\u00e9dica solo para ver \"citas y recetas pendientes\", solo porque ella me dice que s\u00ed que puedo?\u00bfY a la m\u00eda propia si no me atiendo a m\u00ed misma?\r\nEn la era de acceso a las carpetas digitales de las HC, no entiendo esto \u00faltimo.\r\nGracias por tu blog.","author":{"@type":"Person","name":"ROSA DULANTO","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#Comment2","dateCreated":"2023-10-13 15:00:39","description":"Lamentablemente hay sentencias contradictorias sobre el tema. Por ejemplo, la Audiencia Provincial de Pontevedra exoner\u00f3 por terecera vez a una trabajadora (ni siquiera era sanitaria) de un centro sanitario tras ser denunciada por su hija por acceso sin contenimiento expreso durante 2 a\u00f1os a su historia cl\u00ednica porque entendieron que el consentimiento hab\u00eda sido \"t\u00e1cito\", y lo peor, porque consideraron que hab\u00eda habido una preocupaci\u00f3n leg\u00edtima de la madre por la hija en esos accesos (a m\u00ed me ha parecido incre\u00edble). https:\/\/www.lavozdegalicia.es\/noticia\/vigo\/2023\/07\/21\/absuelta-definitivamente-empleada-sergas-juzgada-tres-veces-ver-historia-hija\/00031689964110550169231.htm","author":{"@type":"Person","name":"ROSA DULANTO","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#Comment3","dateCreated":"2023-05-04 17:37:08","description":"Buenas tardes Ana, s\u00ed el tribunal m\u00e9dico puede solicitar todos los informes, tambi\u00e9n de cl\u00ednicas privadas","author":{"@type":"Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#Comment4","dateCreated":"2023-02-12 10:49:52","description":"Buenos d\u00edas, enhorabuena por el sitio. Puede el tribunal medico del INSS solicitar los informes m\u00e9dicos completos de un paciente a una cl\u00ednica privada para valorar posible incapacidad permanente?","author":{"@type":"Person","name":"Ana","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#Comment5","dateCreated":"2021-08-23 17:34:11","description":"Buenas tardes Roberto, s\u00ed, el consentimiento puede revocarse en cualquier momento","author":{"@type":"Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#Comment6","dateCreated":"2021-06-25 13:02:02","description":"Buenos d\u00edas Viviana, s\u00ed el centro de salud est\u00e1 obligado a entregarte la historia cl\u00ednica cuando lo solicites.","author":{"@type":"Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#Comment7","dateCreated":"2021-06-23 06:32:06","description":"Quiero saber si el centro de salud mental que atend\u00eda anteriormente tiene la obligaci\u00f3n de entregarme mi historia cl\u00ednica","author":{"@type":"Person","name":"Viviana Mazzitelli","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#Comment8","dateCreated":"2021-02-25 10:56:17","description":"Buenos d\u00edas Carmen, no te facilitar\u00e1n el registro de quienes acceden a tu historia cl\u00ednica, solo si tienes constancia de que han accedido sin consentimiento podr\u00edas denunciar.","author":{"@type":"Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#Comment9","dateCreated":"2021-02-25 10:54:59","description":"Buenos d\u00edas Carmen, s\u00ed puede ser que despu\u00e9s de 40 a\u00f1os ese historial se haya eliminado.","author":{"@type":"Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#Comment10","dateCreated":"2021-02-17 12:01:29","description":"\u00bfY en caso de que tus padres trabajen en el \u00e1mbito sanitario? \u00bfSe puede impedir que accedan a esa informaci\u00f3n o solicitar un registro de si han accedido a ella sin tu consentimiento?","author":{"@type":"Person","name":"Carmen","url":""}}],"about":["LOPDGDD & RGPD","SANIDAD"],"wordCount":3624,"articleBody":" if (typeof BingeIframeRan === \"undefined\") { window.addEventListener(\"message\", receiveMessage, false); function receiveMessage(event) { try { var parsed = JSON.parse(event.data) if (parsed.context === \"iframe.resize\") { var iframes = document.getElementsByClassName(\"binge-iframe\"); for (let i = 0; i < iframes.length; ++i) { if (iframes[i].src == parsed.src || iframes[i].contentWindow === event.source) { iframes[i].height = parsed.height; } iframes[i].style.opacity = 1; } } } catch (error) { } } var BingeIframeRan = true; } Como se ha explicado en otros art\u00edculos de Ayuda Ley y Protecci\u00f3n de Datos, los datos de la salud son altamente sensibles. Pero actualmente, las historias cl\u00ednicas est\u00e1n informatizadas e interconectadas, lo que hace que sean mucho m\u00e1s accesibles por cualquier profesional que preste sus servicios dentro del sistema sanitario. Ante esto surge la duda, \u00bfqui\u00e9n puede ver mi historial m\u00e9dico? \u00bfCualquier profesional sanitario puede ver mi historia cl\u00ednica?En este art\u00edculo responderemos a estas preguntas y encontrar\u00e1s m\u00e1s informaci\u00f3n sobre el derecho de acceso a la historia cl\u00ednica de los pacientes.Mi historia cl\u00ednica es un documento privado de car\u00e1cter confidencial\u00bfQui\u00e9n puede ver mi historial m\u00e9dico?Accesos no autorizados o indebidos al historial m\u00e9dico de un pacienteConsecuencias legalesSanciones administrativasAcceso correcto a historiales cl\u00ednicos \u00bfC\u00f3mo proceder?\u00bfPuedo saber qui\u00e9n ha accedido a mi historia cl\u00ednica?\u00bfC\u00f3mo defender mis derechos de paciente?Defensa de los derechos ante los TribunalesPosibilidad de denuncia ante el Colegio profesional\u00bfCu\u00e1nto tiempo pueden conservar mis datos m\u00e9dicos?Casos en pacientes espec\u00edficosAcceso al historial m\u00e9dico de un fallecidoAcceso a la historia cl\u00ednica de un menorEjemplo de buenas pr\u00e1cticasServicio de salud del Pa\u00eds Vasco OsakidetzaEntradas relacionadasMi historia cl\u00ednica es un documento privado de car\u00e1cter confidencialLo primero que debes saber y tener claro es que la historia cl\u00ednica es un documento privado de car\u00e1cter confidencial, que \u00fanicamente puede ser conocido por terceros previa autorizaci\u00f3n del paciente o en los casos previstos por la ley.Los datos relacionados con la salud son considerados sensibles y por lo tanto est\u00e1n especialmente protegidos por la Ley de Protecci\u00f3n de Datos (LOPD) y por el Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos (RGPD), existiendo muy pocas excepciones que permitan el acceso al historial m\u00e9dico del paciente.\u00bfQui\u00e9n puede ver mi historial m\u00e9dico?Por lo tanto, de lo anterior se concluye que solo pueden ver el historial m\u00e9dico de un paciente el personal directamente implicado en su atenci\u00f3n m\u00e9dica, es decir, el personal sanitario que le est\u00e1 tratando. Cualquier otro profesional de la salud que quiera tener acceso a la historia cl\u00ednica de una persona, debe tener una causa justificada para hacerlo.Adem\u00e1s, los profesionales sanitarios siempre est\u00e1n obligados a guardar secreto m\u00e9dico sobre el estado de salud y el tratamiento de sus pacientes.\u00bfY qu\u00e9 ocurre si somos nosotros los que queremos ver nuestro historial m\u00e9dico? \u00bfTenemos derecho a pedir nuestro informe m\u00e9dico?La respuesta es s\u00ed, gracias al derecho de acceso, como titular de los datos personales que contiene un informe m\u00e9dico, tenemos derecho a solicitar el acceso al mismo en cualquier momento.Finalmente, hay una serie de excepciones legales que permiten que terceros puedan ver el historial m\u00e9dico de un paciente:Mediante orden judicial, dentro del \u00e1mbito de una investigaci\u00f3n y siempre dentro de los l\u00edmites de dicha investigaci\u00f3n.Cuando, por razones epidemiol\u00f3gicas, sea necesario acceder al historial cl\u00ednico del paciente para prevenir riesgos o peligros graves para la salud p\u00fablica.Para la planificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de la calidad de la asistencia sanitaria, siempre llevado a cabo por personal sanitario acreditado.Accesos no autorizados o indebidos al historial m\u00e9dico de un pacienteUn m\u00e9dico, o cualquier otro profesional sanitario, no puede acceder a la historia cl\u00ednica de un paciente por simple curiosidad, ya hemos establecido que solo pueden acceder a \u00e9l aquellos profesionales sanitarios directamente relacionados con el tratamiento del paciente.Acceder al historial m\u00e9dico de una persona a la que no se est\u00e1 tratando (por ejemplo, porque el m\u00e9dico ha conseguido el n\u00famero de historia cl\u00ednica de un paciente), no solo es contrario a la \u00e9tica, tambi\u00e9n es un atentado contra la intimidad de la persona, que puede acarrear consecuencias legales graves.Lo mismo podemos decir si quienes acceden al historial cl\u00ednico de un paciente son familiares, amigos o conocidos del mismo (incluso post-mortem); estamos ante un delito.Por esta raz\u00f3n, los centros m\u00e9dicos y sanitarios tienen la obligaci\u00f3n de implantar sistemas y medidas de seguridad en protecci\u00f3n de datos que garanticen un alto nivel de protecci\u00f3n de las historias cl\u00ednicas. Estas medidas, adem\u00e1s, pueden ser supervisadas por la Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos (AEPD) para asegurar su correcto funcionamiento.Acceder sin consentimiento a la historia cl\u00ednica es un delito con pena de prisi\u00f3nConsecuencias legalesLos accesos no autorizados a las historias cl\u00ednicas pueden ser castigados como:Delito de divulgaci\u00f3n de secretos, recogido en el C\u00f3digo penal, en el art\u00edculo 197.Delito contra la intimidad personal.Dependiendo de la gravedad del caso, estos delitos est\u00e1n penados con penas de prisi\u00f3n y multas.Adem\u00e1s, hay que se\u00f1alar que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.A continuaci\u00f3n puedes ver algunos ejemplos de sentencias de profesionales sanitarios que accedieron ilegalmente a los historiales cl\u00ednicos de pacientes que no estaban tratando.Recientemente el Tribunal Supremo ha confirmado la condena de tres a\u00f1os y tres meses de prisi\u00f3n a un m\u00e9dico en Menorca por delito continuado de descubrimiento de secretos, ya que sin autorizaci\u00f3n ni consentimiento accedi\u00f3 v\u00eda inform\u00e1tica al historial cl\u00ednico de su excompa\u00f1era sentimental, y la hija, hermana y marido de dicha persona. Este delito conlleva pena de prisi\u00f3n, multa de 6.000 euros e indemnizaci\u00f3n.El acceso a la historia cl\u00ednica de un familiar, amigo o compa\u00f1ero de trabajo provoca graves consecuencias para los profesionales m\u00e9dicos. Varios han sido ya condenados a m\u00e1s de dos a\u00f1os de prisi\u00f3n, lo que provoca su ingreso en la c\u00e1rcel.Por ejemplo, en octubre de 2019, el Tribunal Supremo conden\u00f3 a dos fisioterapeutas de un hospital p\u00fablico a dos a\u00f1os y seis meses de prisi\u00f3n por acceder al historial cl\u00ednico de una compa\u00f1era de trabajo y divulgarlo delante de pacientes.M\u00e1s suerte ha tenido otra fisioterapeuta del hospital Valle del Nal\u00f3n, en Asturias, denunciada por acceder sin consentimiento al historial m\u00e9dico de una compa\u00f1era. La Audiencia provincial absolvi\u00f3 a la acusada al entender que los datos a los que pudo acceder ya los conoc\u00eda y que realiz\u00f3 ese acceso con la intenci\u00f3n de descubrir un posible fraude, ya que esa compa\u00f1era usaba un servicio del que no era paciente. El tribunal entiende que no existi\u00f3 delito penal, aunque s\u00ed puede haber responsabilidad disciplinaria.Por otro lado, la Audiencia provincial de C\u00e1ceres conden\u00f3 en 2018 a una enfermera del servicio extreme\u00f1o de salud a tres a\u00f1os y siete meses de prisi\u00f3n por acceder m\u00e1s de cien veces a la historia cl\u00ednica de su pareja y de su ex yerno. Esta condena fue rebajada por el Supremo a dos a\u00f1os de prisi\u00f3n.En muchos casos, estas actuaciones se producen por desconocimiento de las consecuencias y condenas existentes. Los profesionales no saben que, si no existe un v\u00ednculo profesional con el paciente, el acceso a su historia cl\u00ednica sin autorizaci\u00f3n constituye una falta muy grave y un delito, seg\u00fan el C\u00f3digo penal. Esta informaci\u00f3n est\u00e1 protegida por el derecho a la intimidad.Sanciones administrativasEl r\u00e9gimen de infracciones y sanciones por incumplimiento de la normativa de protecci\u00f3n de datos se contiene en los art\u00edculos 70 y siguientes de la LOPDGDD, que relaciona un buen n\u00famero de conductas activas y omisivas constitutivas de infracciones.Destaca como infracci\u00f3n muy grave la vulneraci\u00f3n del deber de confidencialidad establecido en el art\u00edculo 5 de la Ley, adem\u00e1s de la determinaci\u00f3n como infracciones de otras circunstancias relacionadas con la falta de aplicaci\u00f3n de las medidas t\u00e9cnicas y organizativas de seguridad que correspondan al tratamiento.Para el caso de infracciones cometidas por entidades privadas, adem\u00e1s de las sanciones que correspondan, de manera complementaria o alternativa a estas, podr\u00e1n imponerse las dem\u00e1s medidas correctivas establecidas en el art\u00edculo 84.2 del RGPD.En caso de entidades de derecho p\u00fablico, se prev\u00e9 que la autoridad competente dicte una resoluci\u00f3n conteniendo un apercibimiento, as\u00ed como las medidas de cesaci\u00f3n de la conducta o correctoras procedentes, estableciendo tambi\u00e9n la posibilidad de solicitar el inicio de actuaciones disciplinarias, si procedieran.Acceso correcto a historiales cl\u00ednicos \u00bfC\u00f3mo proceder?Ahora que ya s\u00e9 qui\u00e9n puede ver mi historial m\u00e9dico, \u00bfc\u00f3mo puedo acceder a mi historia cl\u00ednica? Este es el procedimiento que debes seguir:Tendr\u00e1s que dirigirte al servicio o unidad de admisi\u00f3n y documentaci\u00f3n cl\u00ednica o unidad con funciones an\u00e1logas.Y deber\u00e1s solicitarlo por escrito en el que constar\u00e1n:Tus datos identificativos,El proceso.Los documentos a los que quiere acceder.Podr\u00e1s acceder a todos los documentos de la historia cl\u00ednica, salvo a los datos aportados por terceras personas recogidos en inter\u00e9s terap\u00e9utico del propio paciente y a las denominadas anotaciones subjetivas de los profesionales. A no ser que aportes la autorizaci\u00f3n expresa de esas terceras personas o los profesionales no opongan la reserva de sus anotaciones subjetivas.Si quieres obtener copia, bien la solicitud o bien la retirada, deber\u00e1 efectuarse de forma presencial y previa identificaci\u00f3n. En la solicitud deber\u00e1s especificar la forma en la que deseas que te entreguen la documentaci\u00f3n.Si act\u00faas a trav\u00e9s de representante, este deber\u00e1 estar debidamente acreditado.Ten en cuenta que en cualquier momento puede solicitar acceso a tu historial cl\u00ednico, para ejercer, si lo necesitas, tus derechos ARCO.\u00bfPuedo saber qui\u00e9n ha accedido a mi historia cl\u00ednica?El acceso a la historia cl\u00ednica deja rastro inform\u00e1tico.Una historia cl\u00ednica puede ser analizada desde diversos aspectos:InspectoresPericialesJudicialesCl\u00ednicos investigadoresOrden p\u00fablicoPublicaciones legalesPero su acceso y tratamiento de los datos, documentos e im\u00e1genes contenidos en ella, deben quedar limitados a aquellos que tengan raz\u00f3n suficiente en funci\u00f3n de un inter\u00e9s terap\u00e9utico superior o \u00abjusta causa\u00bb legal o deontol\u00f3gica. Dejando por tanto fuera toda cuesti\u00f3n inherente a la curiosidad o acceso injustificado.La AEPD public\u00f3 un informe jur\u00eddico en el que indica que el derecho de acceso no incluye conocer la identidad de las personas que dentro del \u00e1mbito de organizaci\u00f3n del responsable del tratamiento han podido tener acceso a la informaci\u00f3n contenida en el mismo.Esto ha sido reclamado en varias ocasiones por entender que contradice lo establecido en la LOPD. Pero siempre se han rechazado esas reclamaciones.Es decir, que no puedes saber qui\u00e9n accede a tus datos m\u00e9dicos.Por medio del derecho de acceso no puede conseguirse la relaci\u00f3n de personas que han tenido acceso a nuestra historia cl\u00ednica.Podr\u00e1s conocer el uso que se hace de tu historia cl\u00ednica digital, pero no sabr\u00e1s qui\u00e9n accede a ellaLa Agencia Europea de Protecci\u00f3n de Datos, no obstante, recomienda a los pa\u00edses que cuenten con una Historia Cl\u00ednica Digital a que act\u00faen de oficio y cada a\u00f1o o cada determinado periodo de tiempo faciliten a los pacientes informaci\u00f3n de qui\u00e9n accedi\u00f3 a su informaci\u00f3n cl\u00ednica.\u00bfC\u00f3mo defender mis derechos de paciente?Si has sido v\u00edctima de una violaci\u00f3n de datos tus datos personales sanitarios, debes saber que cuentas con herramientas para defender tus derechos como paciente, tanto si trata de un m\u00e9dico que ha accedido a tu historial cl\u00ednico sin autorizaci\u00f3n, como en el caso de una cesi\u00f3n de datos entre sanitarios indebida.Defensa de los derechos ante los TribunalesLa posibilidad de acudir a los Tribunales supone una de las herramientas m\u00e1s importantes a manos de los perjudicados por un posible acceso ileg\u00edtimo a los datos contenidos en la historia cl\u00ednica.Sin embargo, la posibilidad de que el propio interesado pueda instar un procedimiento judicial depender\u00e1 de que este llegue a tener conocimiento de que dicho acceso ileg\u00edtimo se ha producido.Muchas veces el hecho llega a o\u00eddos del perjudicado porque la informaci\u00f3n llega a ser conocida por terceros que luego difunden los datos. No obstante, en otros casos en los que no se produce una comunicaci\u00f3n a terceros de los datos, sino solo un mero acceso a los mismos por parte del profesional no autorizado, es preciso que se establezcan una serie de mecanismos para que el perjudicado pueda tener conocimiento de estos accesos.Una vez que el afectado, por el medio que sea, tiene conocimiento o alberga sospecha del acceso ileg\u00edtimo a sus datos, tiene varias v\u00edas de actuaci\u00f3n a su disposici\u00f3n para procurar la defensa de sus derechos en sede judicial.El art\u00edculo 77.1 del Reglamento recoge la posibilidad de presentar reclamaci\u00f3n ante la autoridad de control, y ello \u00absin perjuicio de cualquier otro recurso administrativo o acci\u00f3n judicial\u00bb. Es decir, reconoce expresamente el derecho a la tutela judicial efectiva de los afectados frente a dicha autoridad de control y frente al responsable o encargado del tratamiento de los datos.Adem\u00e1s, respecto de las conductas que pudieran revestir caracteres de delito, indica que los Estados podr\u00e1n tipificar como delito conductas que supongan infracciones en el sistema del RGPD.En nuestro Ordenamiento, el acceso indebido es susceptible de dar lugar a il\u00edcitos de diverso orden, pudiendo, as\u00ed, encauzarse la tutela judicial de los derechos del afectado a trav\u00e9s de varias jurisdicciones.Posibilidad de denuncia ante el Colegio profesionalDependiendo del texto de los Estatutos de cada Colegio Profesional, la vulneraci\u00f3n de este deber puede ser considerada falta entre grave y muy grave, acarreando consecuencias que llegan hasta la inhabilitaci\u00f3n profesional.Una vez se rese\u00f1a esta posibilidad como posible consecuencia de la infracci\u00f3n de los deberes de confidencialidad del personal sanitario, no deja de ser pertinente decir que la imposici\u00f3n de este tipo de sanciones por parte de los Colegios Profesionales suscita algunas dudas. Sanciones como la inhabilitaci\u00f3n profesional se asimilan a penas propias del Ordenamiento penal, impuestas por un Tribunal profesional.Cuesti\u00f3n distinta es que, paralelamente al procedimiento disciplinario llevado a cabo a prop\u00f3sito de la falta deontol\u00f3gica, se d\u00e9 curso a un procedimiento penal por haber incurrido el profesional en uno de los delitos recogidos en el C\u00f3digo Penal, antes comentados.Los Estatutos de los Colegios M\u00e9dicos permitir\u00edan a dichos Colegios imponer una sanci\u00f3n que tendr\u00eda las mismas consecuencias que una verdadera pena, y ello sin darse las garant\u00edas propias del procedimiento penal ni existir habilitaci\u00f3n legal alguna que respalde una potestad sancionadora en la que no interviene la autoridad judicial.El hecho de que la sanci\u00f3n impuesta pueda o no tener efectos en el \u00e1mbito externo al Colegio Profesional es relevante, y va a depender de que la colegiaci\u00f3n se entienda o no como obligatoria. Y es que, de no ser obligatoria, las sanciones impuestas por el Colegio Profesional realmente no tendr\u00edan virtualidad alguna en el \u00e1mbito extra colegial, porque, a pesar de que el expulsado no pudiera ya formar parte de dicha organizaci\u00f3n, la condici\u00f3n de asociado no ser\u00eda imprescindible para el ejercicio de la profesi\u00f3n.Sin embargo, si la colegiaci\u00f3n fuera obligatoria, y, por tanto, las sanciones tuvieran un verdadero efecto traspasado el \u00e1mbito colegial, s\u00ed se estar\u00eda impidiendo al profesional ejercer su profesi\u00f3n.\u00bfCu\u00e1nto tiempo pueden conservar mis datos m\u00e9dicos?Depende.Algunos de los documentos que forman la historia cl\u00ednica es preciso conservarlos indefinidamente, por ejemplo:El consentimiento informadoEl informe de quir\u00f3fano o de registro de partoEl informe cl\u00ednico de altaOtros documentos podr\u00e1n destruirse cuando no sean trascendentales por motivos:AsistencialesDe salud p\u00fablicaEpidemiol\u00f3gicosDe investigaci\u00f3nJudicialesPor razones de organizaci\u00f3n y funcionamiento del Sistema Nacional de SaludEn este caso pueden destruirse cuando hayan pasado 5 a\u00f1os, por ejemplo:Hoja cl\u00ednico-estad\u00edsticaSolicitud y autorizaci\u00f3n de ingresoInforme de urgenciasCasos en pacientes espec\u00edficosA continuaci\u00f3n vamos a ver qu\u00e9 ocurre con los historiales m\u00e9dicos de pacientes espec\u00edficos y lo que dice la ley al respecto.Acceso al historial m\u00e9dico de un fallecido\u00bfQui\u00e9n puede acceder a la historia cl\u00ednica de un paciente fallecido?La respuesta que nos viene a la cabeza es: los familiares.Pero no es del todo correcto. Habr\u00eda que matizarlo.La ley de Autonom\u00eda del paciente indica que toda persona tiene derecho a que se respete la confidencialidad de los datos referentes a su salud y por tanto ning\u00fan tercero puede acceder a los mismos, salvo que obtenga previa autorizaci\u00f3n amparada en la ley.Pero tambi\u00e9n esta ley autoriza el acceso a la historia cl\u00ednica de un paciente fallecido a toda persona vinculada a \u00e9l por razones familiares o de hecho. Salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente.Y existe un l\u00edmite: el acceso de un tercero a la historia cl\u00ednica debe motivarse en la existencia de un riesgo para su salud y se limitar\u00e1 a los datos pertinentes.Para ese acceso deben cumplirse unos requisitos:Inexistencia de prohibici\u00f3n expresa por el fallecidoAcreditaci\u00f3n de la relaci\u00f3n de parentesco o la vinculaci\u00f3n de hechoSe\u00f1alar la finalidad del accesoAcceso a la historia cl\u00ednica de un menorEl derecho de acceso es un derecho personal\u00edsimo que solo puede ejercer el afectado. Pero, cuando el afectado sea menor de edad, podr\u00e1 ejercitarse por su representante legal, en cuyo caso ser\u00e1 necesario que acredite tal condici\u00f3n.Se dar\u00e1 en ese caso el acceso a la historia cl\u00ednica del menor a quienes tengan su patria potestad o tutela.Debemos diferenciar dos supuestos:Menores de 14 a\u00f1os: aqu\u00ed ser\u00e1n los padres o tutores los que accedan a su historia cl\u00ednica del menor, puesto que se necesita autorizaci\u00f3n para el tratamiento de datos de menores.Mayores de 14 a\u00f1os: en este caso el acceso corresponde tanto al menor como a sus padres o tutores.Ejemplo de buenas pr\u00e1cticasFinalmente, cerramos este art\u00edculo con un ejemplo de buenas pr\u00e1cticas en lo que a protecci\u00f3n de datos e historiales m\u00e9dicos se refiere.Servicio de salud del Pa\u00eds Vasco OsakidetzaEl servicio de salud vasco, Osakidetza, ha creado una herramienta llamada Carpeta de Salud como instrumento de informaci\u00f3n, formaci\u00f3n y canal de comunicaci\u00f3n.A trav\u00e9s de ella puedes:Consultar y descargar tus informesVer tu historial farmacol\u00f3gico con las prescripcionesConsultar las citasAcceder a informaci\u00f3n sobre patolog\u00edas o problemas de salud frecuentesRellenar cuestionarios sobre h\u00e1bitos saludables con recomendaciones personalizadasIncluir tus informes externos a Osakidetza en formato PDFA\u00f1adir informaci\u00f3n para incorporarla a tu historia cl\u00ednica en Mi diarioRemitir dudas \u2013 mensajes al personal sanitarioQui\u00e9n puede acceder a mi historia cl\u00ednica es una pregunta que esperamos haya quedado resuelta a lo largo de este art\u00edculo. Pero si a\u00fan ten\u00e9is dudas, pod\u00e9is consultarlas en los comentarios.\u00bfCu\u00e1nto cuesta cumplir la LOPD?Entradas relacionadas\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\tLos mejores chats m\u00e9dicos de 2020\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t"},{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BreadcrumbList","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/#breadcrumbitem","name":"Ayuda Ley Protecci\u00f3n Datos"}},{"@type":"ListItem","position":2,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2018\/10\/24\/acceso-historia-clinica\/#breadcrumbitem","name":"Acceso a la historia cl\u00ednica de pacientes \u00bfQui\u00e9n puede ver un historial m\u00e9dico y c\u00f3mo hacerlo?"}}]}]