[{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BlogPosting","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#BlogPosting","mainEntityOfPage":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/","headline":"Todo sobre la Ley de videovigilancia (LOPD, 4\/1997, RGPD, 1\/2006)","name":"Todo sobre la Ley de videovigilancia (LOPD, 4\/1997, RGPD, 1\/2006)","description":"Uno de los asuntos que m\u00e1s dudas suscita en la protecci\u00f3n de datos es el tema de la videovigilancia. En este post encontrar\u00e1s todo lo relativo a videovigilancia y protecci\u00f3n de datos, junto con alg\u00fan ejemplo de expediente sancionador por el uso de c\u00e1maras en la v\u00eda p\u00fablica.","datePublished":"2016-08-16","dateModified":"2021-09-22","author":{"@type":"Person","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/agonzar34\/#Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/author\/agonzar34\/","image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/9d20ce04c893956aaa747aa424b64675?s=96&d=blank&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/9d20ce04c893956aaa747aa424b64675?s=96&d=blank&r=g","height":96,"width":96}},"publisher":{"@type":"Organization","name":"AyudaLeyProteccionDatos","logo":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/01\/ayuda-ley-proteccion-datos.png","width":600,"height":60}},"image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/08\/videovigilancia.jpg","url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/wp-content\/uploads\/2016\/08\/videovigilancia.jpg","height":934,"width":1400},"url":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/","commentCount":"16","comment":[{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#Comment1","dateCreated":"2021-02-25 11:03:18","description":"Buenos d\u00edas Germ\u00e1n, la normativa de protecci\u00f3n de datos en sistemas de videovigilancia se aplica siempre que existan c\u00e1maras de videovigilancia.","author":{"@type":"Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#Comment2","dateCreated":"2021-02-21 13:08:30","description":"hola tengo una cuesti\u00f3n si me puede aclarar la duda un sistema de videovigilancia en una estaci\u00f3n de tratamiento de agua potable que esta dentro de cnpic les es de aplicaci\u00f3n la normativa de protecci\u00f3n de datos?","author":{"@type":"Person","name":"german","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#Comment3","dateCreated":"2020-06-03 09:30:10","description":"Buenos d\u00edas Mari Carmen, las c\u00e1maras no pueden grabar ni la v\u00eda p\u00fablica ni otras propiedades privadas. Pod\u00e9is solicitarle que retire esa c\u00e1mara y, si no lo hace, denunciar ante la AEPD. Te dejo el modelo de denuncia: https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/modelo-denuncia-ante-aepd\/","author":{"@type":"Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#Comment4","dateCreated":"2020-06-03 09:15:28","description":"Nuestro vecino colindante ha instalado una c\u00e1mara de video vigilancia justo en el \u00fanico hueco por d\u00f3nde tiene acceso de visi\u00f3n a nuestra parcela. Pudiendo grabar as\u00ed parte de nuestra propiedad, por tanto, nuestra intimidad. Qu\u00e9 debemos hacer para que se nos confirme que no nos est\u00e1 grabando y si tenemos potestad para obligarlo a retirarla y colocarla en otra zona.","author":{"@type":"Person","name":"MARI CARMEN","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#Comment5","dateCreated":"2020-02-24 13:41:00","description":"Buenos d\u00edas Maribel, eso es totalmente ilegal, puedes denunciar ante la AEPD. Te dejo el modelo de denuncia: https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/modelo-denuncia-ante-aepd\/","author":{"@type":"Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#Comment6","dateCreated":"2020-02-23 19:47:16","description":"Es legal una c\u00e1mara en una consulta de ginecolog\u00eda donde se hacen las revisiones ginecolog\u00edcas ? No fui advertida de ello y cuando me percat\u00e9 de su presencia ya estaba desnuda estoy muy preocupada porque no s\u00e9 si alguien a visto esas im\u00e1genes y con qu\u00e9 fin se han podido utilizar","author":{"@type":"Person","name":"Maribel","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#Comment7","dateCreated":"2020-01-24 13:36:24","description":"Buenos d\u00edas Carmina, las grabaciones deber\u00e1n ser eliminadas en el plazo m\u00e1ximo de un mes salvo que recojan un delito o incidencia, en tal caso deber\u00e1n ser conservadas por la polic\u00eda o tribuales o custodiadas por una Empresa de Seguridad Homologada que garantice su trazabilidad e integridad. La propia empresa no puede conservar esas im\u00e1genes m\u00e1s de un mes.\nPor tanto, esto ser\u00eda denunciable ante la AEPD.","author":{"@type":"Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#Comment8","dateCreated":"2020-01-24 10:49:33","description":"Hola, me gustar\u00eda saber cuanto tiempo tiene la empresa para poner a disposici\u00f3n policial unas im\u00e1genes. En mi empresa han guardado imagenes de un compa\u00f1ero expresidente del comit\u00e9 de empresa en Febrero de 2017 poniendo una informaci\u00f3n sindical en los tablones habilitados para ello. Recibe una denuncia interpuesta en marzo de 2018. En ese momento se abren diligencias y son entregadas esas im\u00e1genes como prueba solocitada por el juzgado en abril de 2018, 14 meses despu\u00e9s de su captaci\u00f3n \u00bfDeber\u00edan de haber sido borradas esas im\u00e1genes en el plazo de un mes si no se pone una denuncia en ese tiempo? \u00bfpuedes guardar unas im\u00e1genes durante el tiempo que estimes oportuno para poner una denuncia?","author":{"@type":"Person","name":"Carmina","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#Comment9","dateCreated":"2019-11-11 13:45:01","description":"Buenos d\u00edas Jose, las c\u00e1maras de grabaci\u00f3n falsas est\u00e1n prohibidas por lo que s\u00ed se infringir\u00eda la legalidad.","author":{"@type":"Person","name":"Ana Gonz\u00e1lez","url":""}},{"@type":"Comment","@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#Comment10","dateCreated":"2019-11-11 09:02:59","description":"Me gustar\u00eda saber si pongo un cartel normativo legal y el documento informativo para los trabajadores y les comunico que la c\u00e1mara vigila la entrada principal (entrada \u00fanica al trabajo) con fines de control de acceso por seguridad de acceso al recinto y ademas me sirve a mi de manera disuasoria para que cumplan el horario , pero no coloco ninguna c\u00e1mara oculta, realmente enga\u00f1ando a los trabajadores, \u00bfestoy cumpliendo la legalidad.?","author":{"@type":"Person","name":"jose","url":""}}],"about":["GU\u00cdAS","LOPDGDD & RGPD","VIDEOVIGILANCIA"],"wordCount":5265,"articleBody":" if (typeof BingeIframeRan === \"undefined\") { window.addEventListener(\"message\", receiveMessage, false); function receiveMessage(event) { try { var parsed = JSON.parse(event.data) if (parsed.context === \"iframe.resize\") { var iframes = document.getElementsByClassName(\"binge-iframe\"); for (let i = 0; i < iframes.length; ++i) { if (iframes[i].src == parsed.src || iframes[i].contentWindow === event.source) { iframes[i].height = parsed.height; } iframes[i].style.opacity = 1; } } } catch (error) { } } var BingeIframeRan = true; } La videovigilancia es uno de los asuntos que causa m\u00e1s dudas en el terreno de la protecci\u00f3n de datos. La entrada en vigor del RGPD y la LOPDGDD ha tra\u00eddo consigo algunos cambios respecto a la recogida y grabaci\u00f3n de im\u00e1genes con c\u00e1maras de seguridad. Por eso en este post os contar\u00e9 todo lo relacionado con la Videovigilancia y la Protecci\u00f3n de Datos.\u00bfQu\u00e9 entendemos por Videovigilancia?Legislaci\u00f3n sobre videovigilanciaLey Org\u00e1nica 4\/1997 sobre videovigilanciaRGPDLOPDGDDInstrucci\u00f3n 1\/ 2006 Requisitos para la instalaci\u00f3n y uso de las c\u00e1maras de videovigilancia y Derechos de los usuariosLicitud y transparenciaLimitaci\u00f3nMinimizaci\u00f3n de los datosConservaci\u00f3n de los datosIntegridad y seguridadFicheros de videovigilanciaLa videovigilancia seg\u00fan la AEPDSanci\u00f3n por incumplimiento de la LOPDCriterio de la AEPD\u00bfC\u00f3mo instalar c\u00e1maras de Videovigilancia con arreglo a la normativa?Sistema de videovigilancia a instalarLugar de instalaci\u00f3nProhibici\u00f3n de grabar en zonas de descanso de la empresaCartel informativoVisualizaci\u00f3nModelos informativosCartel informativo VideovigilanciaModelo de Cl\u00e1usula InformativaTendencias de videovigilancia para 2020Soluciones de seguridad de extremo a extremo de IALa seguridad cibern\u00e9ticaInformaci\u00f3n de datos basada en la nubeProtecci\u00f3n de la privacidadSoluciones Especializadas VerticalesPreguntas frecuentes\u00bfCasos en los que se aplica la LOPD al tratamiento de im\u00e1genes y excepciones?Casos en los que no se aplica la LOPD\u00bfC\u00f3mo se deben captar y tratar las im\u00e1genes?\u00bfLas c\u00e1maras de videovigilancia deben ser gestionadas por empresas autorizadas?\u00bfEs necesario el consentimiento de las personas para captar sus im\u00e1genes?\u00bfPueden las empresas instalar videoc\u00e1maras para control laboral?\u00bfPueden las c\u00e1maras grabar sonido?\u00bfNecesitas cumplir el RGPD?Entradas relacionadas\u00bfQu\u00e9 entendemos por Videovigilancia?La videovigilancia es el sistema que nos permite ver la imagen en directo de nuestra casa o negocio desde cualquier parte del mundo, a trav\u00e9s de Internet, utilizando un ordenador, m\u00f3vil o tableta.Los sistemas de videovigilancia tienen varios usos:Permite grabar las im\u00e1genes de las c\u00e1maras mientras no estamos.Posibilita que podamos ver en tiempo real lo que est\u00e1 haciendo cada uno, controlar las diferentes dependencias y rincones sin tener que movernos y tener una visi\u00f3n global de todas nuestras instalaciones.Tambi\u00e9n tienen efecto disuasorio contra los robos y el vandalismo.Videovigilancia y protecci\u00f3n de datos son dos t\u00e9rminos que est\u00e1n muy unidos pero sobre los que todav\u00eda existen muchas dudas. Por eso, a lo largo de esta gu\u00eda sobre videovigilancia vamos a intentar arrojar un poco de luz sobre estos conceptos.Legislaci\u00f3n sobre videovigilanciaLa normativa de videovigilancia en Espa\u00f1a est\u00e1 compuesta por una serie de leyes, las cu\u00e1les vemos a continuaci\u00f3n.Ley Org\u00e1nica 4\/1997 sobre videovigilanciaLa Ley Org\u00e1nica 4\/1997 regula la utilizaci\u00f3n de videoc\u00e1maras por las fuerzas y cuerpos de seguridad en lugares p\u00fablicos.Esta ley de videovigilancia indica que las Fuerzas y Cuerpos de seguridad podr\u00e1n utilizar videoc\u00e1maras para grabar im\u00e1genes y sonidos en lugares p\u00fablicos, abiertos o cerrados, y su posterior tratamiento, con el fin de:Asegurar la convivencia ciudadana,Erradicar la violencia,Velar por la utilizaci\u00f3n pac\u00edfica de las v\u00edas y espacios p\u00fablicosPrevenir la comisi\u00f3n de delitos, faltas e infracciones relacionados con la seguridad p\u00fablica.Asimismo, esta norma establece espec\u00edficamente el\u00a0r\u00e9gimen de garant\u00edas de los derechos fundamentales y libertades p\u00fablicas\u00a0de los ciudadanos que habr\u00e1 de respetarse ineludiblemente en las sucesivas fases de autorizaci\u00f3n, grabaci\u00f3n y uso de las im\u00e1genes y sonidos obtenidos conjuntamente por las videoc\u00e1maras.Sin embargo, esta no es la \u00fanica legislaci\u00f3n sobre c\u00e1maras de vigilancia en Espa\u00f1a.RGPDEl Reglamento Europeo de Protecci\u00f3n de Datos o RGPD exige que las empresas que instalen c\u00e1maras de videovigilancia ofrezcan garant\u00edas del cumplimiento de las obligaciones del Reglamento, por lo que ha de poner a disposici\u00f3n del responsable de tratamiento toda la informaci\u00f3n necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones como encargado de tratamiento y permitir y contribuir a la realizaci\u00f3n de auditor\u00edas.La normativa sobre c\u00e1maras de vigilancia dIspuesta en el RGPD introduce la obligaci\u00f3n del responsable de tratamiento de diligencia en la contrataci\u00f3n del encargado de tratamiento. Debe velar porque este cumpla los requisitos exigidos sobre videovigilancia en el RGPD.En el caso de una observaci\u00f3n sistem\u00e1tica a gran escala de una zona de acceso p\u00fablico, la norma establece como obligatoria una evaluaci\u00f3n de impacto. En ella se determinar\u00e1\u00a0la necesidad y la proporcionalidad de las operaciones de tratamiento en relaci\u00f3n a su finalidad.El RGPD tambi\u00e9n establece mayores sanciones por c\u00e1maras de videovigilancia en caso de incumplimiento de la normativa.LOPDGDD\u00bfC\u00f3mo se trata de la videovigilancia en la LOPD (ahora LOPDGDD o Ley Org\u00e1nica de Protecci\u00f3n de Datos y Garant\u00eda de los Derechos Digitales?)En el caso de la instalaci\u00f3n de c\u00e1maras de videovigilancia la LOPDGDD exige una serie de requisitos y pautas ya que no todo vale.La Ley habla de la Videovigilancia cuando se captan y graban im\u00e1genes que afectan a personas\u00a0\u201cidentificadas\u00a0e Identificables\u201d. Esto sugiere, no obstante ciertos problemas\u00a0en su aplicaci\u00f3n.Por un lado el Responsable del fichero deber\u00e1 identificar si el uso que hace de la videoc\u00e1mara se encuentra sujeto a la Ley. Y, por otro lado, resulta complicado informar al titular de los datos y realizarlo con criterios id\u00e9nticos, comprensibles y f\u00e1cilmente identificables.La Ley habla de la Videovigilancia cuando se captan y graban im\u00e1genes que afectan a personas identificadas e identificables.La videovigilancia se considera un sistema invasivo, por eso la ley establece la obligaci\u00f3n de cumplir una serie de\u00a0condiciones para legitimar su tratamiento.Esta ley, que desarrolla lo establecido en el RGPD, se refiere al uso de sistemas de videovigilancia en el art. 15. Aqu\u00ed se establecen los requisitos en caso de instalar videoc\u00e1maras:Plazo m\u00e1ximo de un mes para conservar las im\u00e1genesObligaci\u00f3n de informar\u00a0a los afectados mediante el correspondiente cartel en el que debe indicarse:Existencia del tratamiento,Identidad del responsable yPosibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificaci\u00f3n, cancelaci\u00f3n, oposici\u00f3n, limitaci\u00f3n o portabilidad.Instrucci\u00f3n 1\/ 2006Regula la\u00a0captaci\u00f3n y el tratamiento de im\u00e1genes\u00a0mediante Videovigilancia.Los responsables que cuenten con sistemas de videovigilancia deber\u00e1n cumplir con el\u00a0deber de informaci\u00f3n\u00a0previsto en la LOPD. A tal fin deber\u00e1n colocar, en las zonas videovigiladas, al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados. Tiene que estar en un lugar visible y cumplimentado correctamente. Requisitos para la instalaci\u00f3n y uso de las c\u00e1maras de videovigilancia y Derechos de los usuariosEl nuevo Reglamento de Protecci\u00f3n de Datos aumenta los requisitos\u00a0para la instalaci\u00f3n y uso de las c\u00e1maras de videovigilancia y para el tratamiento de los datos que se obtengan con las mismas. Esto supone m\u00e1s derechos para los usuarios.Licitud y transparenciaLos datos e im\u00e1genes obtenidos con las c\u00e1maras deben ser tratados de forma l\u00edcita, leal y transparente. Esto supone que\u00a0el responsable del tratamiento ha de ser transparente en todo caso con la informaci\u00f3n acerca de sus intenciones de tratamiento de datos del usuario. Y no debe ocultar al mismo ninguna finalidad con la que vaya a tratar su informaci\u00f3n.Limitaci\u00f3nEl tratamiento de las im\u00e1genes debe limitarse a la finalidad para la que se han obtenido. En este caso es el mantenimiento de la seguridad ciudadana.Minimizaci\u00f3n de los datosEl uso de videoc\u00e1maras debe basarse en el principio de proporcionalidad, en su doble versi\u00f3n de idoneidad y de intervenci\u00f3n m\u00ednima. La intervenci\u00f3n m\u00ednima requiere el equilibrio entre la finalidad perseguida y el posible da\u00f1o al derecho al honor, a la propia imagen y a la intimidad de las personas. Adem\u00e1s, se establece la prohibici\u00f3n de grabar conversaciones o dem\u00e1s sonidos, excepto cuando concurra un riesgo concreto y preciso.Conservaci\u00f3n de los datosEl RGPD establece que plazo de conservaci\u00f3n de los datos personales ser\u00e1 solo el tiempo necesario para cumplir con los fines del tratamiento de esos datos. Nuestra normativa indica que \u00ablas grabaciones ser\u00e1n destruidas en el plazo m\u00e1ximo de un mes desde su captaci\u00f3n, salvo que est\u00e9n relacionadas con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad p\u00fablica, con una investigaci\u00f3n policial en curso o con un procedimiento judicial o administrativo abierto\u00ab.Integridad y seguridadLos datos personales obtenidos con las videoc\u00e1maras ser\u00e1n tratados de manera que se garantice su adecuada seguridad. Esto incluye la protecci\u00f3n contra el tratamiento no autorizado o il\u00edcito y contra su p\u00e9rdida, destrucci\u00f3n o da\u00f1o accidental, mediante la aplicaci\u00f3n de medidas t\u00e9cnicas u organizativas apropiadas. Las personas que, en desarrollo de sus funciones, tengan acceso a las grabaciones deber\u00e1n guardar la debida reserva, confidencialidad y sigilo en relaci\u00f3n con las mismas.Ficheros de videovigilanciaHasta la llegada del RPGD, todas las empresas o particulares que utilizasen c\u00e1maras de videovigilancia para grabar im\u00e1genes estaban obligados a inscribir en la AEPD un fichero denominado \u00abVideovigilancia\u00bb. En \u00e9l deb\u00edan figurar todas las licencias de las instalaciones de videoc\u00e1maras y las renovaciones. En esta inscripci\u00f3n ten\u00eda que incluirse:Datos del titular de la autorizaci\u00f3nFechaVigencia\u00c1mbito de grabaci\u00f3n y \u00f3rgano encargado de la custodiaInutilizaci\u00f3n o destrucci\u00f3n de las grabacionesCon la entrada en vigor del RGPD, ya no es necesario inscribir esos ficheros en la AEPD. El responsable del tratamiento debe realizar un Registro de actividades de tratamiento\u00a0que se realicen a trav\u00e9s de la videovigilancia.Y analizar los riesgos que conlleva ese tratamiento para adoptar las medidas de seguridad, t\u00e9cnicas y organizativas adecuadas para reducir o eliminar esos riesgos.Descarga aqu\u00ed los modelos para adaptar la videovigilancia a la LOPDLa videovigilancia seg\u00fan la AEPDLa Agencia Espa\u00f1ola de Protecci\u00f3n de Datos ha sacado una Gu\u00eda\u00a0 sobre el uso de videoc\u00e1maras para seguridad y otras finalidades. Puesto que el Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos (RGPD), es aplicable desde el 25 de mayo de 2018, el contenido de esta Gu\u00eda incluye aquellas cuestiones que afectan al tratamiento realizado mediante c\u00e1maras seg\u00fan lo dispuesto en esta norma. Consulta el reglamento para saber m\u00e1s sobre videovigilancia y APED.Sanci\u00f3n por incumplimiento de la LOPDVarios centros del Corte Ingl\u00e9s ya han sido sancionados por no cumplir la normativa de Protecci\u00f3n de Datos en materia de videovigilancia. En concreto, en el a\u00f1o 2011, un centro de M\u00e1laga fue sancionado con una multa de 60.000 \u20ac y en el a\u00f1o 2015, a otro centro de Las Palmas se le impone una sanci\u00f3n de 40.000 \u20ac.Aunque el proceso de alta y tramitaci\u00f3n para adaptarse a la LOPD pueda parecer f\u00e1cil, debemos tener en cuenta diferentes aspectos. En todos los casos el procedimiento comienza a partir de una\u00a0denuncia de particulares. La AEPD comprueba los hechos y detecta que existen varias c\u00e1maras que graban la v\u00eda p\u00fablica pudiendo captar veh\u00edculos y ciudadanos que se encuentren en la calle. La Agencia considera que esto\u00a0no es imprescindible\u00a0para la finalidad alcanzada.\u00a0Adem\u00e1s de que no resulta \u00abid\u00f3neo, adecuado ni proporcional\u00bb.Criterio de la AEPDLa Audiencia Nacional confirma\u00a0esta resoluci\u00f3n de la AEPD considerando que se produce \u00abun\u00a0tratamiento excesivo y desproporcionado\u00a0de las im\u00e1genes en correspondencia\u00a0con el \u00e1mbito y las finalidades que podr\u00edan justificar su recogida, toda vez que la seguridad solicitada\u00a0podr\u00eda obtenerse de igual manera a trav\u00e9s de\u00a0medios menos intrusivos para la intimidad de los afectados\u00bb.La AEPD estima\u00a0que \u201cLa instalaci\u00f3n de c\u00e1maras de videovigilancia\u00a0en espacios\u00a0p\u00fablicos, al igual que\u00a0la seguridad p\u00fablica, es competencia exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad\u00bb.En este caso el centro que se enfrenta a una sanci\u00f3n por este mismo motivo es el de Badajoz. Se trata de una infracci\u00f3n grave por lo que la multa puede ir desde los 40.000 \u20ac hasta los 300.000 \u20ac.La compa\u00f1\u00eda se defiende apuntando\u00a0que\u00a0ninguno de sus sistemas de videovigilancia\u00a0incumple ya la Ley de Protecci\u00f3n de Datos.\u00a0Se\u00f1alan que actualmente\u00a0la compa\u00f1\u00eda respeta el derecho de los ciudadanos y las c\u00e1maras solo enfocan la puerta. A\u00f1aden que no existe ninguna otra intenci\u00f3n m\u00e1s all\u00e1 de la seguridad y que ha habido otras denuncias en este sentido que no han salido adelante.\u00bfC\u00f3mo instalar c\u00e1maras de Videovigilancia con arreglo a la normativa?Si decides instalar un sistema de videovigilancia en tu empresa es recomendable seguir una serie de pasos que te indico a continuaci\u00f3n.Elige el sistema de videovigilancia a instalarDecide los lugares donde vas a instalar esas c\u00e1marasPon los carteles informativosVisualiza el v\u00eddeo de vigilancia en el monitorSistema de videovigilancia a instalarPara elegir el sistema de videovigilancia m\u00e1s confiable y adecuado para tu empresa, primero debes analizar tus necesidades especiales y tu presupuesto, ya que hay abundantes c\u00e1maras de seguridad, dvrs y kits de videovigilancia en el mercado.Resulta m\u00e1s costoso monitorizar cada esquina de la empresa por lo que debes dar prioridad a las \u00e1reas espec\u00edficas que deseas vigilar.Lugar de instalaci\u00f3nLas ubicaciones recomendadas para colocar c\u00e1maras de seguridad son caminos, puerta delantera \/ trasera, puerta de entrada lateral, ventanas de la calle, patio interior o garaje.\u00a0Debemos asegurarnos de que las ubicaciones identificadas no est\u00e9n bloqueadas. Tambi\u00e9n debemos tener en cuenta que existen determinadas zonas donde no se puede grabar.Adem\u00e1s, se deben incluir avisos para informar de que se trata de una zona de videovigilancia.Prohibici\u00f3n de grabar en zonas de descanso de la empresaLa nueva ley de Protecci\u00f3n de Datos, pendiente de aprobar en el Congreso, introduce expresamente la prohibici\u00f3n de instalar c\u00e1maras en zonas de ocio y descanso de los trabajadores. Por ejemplo, en comedores, salas de descanso, vestuarios y aseos.No obstante, el tratamiento de las im\u00e1genes obtenidas con esas c\u00e1maras solo podr\u00e1 realizarse para el ejercicio de las funciones de control por parte del empresario. Y siempre dentro del marco legal y los l\u00edmites inherentes a ese control.Por eso se establece la obligaci\u00f3n de informar a los trabajadores de forma expresa y concisa de la instalaci\u00f3n de c\u00e1maras de videovigilancia en el trabajo.Cartel informativoDebes poner un cartel en los lugares de instalaci\u00f3n de las videoc\u00e1maras y, en todo caso, en las entradas de la empresa. En este cartel debe aparecer la siguiente informaci\u00f3n:Datos del responsable del tratamiento. Debe indicarse\u00a0no solamente el nombre, direcci\u00f3n e identificaci\u00f3n fiscal del mismo, sino tambi\u00e9n en el caso que sea necesario, el nombre y contacto del Delegado de Protecci\u00f3n de datos (DPD).Ejercicio de derechos. Habr\u00e1 que indicar en este apartado:datos necesarios para que el usuario sepa como proceder para ejercer sus derechos, recogidos en el RGPD: acceso, rectificaci\u00f3n, cancelaci\u00f3n, oposici\u00f3n, portablidad y limitaci\u00f3n del tratamiento.canal a usar (por correo ordinario, certificado, email, presencialmente, etc) ydocumentaci\u00f3n necesaria para llevar a cabo este ejercicio de derecho.M\u00e1s informaci\u00f3n sobre el tratamiento.\u00a0En este apartado se detallar\u00e1ndatos necesarios sobre la legitimaci\u00f3n del tratamiento,personas interesadas,cesiones o comunicaciones de datos,periodos de retenci\u00f3n ytoda la informaci\u00f3n accesoria necesaria para el cumplimiento del deber de informar.Visualizaci\u00f3nEl \u00faltimo dispositivo que necesitas ahora es un monitor, sin importar si es un monitor de TV o una pantalla de ordenador.\u00a0Siempre que las c\u00e1maras est\u00e9n bien conectadas al DVR, puedes ver el video en el monitor.Modelos informativos Cartel informativo Videovigilancia Modelo de Cl\u00e1usula InformativaTendencias de videovigilancia para 2020Las principales predicciones de tendencias clave para la industria de la seguridad en 2020 incluyen soluciones de seguridad de extremo a extremo mejoradas por inteligencia artificial (IA), ciberseguridad, Informaci\u00f3n de datos basada en la nube, protecci\u00f3n de la privacidad y soluciones verticales especializadas.El avance en tecnolog\u00edas como AI, IoT y Cloud admitir\u00e1 nuevos casos de uso junto con dispositivos y soluciones existentes para satisfacer las necesidades de los clientes en varias verticales, expandiendo el horizonte de nuestra industria.Sin embargo, tambi\u00e9n debemos tener en cuenta la responsabilidad social y \u00e9tica relacionada con \u00e1reas como la ciberseguridad y la protecci\u00f3n de datos privados. El inter\u00e9s sostenido y la inversi\u00f3n en estas \u00e1reas deben considerarse como una obligaci\u00f3n para garantizar que nuestra industria contin\u00fae prosperando en medio de los r\u00e1pidos avances tecnol\u00f3gicos.Estas son las nuevas tendencias.Soluciones de seguridad de extremo a extremo de IAA medida que la IA se adopte ampliamente en todas las industrias, es probable que se incorpore ampliamente en la videovigilancia este a\u00f1o.La inteligencia artificial basada en bordes (que filtra y procesa los datos localmente en una c\u00e1mara) ser\u00e1 m\u00e1s universal y permitir\u00e1 la tecnolog\u00eda de inteligencia artificial de extremo a extremo.Actualmente, muchas c\u00e1maras de seguridad env\u00edan los datos que recopilan a los servidores para su an\u00e1lisis. Sin embargo, con la inteligencia artificial basada en el borde, la c\u00e1mara analiza los datos primero y luego los env\u00eda al servidor. Esto reduce la carga de transferir y almacenar grandes cantidades de datos a un servidor, lo que aumenta la eficiencia, ahorra tiempo y reduce los costes del servidor que generalmente se requieren para analizar datos.La seguridad cibern\u00e9ticaCon los dispositivos IoT cada vez m\u00e1s abundantes, la importancia de la ciberseguridad nunca ha sido tan grande.Los ciberataques realizados actualmente son m\u00e1s avanzados e inteligentes que nunca. Esto hace que implantar sistemas de seguridad resistentes a los mismos ya no sea una opci\u00f3n, sino una obligaci\u00f3n.Las ciudades inteligentes, las f\u00e1bricas, las instituciones financieras y los minoristas de hoy necesitan soluciones de videovigilancia escalables que est\u00e9n estrechamente interconectadas con otros dispositivos y redes, lo que hace que la importancia de la ciberseguridad sea primordial.Informaci\u00f3n de datos basada en la nubeEn 2025 habr\u00e1 alrededor de 175 zettabytes de datos en el mundo con gran parte de ellos almacenados en la nube y en los centros de datos de todo el mundo.Al mismo tiempo, las soluciones de videovigilancia ir\u00e1n mucho m\u00e1s all\u00e1 del funcionamiento como una simple herramienta de monitorizaci\u00f3n para convertirse en una ayuda indispensable para las organizaciones al proporcionar informaci\u00f3n \u00fatil que mejore las operaciones comerciales.La importancia de servidores accesibles basados \u200b\u200ben la nube que puedan almacenar y analizar f\u00e1cilmente los datos acumulados tambi\u00e9n aumentar\u00e1. M\u00e1s all\u00e1 de ser un repositorio de almacenamiento eficiente, los an\u00e1lisis sofisticados utilizar\u00e1n el procesamiento en la nube para analizar los datos almacenados y proporcionar informaci\u00f3n \u00fatil.Protecci\u00f3n de la privacidadJunto con la ciberseguridad, la protecci\u00f3n de los datos personales debe ser parte integral de la \u00e9tica empresarial de una empresa de videovigilancia.Los datos de v\u00eddeo recogidos con la finalidad de seguridad normalmente incluyen informaci\u00f3n privada. Por lo tanto, proteger los datos de vigilancia es imprescindible.En todo el mundo, se est\u00e1n introduciendo leyes de protecci\u00f3n de la privacidad, como el Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos (RGPD) en Europa y la Ley Federal de Gesti\u00f3n de Seguridad de la Informaci\u00f3n (FISMA) en EE. UU.La Ley de Privacidad del Consumidor de California (CCPA) tambi\u00e9n entr\u00f3 en vigor en enero. Estas leyes obligar\u00e1n a la industria de la videovigilancia a seguir las mejores pr\u00e1cticas de \u201cprivacidad por dise\u00f1o\u201d y renovar sus esfuerzos para proteger los datos personales del mal uso y abuso.Las organizaciones son cada vez m\u00e1s conscientes de los peligros de las infracciones de datos privados y se vuelven m\u00e1s exigentes al elegir productos y soluciones de seguridad.Soluciones Especializadas VerticalesLos mercados verticales en la industria de la seguridad requieren cada vez m\u00e1s dispositivos y soluciones m\u00e1s especializados para cumplir con sus requisitos \u00fanicos.Con el surgimiento de la cuarta revoluci\u00f3n industrial y el 5G, la presencia de verticales inteligentes ser\u00e1 m\u00e1s prominente, y las compa\u00f1\u00edas de videovigilancia deben estar preparadas para proporcionar soluciones para f\u00e1bricas, ciudades inteligentes, minoristas y empresas de transporte.Es un momento emocionante para ser parte del mercado de la seguridad, ya que en realidad apenas estamos comenzando a ver que, en lo que respecta a los avances tecnol\u00f3gicos, el cielo es el l\u00edmite.Yo dir\u00eda que el n\u00facleo de estas innovaciones es la recopilaci\u00f3n de datos de v\u00eddeo, y a medida que trabajamos para desarrollar tecnolog\u00edas que puedan aprovechar el poder de estas aplicaciones, continuaremos estando a la vanguardia de este movimiento hacia una mayor inteligencia y conocimientos comerciales.Preguntas frecuentes\u00bfCasos en los que se aplica la LOPD al tratamiento de im\u00e1genes y excepciones?Se aplicar\u00e1 esta normativa a los tratamientos de im\u00e1genes con la utilizaci\u00f3n\u00a0de c\u00e1maras,\u00a0videoc\u00e1maras o cualquier mecanismo\u00a0similar que capte y\/o registre im\u00e1genes, se produzcan grabaci\u00f3n de las mismas, se transfieran, se conserven o almacenen, incluso la reproducci\u00f3n y emisi\u00f3n en tiempo real, ya sea con fines de vigilancia u otros y que esas grabaciones afecten a datos de personas \u201cidentificadas\u201d e \u201cidentificables\u201c.Los requisitos que tienen que\u00a0cumplirse son:Que exista consentimiento del titular de los datos personales.S\u00f3lo una Ley puede exonerar\u00a0de ese consentimiento. Como es el caso de lo establecido\u00a0en el\u00a0Estatuto de los Trabajadores\u00a0sobre la Direcci\u00f3n y Control de la Actividad Laboral.No ser\u00e1 necesario\u00a0el consentimiento si\u00a0los datos de car\u00e1cter personal se recopilan\u00a0para el ejercicio de las actividades\u00a0propias de la\u00a0Administraci\u00f3n\u00a0P\u00fablica, en el \u00e1mbito de sus competencias. Tampoco se exigir\u00e1\u00a0el consentimiento cuando los datos de car\u00e1cter personal aluden\u00a0a las partes de un contrato o precontrato de una relaci\u00f3n laboral o administrativa y son obligatorios\u00a0para su mantenimiento y cumplimiento.Se establecen tambi\u00e9n otra serie de excepciones al consentimiento como:cesi\u00f3n est\u00e9 autorizada por ley,se refiera a\u00a0datos recolectados\u00a0de fuentes accesibles al p\u00fablico,si la comunicaci\u00f3n se realiza al Defensor del Pueblo, al Ministerio Fiscal, Jueces o Tribunales en el desarrollo\u00a0de sus competencias\u00a0osi lo determinan\u00a0las Administraciones P\u00fablicas.Casos en los que no se aplica la LOPDNo se aplicar\u00e1 en el \u00e1mbito personal y dom\u00e9stico. Consider\u00e1ndose\u00a0como tal el realizado por persona f\u00edsica en el \u00e1mbito de una actividad privada o familiar.Tampoco al tratamiento de datos realizado por los medios de comunicaci\u00f3n, en el ejercicio de sus derechos.\u00bfC\u00f3mo se deben captar y tratar las im\u00e1genes?Los requisitos que deben cumplirse\u00a0a la hora de recoger, acumular, reproducir o cancelar las im\u00e1genes son:Principio de Proporcionalidad entre la finalidad\u00a0perseguida y la manera\u00a0de tratar los datos.Deber de informar adecuadamente de la grabaci\u00f3n de im\u00e1genes.Las c\u00e1maras de videovigilancia solo se usar\u00e1n cuando no existan otros medios menos invasivos.Las c\u00e1maras de videovigilancia que se instalen\u00a0en espacios \u201cprivados\u201d, no podr\u00e1n grabar\u00a0im\u00e1genes de espacios \u201cp\u00fablicos\u201d.Podr\u00e1n captarse\u00a0\u201cim\u00e1genes parciales\u201d y \u201climitadas\u201d de v\u00edas p\u00fablicas cuando sea\u00a0imprescindible para el fin\u00a0de vigilancia que se persigue.El sistema de v\u00eddeovigilancia deber\u00e1 respetar\u00a0los \u201cderechos de las personas\u201d y el resto de la normativa vigente. No se podr\u00e1n captar im\u00e1genes de:interiores de viviendas cercanasba\u00f1os, aseos o espacios f\u00edsicos distintos\u00a0al espec\u00edficamente protegido por la instalaci\u00f3n.Las im\u00e1genes se conservar\u00e1n por tiempo indispensable\u00a0para satisfacer\u00a0la finalidad para la que se recabaron.\u00bfLas c\u00e1maras de videovigilancia deben ser gestionadas por empresas autorizadas?No es obligatorio en todos los casos.S\u00ed es obligatorio cuando el personal encargado de la gesti\u00f3n intervenga activamente en relaci\u00f3n con las personas sujetas a la videovigilancia. Por ejemplo, cuando la funci\u00f3n sea:Pedir documentos de identificaci\u00f3n a las personas,Supervisar controles de metales,Recoger y custodiar efectos de las personas, oGestionar una central de recepci\u00f3n de alarmas.La gesti\u00f3n puede realizarse por personal propio de la empresa cuando el objeto principal de las videoc\u00e1maras sea:Mantenimiento del estado de instalaciones o bienes,Control de accesos\u201d a apartamentos y garajes, yActividades que en ellos se desarrollan.\u00bfEs necesario el consentimiento de las personas para captar sus im\u00e1genes?No. El consentimiento es s\u00f3lo una entre varias opciones.Desde el punto de vista de la Protecci\u00f3n de datos, cualquier organizaci\u00f3n que utilice videoc\u00e1maras de vigilancia, necesita una base leg\u00edtima que puede ser:ConsentimientoContratoObligaci\u00f3n legalInter\u00e9s vitalUtilidad p\u00fablicaInter\u00e9s leg\u00edtimo del responsableEl RGPD da a elegir entre cualquiera de las seis, sin preferir ninguna sobre las dem\u00e1s.\u00bfPueden las empresas instalar videoc\u00e1maras para control laboral?S\u00ed, pueden instalarlas en base al Estatuto de los trabajadores.La empresa puede adoptar las medidas que estime m\u00e1s oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, siempre que re\u00fanan las siguientes condiciones:Que sean medidas proporcionadas y guarden la consideraci\u00f3n debida a la dignidad de los trabajadores.Que su \u00fanica finalidad sea vigilar que cumplen con sus obligaciones laborales.Debe informar a los trabajadores de esa instalaci\u00f3n mediante la colocaci\u00f3n de un distintivo en un lugar visible del centro de trabajo.Aqu\u00ed tiene un modelo de comunicaci\u00f3n a los trabajadores por la instalaci\u00f3n de c\u00e1maras.\u00bfPueden las c\u00e1maras grabar sonido?La normativa sobre c\u00e1maras de seguridad tambi\u00e9n limita la grabaci\u00f3n de sonidos, ya que solo se admitir\u00e1 cuando resulten relevantes los riesgos para la seguridad de las instalaciones, bienes y personas derivados de la actividad que se desarrolle en el centro de trabajo.Y siempre respetando el principio de proporcionalidad, el de intervenci\u00f3n m\u00ednima y las garant\u00edas previstas. \u00bfNecesitas cumplir el RGPD? Solicita varios presupuestos Entradas relacionadas\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\tC\u00e1maras de vigilancia falsas \u00bfes legal?\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t\t"},{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BreadcrumbList","itemListElement":[{"@type":"ListItem","position":1,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/#breadcrumbitem","name":"Ayuda Ley Protecci\u00f3n Datos"}},{"@type":"ListItem","position":2,"item":{"@id":"https:\/\/ayudaleyprotecciondatos.es\/2016\/08\/16\/todo-sobre-videovigilancia-y-lopd\/#breadcrumbitem","name":"Todo sobre la Ley de videovigilancia (LOPD, 4\/1997, RGPD, 1\/2006)"}}]}]