Hubo un tiempo en el que lo único que podías hacer con el móvil era hablar.

Pero ahora puedes hacer fotografías, vídeos y hablar. Pero ya no hablas con otra persona sino con tu móvil.

Y, por supuesto, conectarte a Internet y a las redes sociales.

Vamos, una locura.

Lo que importa es publicar la mejor fotografía en Facebook o tener el mejor vídeo para subirlo a Youtube.

Y no nos damos cuenta del riesgo que supone publicar imágenes sin tener el consentimiento de su titular.

Si quieres conocer las consecuencias no te pierdas este post.

¿Dónde se regulan los derechos sobre nuestra imagen?

El derecho a la propia imagen es un derecho que complementa el derecho a la intimidad y se encuentra regulado en varias normativas.

Constitución

El artículo 18 de nuestra Constitución regula el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. Y lo configura como un derecho personalísimo que faculta a su titular a impedir la obtención, reproducción o publicación de la propia imagen por parte de un tercero no autorizado, independientemente del fin perseguido por quien la capta o difunde (informativa, comercial, científica, cultural, etc.).

Ley Orgánica 1/1982

Esta ley desarrolla el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen regulado en la Constitución.

Se considera intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen captar, reproducir o publicar por fotografía, video o cualquier otro procedimiento, la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o incluso fuera de ella sin su permiso.

RGPD

En el nuevo Reglamento de Protección de Datos se considera la imagen y la voz como un dato de carácter personal y sujeto, por tanto, a protección. Para poder tratar cualquier dato personal se exige un consentimiento expreso por parte de su titular, por lo que, para tratar (publicar) las fotografías o vídeos de una persona, necesitamos su consentimiento.

Código penal

El artículo 197 regula el delito de revelación y descubrimiento de secretos y establece: «El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apropie de sus papeles, mensajes de correo electrónico, cartas o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o use mecanismos técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.»

¿A quién afecta este derecho?

El derecho a la propia imagen, como derecho fundamental, afecta a cualquier persona física.

En primer lugar debemos tener claro que nadie puede tomar una foto nuestra, aunque estemos en un lugar público, y difundirla. Cualquier imagen de un tercero tomada sin permiso podría considerarse como una intromisión ilegítima en su intimidad.

Así que no olvides que si quieres utilizar una foto en la que aparece otra persona, deberá darte permiso primero.

 

 

Publicación de fotos en Facebook

Por diversos motivos. ¡A quién no le han etiquetado en una fotografía en la que no salía demasiado favorecido! Y es que una cosa es que accedas a salir en una fotografía y otra muy distinta que autorices la publicación de esa fotografía en las redes sociales.

Debemos tener muy claro que no podemos publicar ninguna fotografía sin el consentimiento del titular.

Y tampoco podemos coger una foto que una persona haya publicado en Facebook y publicarla en otro lugar. Debes para ello solicitar consentimiento expreso al titular de la fotografía y, en caso de denuncia, tienes que poder demostrar que otorgó ese consentimiento.

Facebook en sus condiciones legales te invita a controlar el contenido de lo que publicas a través de los ajustes de la privacidad y la configuración de las aplicaciones. Respecto a los derechos de autor de las fotografías que publicas, le concedes una amplia licencia no exclusiva, sin retribución económica, para utilizarlas. Esta licencia se termina cuando borras la fotografía o eliminas tu cuenta, siempre que no se haya compartido por otros usuarios y estos no la hayan eliminado.

¿Qué puedo hacer?

Según el Reglamento General de Protección de Datos, tienes derecho a acceder a tus datos, rectificarlos y suprimirlos, así como a obtener su portabilidad. Puedes obtener más información sobre estos derechos y sobre cómo puedes ejercerlos en la configuración de Facebook. En la política de Protección de Datos de Facebook se explica qué pasos debes seguir para denunciar el uso de esa imagen en la plataforma.

Además, tienes derecho a oponerte al tratamiento de tus datos y a restringir el alcance de ese tratamiento.

Estas opciones incluyen el derecho a oponerte al tratamiento de tus datos:

  • para finalidades de marketing directo. Puedes ejercer este derecho mediante el enlace “Cancelar suscripción” que figura en las comunicaciones de marketing.
  • Cuando se realicen actuaciones basadas en interés público o intereses legítimos de Facebook o de un tercero.

Al solicitar a Facebook que elimine una fotografía la eliminará del sitio pero seguirá manteniéndola en sus servidores.

El ¿nuevo? derecho al olvido

El RGPD regula este derecho al olvido como el derecho a impedir la difusión de información personal a través de Internet cuando su publicación no cumple los requisitos de adecuación y pertinencia previstos en la normativa.

¿Cómo ejercerlo?

Para ejercer el derecho a la supresión de los datos personales seguir estos pasos:

  1. Dirigirte a la entidad que está tratando esos datos para que los elimine.
  2. Acudir a los buscadores para que eliminen aquellos enlaces en los que se encuentra la información que se quiere eliminar. Los buscadores más importantes han establecido sus propios formularios (Google, Bing o Yahoo ) para recibir las peticiones de ejercicio de este derecho en este ámbito.
  3. Interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, si la entidad no responde a la petición realizada o el ciudadano considera que la respuesta que recibe no es la adecuada. La Agencia determinará si la estima o no, según las circunstancias de cada caso. Esta decisión de la Agencia puede recurrirse ante los Tribunales.

Publicación de vídeos en YouTube

Es suficiente con que se enfoque directamente a alguien y las imágenes se publiquen sin su consentimiento.

Aunque se suele creer lo contrario, da igual que esté en un espacio público: si forma parte del contenido, es necesario que esté de acuerdo.

De lo contrario, supondrá una violación del derecho a la propia imagen de la persona.

¿Qué puedo hacer?

En el caso de que se haya publicado tu información personal o subido un vídeo en el que apareces sin tu consentimiento, empieza por ponerte en contacto con el usuario que ha subido el vídeo y pedirle que lo elimine.

Si no lo hace, YouTube ofrece la posibilidad de solicitar la comprobación o eliminación de un determinado contenido. Para ello debes seguir unos pasos:

  • Iniciar sesión en la cuenta de YouTube o de Googe,
  • ir al vídeo en concreto que se quiere denunciar,
  • abrir el vídeo,
  • desde la parte inferior pulsar sobre la opción Más que está representada con tres puntos en línea,
  • elegir la opción de Denunciar, que desplegará una serie de opciones a elegir como motivo por el cual se quiere denunciar o bloquear el vídeo,
  • seleccionar la opción de Infracción de mis derechos,
  • pulsar sobre la opción de Infracción de la privacidad,
  • pulsar sobre el botón que se encuentra debajo a la derecha de Enviar y
  • esperar a que YouTube confirme su eliminación posteriormente.

También puedes ponerte en contacto con la plataforma YouTube en la dirección y teléfono que aparecen en su página web.

¿Y si en el vídeo aparecen menores?

En caso de que en el vídeo aparezcan menores de 13 años, se debe contar con el consentimiento o la autorización de ambos padres ya que ambos son titulares por igual de la patria potestad sobre dicho menor. Si no se cuenta con dicho consentimiento lo más prudente es retirar el vídeo en cuestión de YouTube. Porque si esto no se hace, uno se expone a la consiguiente denuncia por posible vulneración tanto de la Ley de Protección de Datos como de la Ley de Protección Jurídica del Menor y también de la Ley sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, derecho el anterior que además, goza de protección constitucional específica.

Cabe destacar que un vídeo de un menor fumando, bebiendo o borracho no se debe publicar bajo ningún concepto aunque dicha publicación contara con la autorización de ambos progenitores. Se trataría de un claro y evidente perjuicio para su imagen y ante lo que podría incluso intervenir la Fiscalía de Menores, instando su retirada e incluso adoptando medidas contra los padres que consintieron esa publicación.

Los presupuestos que deben concurrir para apreciar la existencia de intromisión ilegítima son, por tanto:

  • utilización de la imagen del menor en un medio de comunicación;
  • ese uso de la imagen responda a fines publicitarios, comerciales o de similar naturaleza;
  • inexistencia de consentimiento para la publicación y
  • la publicación de la imagen pueda comportar menoscabo de la honra o reputación del menor o sea contraria a sus intereses.

¿Qué pasa con los famosos?

Una de las excepciones que contempla la ley a la necesidad de consentimiento para publicar fotografías o vídeos es que la persona sea pública. Por tanto, solo permite dos supuestos para poder sacar fotos o vídeos de alguien sin su consentimiento, «si se trata de una persona pública en un acto o lugar público o si el material gráfico tiene fines informativos y es considerado de interés público».

Hay un interés en saber qué hacen, cómo se comportan o cómo visten las personas famosas, los políticos, los actores, los artistas, etc. Y ese interés que generan no es equivalente al que generan las personas que no están expuestas continuamente a la luz pública. Pero ese interés general, para que nos permita realizar esas publicaciones sin consentimiento, no debe ser interés del público sino interés público. No es un juego de palabras sin importancia: el primero equivale al cotilleo y no se puede alegar para invadir la vida privada de una persona.

De todo esto podemos deducir que, si el personaje público está realizando sus actividades laborales, las imágenes que se obtengan en esos momentos podrán ser publicadas en los medios para ilustrar lo ocurrido. El problema surge cuando en algunos programas de televisión se muestran aspectos de la vida privada de famosos y por ese tema existen varias denuncias ante los Tribunales.

Ejemplos de denuncias

Una de las muchas denuncias por este motivo es la de Carolina de Mónaco. Esta interpuso una demanda contra una revista que publicó fotografías de la princesa junto a su marido en unas vacaciones en Kenia. El Tribunal europeo de Derechos Humanos dictaminó que no se infringe el derecho a la propia imagen ya que debe tenerse en cuenta, entre otras cosas,

  • colaboración a un debate de interés general,
  • fama de las personas afectadas y
  • las circunstancias en las que se hicieron las fotos y el contenido de estas.

Otra conocida sentencia es la que da la razón a Carmina Ordóñez que denuncia a la revista Interviú por publicar unas imágenes en las que aparece en topless tomando el sol en la piscina del hotel en el que se alojaba en Tánger. En ese caso el Tribunal Supremo determinó que “las piscinas de los hoteles son lugares de acceso restringido a los clientes alojados en los mismos o que paguen por disfrutarlas, y ello comporta que la persona de notoriedad o proyección pública no tenga que soportar la captación de su imagen”.

Excepciones a la necesidad de consentimiento

Se considera intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen captar, reproducir o publicar por fotografía, video o cualquier otro procedimiento, la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada o incluso fuera de ella sin su permiso.

Existen una serie de excepciones:

  • Cuando se realizan en actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la ley,
  • exista un interés histórico, científico o cultural relevante,
  • persona que tiene un cargo público o de prestigio y la imagen se obtiene en un acto público o lugares abiertos al público,
  • caricaturas de esas personas de acuerdo con el uso social,
  • información gráfica sobre un suceso o acontecimiento público y la imagen de una persona aparece como meramente accesoria.

Como ves, hay una serie de casos para los que no necesitarás el consentimiento de las personas cuyas fotos o vídeos quieres publicar, pero ten en cuenta que, fuera de esos supuestos, debes cumplir con todas las obligaciones que se exijan para un correcto tratamiento.

Además, en los casos en los que no es necesario un consentimiento expreso, el afectado puede llegar a oponerse a esa publicación. Para ello, debe probar que tiene motivos justificados y totalmente legítimos, afectando a una situación personal concreta. Ante tal solicitud, debes excluir el tratamiento de los datos de la persona que así lo ha solicitado.

¿Puedo denunciar si publican fotos o vídeos míos sin consentimiento?

Sí, es posible denunciar.

Si no consigues que se retire la imagen, la medida más eficaz es denunciarlo a la policía, al Grupo de delitos telemáticos o a la Brigada de Investigación Tecnológica.

Respecto al castigo que le puede caer, al ser la fotografía considerada un dato personal exigiendo el consentimiento expreso para su tratamiento y, al publicarse en Internet, se podría considerar como una injuria con el agravante de publicidad. Las acciones judiciales que existen conllevarían penas de hacer (más bien cesar en la publicación) y multas económicas.

Si se trata de una fotografía de desnudo y en situación comprometida, estaríamos ante un delito de revelación de secretos, que conlleva penas de prisión de entre 2 y 5 años.

¿Puedo pedir indemnización?

, puede solicitarse una indemnización.

La valoración económica se hará en función de lo que solicite el afectado y de lo que acepte el juez. La Ley dice que la indemnización incluirá el daño moral, que se valorará atendiendo a las circunstancias del caso y a la gravedad de la lesión efectivamente producida, para ello se considerará la difusión o audiencia del medio a través del que se haya producido.

Se calculará también el beneficio que haya obtenido el causante de la lesión como consecuencia de la misma.

¿Cómo afecta el RGPD a las redes sociales?

La entrada en vigor del nuevo Reglamento de Protección de Datos en Europa implica un punto de inflexión respecto al tratamiento que las redes sociales hacen de nuestros datos personales. No solo no podrán mostrarnos casillas premarcadas cuando tengamos que dar nuestro consentimiento, sino que tendrán que desglosarlo “todo, todo y todo”.

Los principales cambios son:

  • Deben informarnos de qué datos se usan, cómo, para qué y quién los está utilizando.
  • El lenguaje ha de ser comprensible y no puede dejar lugar a dudas. Si además se implica a menores, deberá estar adaptado a ellos.
  • Los términos de uso y el tratamiento de datos se separan. Ya no pueden estar juntos cuando nos demos de alta en un nuevo servicio.
  • Se prohíben los consentimientos tácitos para recibir publicidad, comunicaciones comerciales o para ceder nuestros datos.
  • Las empresas tienen la obligación de notificar, en un plazo máximo de 72 horas, si han sufrido algún incidente de seguridad. Y no solo al usuario afectado, sino también a las autoridades de control.
  • Podemos solicitar y conseguir que nuestros datos sean eliminados cuando ya no sean necesarios para la finalidad para la que los cedimos o cuando los hayan recopilado de forma ilícita.
  • Tenemos derecho a la portabilidad de nuestros datos si están siendo utilizados de forma automática. Además, podemos recuperarlos y facilitárselos a otro responsable si queremos.

Consejos para un uso seguro de las redes sociales

Te recomiendo seguir estos consejos para intentar proteger tu privacidad en las redes sociales:

  • Configura tu perfil con el mayor grado de privacidad. Lo mejor es facilitar la información imprescindible.
  • Lee la política de privacidad y el aviso legal. Debes saber a quién facilitas tus datos y si puedes reclamar.
  • No agregues usuarios de forma compulsiva. Si no lo conoces no lo aceptes.
  • Comprueba que, efectivamente, ese conocido que quiere ser tu amigo sea la persona que conoces y no otra suplantando su identidad.
  • Evita añadir a gente totalmente desconocida simplemente por el hecho de conocer a gente en común. En muchos casos aquello de “los amigos de mis amigos, son mis amigos”; no nos vale.
  • Restringir el acceso a fotos personales. Y menos en compañía de terceras personas sin haberlas avisado o con menores. Y menos comprometidas.
  • Ante cualquier anomalía (por ejemplo, la publicación de una foto sin nuestro consentimiento), debemos informar a los moderadores.

¿Alguna vez habías pensado en tus derechos de imagen en Internet?

¿Han publicado alguna foto o vídeo tuyo sin consentimiento? Espero tus comentarios.

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Las siguientes reglas del RGPD deben leerse y aceptarse:
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  1. Un perfil falso de Facebook (Troll) cuyo personaje real sé quién es, un ex, cogió de mi Facebook una foto, la publicó en el Facebook Troll con mi nombre y apellidos, además de decir que yo era la misma persona que otro perfil que ofrecía sexo en él, y por supuesto no soy yo.

      1. UMM hola cómo hago para que facebook me ayude a borrar una fotos que no son mías y están redes sociales gracias y como puedo denunciar ala persona

          1. Una persona conocida tiene en su poder un video mío comprometedor cual puede dañar mi imagen,la persona me esta amenazando que lo va a publicar, no se que hacer no tengo pruebas de que esta en su poder el video solo se que lo tiene.

      2. Deben censurar todo tipo de vídeos pornográfico ya que muchas veces somos abusadas sexualmente para este tipo de prácticas y sometidas a estafas , sean de dinero o prostitución.

        1. Buenas tardes María, si hay algún vídeo tuyo de carácter sexual o estás siendo estafada, ponte en contacto con la AEPD.

      3. Hola buenos días, tenía una pregunta y es sobre la RETENCIÓN de imágen. Si una persona tiene fotos en dónde otra persona aparece físicamente y consentió la toma de esas fotos en el momento, pero ahora la primer persona tiene en retención esas fotos y la segunda no tiene acceso siendo que es su propia imágen ¿hay alguna ley que regule eso?

        1. Buenas tardes Bárbara, la persona sí puede tener las fotografías de la otra pero si esas fotos se publican o difunden a terceros, puede solicitar que se eliminen

        2. Hola , la ex de mi ex marido subió una foto de mi hijo al facebook con tan solo quince días de nacido eso me tiene mal , por qué no yo que soy su mamá lo he subido, porque los niños son muy delicados, puedo proceder legalmente sobre esa mujer.

          1. Buenas tardes, puedes pedirle que elimine esa foto y, si no lo hace, denunciar ante la AEPD.

      4. Hola cómo puedo hacer ya que me robaron fotos personales y han sido publicadas y a parte me tomaron foto sin mi consentimiento como se puede hacer para que las borren ya que me ciento observada y perseguida por diferentes personas de mi localidad y me da miedo que me puedan a rentar contra mi vida terceras personas

  2. Ayer, fecha 6 de mayo 2019, me sacaron un hombre me sacò una foto, sin mi consentimiento, se negò borrarla cuando se lo pedì y me amenazò que hablaria con mis jefes para que me pusieran «bien fina», dicho esto se largò. y publicò una resena en google agregandole la foto.
    No estoy encontrando donde dirigirme para que google la quite.

    1. Hola quiero saber como puedo hacer para poner una denuncia en caso q publicarán fotos y videos de mi q son comprometedores y q lo van aser sin mi consentimiento

  3. Hola, tengo un estudio fotográfico, en alguna ofertas Low Cost, especificamos lo siguiente:

    Quiero que no se usen nuestras fotos. ¿donde está eso de los derechos de imágen?

    1º Se encuentra en las condiciones del cupón. Al compralo acepta las condiciones del mismo.
    2º Cuando se puso en contacto con nosotros, se explica de nuevo en un formulario que el cliente rellena y autoriza. También le damos la oportunidad si no está de acuerdo de devolver a Groupon la compra hecha.

    3º Cuando le enviamos la cita, se le explica que es una sesión que nos permite usar la imágenes, y donde le preguntamos si está de acuerdo.

    4º Antes de la sesión de fotos usted firma un documento, que normamente el fotógrafo le explica, aunque el mismo contrato le pide que lo lea en letras grandes. Donde especifica cada uno de los términos.

    Por lo que si usted después de autorizar 4 veces desea que no usemos sus imágenes, deberá pagar una cantidad económica.
    Siendo de 100€ tal como aparece en el contrato que usted tiene.
    ——
    Aún así, ¿puede el cliente exigirme sin pagar nada que quite sus fotos de nuestras redes sociales o nuestra web?

    1. Buenos días Fran, Sí, el cliente tiene derecho en todo momento a solicitar la retirada de sus imágenes de forma gratuita. Aunque haya dado su consentimiento para que esas fotografías se usen o publiquen, puede retirarlo en cualquier momento y sin ningún coste. El hecho de cobrar una cantidad por retirar las imágenes puede denunciarse ante la AEPD por incumplimiento de la normativa de protección de datos.

      1. Otra vez una pregunta en este sentido: La ley en Mexico dice: » El retrato de una persona sólo puede ser usado o publicado, con su consentimiento expreso, o bien con el de sus representantes o los titulares de los derechos correspondientes. La autorización de usar o publicar el retrato podrá revocarse por quien la otorgó quién, en su caso, responderá por los daños y perjuicios que pudiera ocasionar dicha revocación.» (http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/122_010720.pdf)
        La ley de ustedes es mucho mas restrictiva ¿Cual aplica si las imagenes son mundiales?

  4. Han intentado entrar en un local y la han pillado infraganti, viendo que se iba le ha sacado fotos para denunciarla, la ha colgado en un grupo de Whatsapp y alguien ha filtrado la foto, encima lo ha denunciado y el a ella por intento de allanamiento…….¿Que le puede pasar a mi amigo por haber hecho la foto? Gracias.

    1. Buenos días Miguel, no se pueden publicar fotografías sin el consentimiento del titular por lo que esa persona puede denunciar que tu amigo ha incumplido la normativa de protección de datos ante la AEPD.

  5. Un saludo.
    Te escribo porque un compañero me dicho que podría tener un problema o me podría ocasionar un disgusto si no tengo en mi poder persmisos o autorizaciones por escrito. Te explico.
    Tengo un blog donde últimamente hago retratos, los hago por mi cuenta, para practicar, con ello me refiero que busco fotos que me puedan servir para hacer este tipo de dibujos, ya que trato de adquirir la practica suficiente para lograr que mis dibujos se parezcan a la persona retratada. Suelo coger fotos de mis contactos, amigos y conocidos, porque para mi es un reto como si fueran las personas de la calle que me piden un retrato, pero no me veo con esa capacidad aún, y como no puedo disponer de fotos familiares, porque mi familia es bien pequeña, busco a traves de internet. Un profesor me dijo que si el dibujo se parecía de forma significativa a la persona retratada tenía que pedirle permiso para poder publicarla en mi blog así como en mis redes sociales. Yo he pedido permiso de forma verdal, nunca se me pasó que tendría que constatarlo por escrito. Pero cuando publico, nunca he echo referencia a los nombres reales, me invento algo, pero, este compañero me ha dejado preocupada en ese sentido, pues, a lo mejor , tendría que eliminar esos retratos del blog por no poder conseguir un permiso de autorización. Me gustaría saber que tipo de documento necesito para hacer ésta gestión y si existe algún método a través de internet

  6. Hola,
    Tengo una duda, resulta que hace unos años les hice una serie de fotografias a mi ex-pareja para ella subirlas a su instagram y así yo poder practicar como fotografo. Resulta que esas fotografías decidí subirlas a mi web para ampliar mi portfolio y enseñar trabajos cómo fotógrafo, pero hace unos días mi ex-pareja las vio y me amenazó diciéndome que borrara esas fotografias o tendría consecuencias legales. Resulta que esas mismas fotografías las tiene ella en su propia cuenta de instagram, yo, no obstante, decidí borrarlas, mi pregunta es la siguiente ¿tengo que borrar esas fotos de mi web a pesar de que mi expareja me dio su consentimiento para hacerle esas fotos cuando me llevaba bien con ella e incluso fue ella la que me pidió que le hiciera esa sesión de fotos, quedando registrado en conversaciones de whatspp? O ¿puedo dejarlas subidas en la web sin ningún problema?… tengo algún tipo de amparo legal al respecto de que pueda denunciarla por usar fotos realizadas por mi y reclamar mis derechos como autor de esas fotos?

    1. Buenos días Oliver, si te ha pedido eliminar las fotos de la página web debes hacerlo. Aunque en un principio te haya dado su consentimiento, este puede revocarse en cualquier momento y los derechos de autor no son aplicables frente a la normativa de protección de datos. Si las fotografías son de personas físicas, prevalece su derecho a la protección de datos, por lo que puede denunciarte ella a ti si no retiras las fotos.

  7. Buenas.
    Trabajo en un hospital y en una ambulancia, y en ocasiones nos sacan fotos sin nuestro consentimiento, y las publican en los periódicos o en las redes sociales, sin emborronar las caras y en ocasiones con comentarios desagradables hacia nosotros. A veces las fotos son el lugares públicos, pero seguimos sin dar nuestro consentimiento.
    ¿ Podría llegar a denunciarlo??
    Y otra pregunta, si mi propia empresa, publica fotos o vídeos en los que sale mi cara, sin que yo firme la aceptación a la publicación de mi imagen ¿ Podría llegar a denunciarlos a ellos también?
    No me gusta que me saquen fotos y mucho menos que las publiquen, y lo veo como una invasión de mi privacidad, ya sea en la vida privada como en la laboral.

    1. Buenos días Emily, para publicar fotografías de personas es necesario el consentimiento expreso de esa persona, salvo que se trate de una noticia publicada en un medio de comunicación donde pueda prevalecer el derecho a la información. La empresa debe solicitarte también tu consentimiento para publicar esas imágenes. Eso puedes denunciarlo ante la AEPD, te dejo el modelo de denuncia: https://ayudaleyprotecciondatos.es/modelo-denuncia-ante-aepd/

  8. ¿Que pasa cuando se hace tratamiento de datos personales generando una base de datos partiendo de una foto inconsentida?………… por ejemplo te cojen el DNI y te sacan una foto o fotocopia

    1. Buenos días Manuel, ese caso es una infracción de la normativa de Protección de datos y puede denunciarse ante la AEPD.

  9. Buenos días, me gustaría saber si es legal que una empresa utilice imágenes de un programa de televisión para realizar un anuncio publicitario propio, sin conocimiento ni autorización de la persona que sale en dicho vídeo, obteniendo de tal vídeo repercusión, fama y aumentando su número de ventas.

    Gracias.

    1. Buenos días Rubén, esa empresa debe pedir autorización para poder utilizar la imagen de esa persona. Si no tiene su consentimiento es posible denunciar ante la AEPD.

  10. Han publicado en un periódico una foto de mis hijos (5 y 7 años) participando en un mercado medieval. En ningún momento nos han pedido permiso a los padres.
    ¿Qué podemos hacer? Porque al ser un periódico y no Internet, la foto ya no se puede borrar.

  11. Hola,
    Tengo una amiga que tiene su Instagram abierto con fotos suyas. Encima es periodista, y sale en TV.
    Alguna vez, conversando me ha comentado que ha visto en foros, alguna de esas fotos suyas de Instagram o de las que salen en Google (por su actividad) y no sabe si eso es legal o no.
    Claro, yo le he dado mi opinión pero no sé si es la correcta, y buscando en Internet he llegado aquí
    ¿Eso es legal? Gracias

  12. He estado varios meses inflitrado en una secta española filmando vídeos/entrevistas de escondidas para un uso periodístico e informativo para un reportaje de difusión online. Me pregunto cómo tengo que tratar dichas imágenes para no incurrir en ningún tipo de delito (pixelar todas las caras, etc.)
    Gracias.

    1. Buenos días Pedro, como no tienes el consentimiento de esas personas para publicar sus imágenes debes pixelar su cara para que no puedan ser reconocidos.

  13. Buenas noches! El año pasado una amiga que trabaja en informativos de Telecinco me pidió si podía venir a casa para cubrir un espacio en el informativo de cómo lidiar con hijos en vacaciones mientras los padres trabajan,yo acepté y nos grabaron en casa hasta ahí todo perfecto,pero es que hoy,casi un año después ha salido una noticia de que una madre ha matado a su hijo y han utilizado mi imagen para un programa de Telecinco que se llama ya es mediodía! Me he enterado porque familiares y amigos me han empezado a llamar muy preocupados,imagínate…en estos casos como debo proceder?

    1. Buenos días Raquel, en ese caso debe revisar el consentimiento incial que firmó con la cadena para comprobar la autorización dada para publicar esas imágenes.

  14. Buenas tardes
    hace un año me contacto una amiga periodista de la cadena t5 porque necesitaba relizar un viseo para informativos sobre comolidiar la vida laboral en verano y los hijos. Accedi y vino a casa a grabar como era nuestro dia a dia.hasta ahi todo genial,pero cual mi sorpresa que ayer vi en un programa de la misma cadena que se emite por las mañanas veo una noticia de un parricidio y sale una imagen mia del reportaje que menciono anteriormente. Yo no tengonada en absoluto que ver con esa noticia y han utilizado mi imagen para esa noticia,mis familiares lo vieron y a mi madre casi le da un colapso.¿Debo demandar y pedir indenimzacion?

  15. Buenos días:
    Me gustaría preguntaros qué responsabilidades penales y qué derechos se vulneran cuando menores hacen fotos o vídeos de un o una docente y o bien lo publican en redes sociales o lo comparten por WhatsApp. En el caso de los centros públicos, ¿se consideran los y las profesoras personaje público? ¿Podéis ayudarme por favor a entender qué implicaciones legales tiene? Muchas gracias. Un gran artículo

  16. Buenas tardes, a ver si podéis ayudarme con esta duda.
    Mi hermana fue hace 2 años a un festival de patinaje y en el ticket ponía en letra pequeña que al comprarlo aceptabas ceder tu derecho de imagen y el uso para cualquier cosa que quisiera hacer esa empresa con las fotos o videos que se hicieran allí.
    Este año se repite el festival Skate Love en Barcelona y se están anunciando en facebook, en su pagina oficial, e incluso en la web Carnetjove.cat utilizando una foto de sus patines carnetjove.cat/ca/propostes/skate-love-barcelona aquí se ven perfectamente sus patines en la tercera foto que aparece en el anuncio. Y lo que es peor en alguna página en que utilizan la foto aparece un sello que pone «Moda Roller» como si ya estuvieran apropiandose de su idea.
    Ella les ha dicho que retiren la foto pero le han contestado friamemte con que al comprar la entrada cedió todos sus derechos de imagen y si no que no hubiera ido.
    Esto es ilegal verdad? Además su foto también aparece en las entradas de los niños.
    Lo malo es que en las entradas de cualquier festival se han acostumbrado a poner en letra muy pequeña que si compras la entrada aceptas ceder las fotos y videos que alli se te puedan hacer, esto hay que pararlo ya.
    Muchas gracias.

    1. Buenos días Raquel, esto es ilegal ya que el consentimiento para ceder la imagen debe ser expreso. No es válido que al adquirir una entrada autorices el uso de tus datos personales. Además en cualquier momento se puede solicitar la retirada de la imagen y revocar el consentimiento. Puedes denunciar el caso ante la AEPD, te dejo el modelo de denuncia: https://ayudaleyprotecciondatos.es/modelo-denuncia-ante-aepd/

  17. Hola, lo que pasa es que una agencia me solicitó unas fotos (en las que aparezco como modelo obviamente) para ser publicadas en su pagina, estas fotos fueron tomadas por una fotógrafa y la agencia me pidió que borrara la marca de agua para ellos poder publicarlas, yo tengo el permiso para hacer eso? O tengo que pedirle a la fotografa que tomó esas fotos?

    1. Buenos días Isabella, eso debe hacerlo la fotógrafa ya que tú has cedido tus derechos de imagen por lo que la propietaria de las imágenes es ella.

  18. hola que tal, existe un compañero de mi trabajo que anda divulgando fotos sin mi consentimiento, sin embargo no se quien es, es decir me robaron las fotos y esta persona se ha puesto miles de nombres, y ha subido fotos desde twitter hasta paginas xxx, he ido a denunciar a la fiscalia de mi estado, pero como no tengo sospecho, es decir no tengo nombre exacto y como esta persona solo las sube y no lucra con mi imagen (según ellos) me dijeron que no procede, sin embargo he pedido en las paginas la eliminación del contenido y las borran, pero como solo cambia de nombre de usuario se vuelve a registrar y vuelve a subir, ya no se a donde ni a quien acudir, había juntado toda evidencia, pero como literalmente me mandaron por un tubo en la fiscalía borre evidencias, me di de baja de en todas las redes sociales, sin embargo algunas personas conocidas me han dicho que aun sigue subiéndolos.

    1. Buenos días Ymera, si estás en España puedes denunciar ante la AEPD. En otro país, aparte de la polícia, intenta buscar algún organismo de Protección de datos.

      1. Un supervisor llego a mi puesto de trabajo asiendome un video y lo paso ala enpresa me iso un informe q por q segun el estaba dormido en el video no sale nada claro le ago saber q la grabacion q me ase sin mi consentimiento estA MAL aun asi me ase un informe q lleva ala enpresa y difunde el video entre compañeros de trabajo q puedo aser grasias

          1. Hola, me gustaría saber si las grabaciones de conversaciones, sin previo consentimiento, a través de apps de teléfonos móviles, que sirven para ello, son legales o por el contrario la otra persona puede denunciar que ha sido grabada, aunque esa grabación sólo se utilice para uso privado. Muchas gracias de antemano. Un saludo

          2. Buenas tardes Irene, la grabación sí puede realizarse mientras no se publique o difunda a terceros.

        1. Hola, en una sesión de Skype he hecho sin querer una captura de pantalla en que se ve la cara de un muchacho mayor de edad. La hice sin querer al pulsar la opción equivocada, y no la he publicado ni pienso hacerlo. Al haber hecho la foto en el estad circunstancias, ¿ existe delito ?

          1. Buenos días, si esa foto no se publica o comparte no se infringe la ley de protección de datos

  19. Me han denunciado y están pasando la denuncia por whuassap con mis datos, esto se puede hacer ?cuando a mi ni me a llegado nada.gracias

  20. Un compañero de trabajo me grabo con su teléfono móvil, en una entrega de compra mía, de un coche nuevo. Una cosa personal y compartida solamente con el.Eso me pensaba yo. Hasta ahí normal. Ahora me he enterado de que ha subido ese video a grupos de Whatsapp suyos, de gente que ni siquiera yo conozco. y no me ha gustado nada. Siento violada mi intimidad.
    Que puedo hacer?

  21. Buenas tardes:
    Hace un año realizamos varios reportajes (preboda, boda y postboda). En el contrato se dice que damos el consentimiento a que los fotógrafos publiquen las fotografías en su dominio web (ni tiempos ni cláusulas adicionales).
    – Nos parece excesivo el número que han publicado (casi 200 fotos donde aparecen invitadso, etc.): ¿Podemos solicitar que algunas o la totalidad de ellas sean retiradas?
    – Entendimos que era sólo en su dominio web pero también están siendo publicadas en redes sociales (Instagram) y webs de terceros (Bodas.net): ¿cómo prodecemos para que sea retirado?
    Hemos contactado con los fotógrafos para que a futuro no compartan más fotografías de nuestros reportajes (sean imágenes nuestras, familiares, amigos o decoración de la boda) pero hacen caso omiso.
    Muchas gracias.

  22. En un incidente, de una caida de un árbol que estuvo a punto de provocarme una desgracia, me han grabado en las camaras de mi urbanización, he solicitado las imagenes que solo me afectan a mi y me las niegan, es posible reclamarlas?, que artículo de la LGPD podría hacer valer si es que es posible,
    Gracias

  23. Un vecino de la finca de delante de la empresa ceramica de mi esposo ,cada dia sube varios videos grabados por el sobre camiones q entran y dalen y el supuesto humo q sale de las chimeneas para denunciar q esta dentro del pueblo.La fabrica funciona desde 1920 y la finca fonde vive el vecino hace 5 años.Se puede denunciar q difame y grabe lo q pasa en fabrica desde la altura de su casa?

    1. Buenas tardes Mari Carmen, si en esas grabaciones pueden identificarse personas sí podría denunciarse ante la AEPD. Si no aparecen personas no es un tema de Protección de datos

  24. Buenas tardes, Hace unos dias coincidi con los reyes de españa en un acto y al final del evento tuve la oportunidad de hablar con ellos y me hice una foto. Quisiera subirla redes sociales (Twitter y Linkedin), pero no se si puedo hacerlo. ¿Podriasi orientarme.?

    1. Buenos días Rafael, al ser personas públicas y encontrarse en un acto público sí puedes subir esa foto a las redes sociales.

  25. Buenas tardes, tengo un video en youtube el cual se ha echo viral en Facebook , pero en vez de aumentar las visualizaciones en youtube , tiene mas de 100000 visualizaciones en Facebook y esta compartido mas de 1200 veces, tengo derecho a algun beneficio de ese video?

  26. Hola! Tengo una duda. Cuando yo trabajaba en un restaurante en setiembre nos tomaron una foto a toda la plantilla. A la semana nos echaron a la mitad porque según ellos sobraba personal. Han pasado dos meses de eso y ahora vi que harán una cata de vinos donde usarán la imagen de publicidad donde yo y mis compañeros despedidos aparecen. ¿Esto lo podemos denunciar? Espero que me leáis. Muchas gracias

    1. Buenos días Camila, tienes derecho a solicitar a esa empresa que retire tu imagen de esa fotografía o la pixele. Si no lo hace puedes denunciar ante la AEPD.

  27. Han hecho fotos de mi casa, patio, obras, no hay personas, las fotos fueron obtenidas desde la ventana de la casa de al lado y desde su terraza.
    Las obras tienen permiso, y ahora el vecino ha llevado las fotos al departamento de arquitectos del ayuntamiento, este las ha gravado en su ordenador y las ha enseñado a la empresa que me está haciendo las obras, no sé el sentido de esto último.
    Es esto legal? , se puede denunciar al ayuntamiento por recibirlas? y además sin mediar denuncia alguna, ¿se puede denunciar al vecino por hacer las fotos?

    1. Buenas tardes Francisco, si en esas fotos no aparecen personas no es una cuestión referida a protección de datos por lo que no podría ayudarte.

  28. Si estoy conversando con alguien y ese alguien decide publicar esas conversaciones sin mi consentimiento a través de las redes, se puede hacer algo al respecto?

  29. Por cuestiones de seguridad, batallo contra familiares para que no suban fotos de mí hijo en donde se vea su cara, pero lo que digo es igual que hablar a la pared. Solicite ayuda en Fb pero no hay respuesta. Resulta difícil hacer valer nuestros derechos peleando con un móvil.

  30. Soy foto periodista y trabajo para una ONG. Me han solicitado eliminar de las redes sociales de la entidad todas las fotografías realizadas en eventos donde aparecen personas en nuestro PhotoCall, stand solicitando información o promocionado los servicios que ofrecemos. Cabe destacar que antes de hacer las fotografías se les informó a las personas el objetivo de esas instantáneas y en dónde serían publicadas, en todos los casos accedieron y posaron para realizar las imágenes.
    Entiendo que hubiese sido mejor contar con la autorización escrita, pero: ¿al posar para la foto, usar el photocall o coger el material de promoción de la entidad ya no sería parte del consentimiento?
    Por otra parte al realizar fotografías en eventos públicos donde participamos y realizamos fotografías con fines informativos también deben contar con autorización?

    1. Buenos días Gabriel, para publicar fotografías es necesario el consentimiento expreso del titular, no sirve que posen para la foto, es necesario poder demostrar que dieron su consentimiento para publicar esa foto. Además, aunque hayan dado su consentimiento, pueden revocarlo en cualquier momento y solicitar la eliminación de las fotografías.

  31. Hola. Yo hago la siguiente consulta. Estoy haciendo unos episodios, unos vídeos de investigación paranormal que ofrecen un interés cultural y científico por tanto. Obviamente, los otros dos miembros del grupo aceptan formar parte de los vídeos, por eso se les ve conmigo haciendo su trabajo y sus nombres aparecen con el mío en los créditos finales.
    Ahora supongamos que nos peleamos en el futuro y ya no quieren salir en esos vídeos y me piden que los retire, y que yo no quiero porque me ha costado muchísimo trabajo montarlos, ellos estaban de acuerdo entonces, figuran así cuando les puse el Copyright, etc. ¿Tendría que retirarlos?
    Hay que tener en cuenta que los episodios tienen interés cultural, que el hecho de que los miembros aparezcan conmigo y en los créditos sus nombres muestra que en la época que se hicieron los vídeos aceptaron voluntariamente ser parte de ellos.

    Gracias.

    1. Buenos días Pablo, en ese caso habría que ponderar el interés público de mantener ese vídeo con el derecho fundamental a la protección de datos y a la imagen de los afectados.

  32. Mi ex pareja con un bebé en común de 7 meses con la que actualmente tengo muchos problemas , difundió un video en Facebook grabado por su hermana escondidas en la puerta de mi casa en la q aparece el, mi hijo, mi madre y yo.el video lo borro al poco tiempo pero el suficiente para que fuera compartido por casi 1000 personas y dando lugar a 230 comentarios en los que se encuentran insultos hacia mi, consejos de que me agredan físicamente etc…sale la puerta de mi actual vivienda, el video me llego por tercera personas ya que estamos bloqueados mutuamente, aparece mi hijo y mi madre y sabe por reiteradas ocasiones que no queremos que difunda ninguna imagen nuestra. Que puedo hacer ante esto. Otra cosa es lo que pasa con mi hijo, tanto el como su madre se dedican a publicar fotos videos imágenes de ecografías sabiendo que no quiero,le e dechicho q las borren y no hacen caso,q ley ampara a un menor y a mi a q divulguen imágenes sin permiso?

  33. Si corresponde el lugar, expongo mi duda por si me pueden orientar. Gracias de antemano.
    Como hobbie hago muñecas de trapo y la mayoría las vendo en una plataforma donde pago mis impuestos correspondientes. No soy profesional, soy un particular que hace cosas a mano y las vende por Internet, una practica extendida a nivel mundial. Además de venderlas en la plataforma destinada a ello, utilizo las redes sociales para «mostrar» mi trabajo y o venderlo. El problema es que en una página han publicado mi fotografía que solo he publicado en mi página, de unas muñecas que he hecho yo. La persona la ha publicado preguntando donde podría conseguir los patrones, sin más. Me ha ofendido el hecho de que capturase la fotografía sin pedirme permiso o mencionarme como autora. Porque detrás de esa fotografía está mi trabajo, aunque no sea profesional. Eso es lo que he recriminado, pero no sé hasta qué punto la ley me ampara para proteger mi fotografía, ya que no es una fotografía de mi persona.

    1. Buenos días María, esa fotografía estaría protegida por derechos de autor ya que es una creación tuya. Puedes contactar con esa persona para que retire la fotografía aunque si la ha cogido de las redes sociales es difícil hacer valer esos derechos de autor ya que las publicaciones, según la mayoría de políticas de uso de las redes sociales, podrían ser usadas por terceros.

  34. La televisión local sin previo consentimiento, llena espacios televisivos de nuestra obra de teatro, al ser un grupo independiente, no tenemos vinculación con ayuntamiento, ni tenemos subvención alguna por parte de entidad correspondiente. ¿Podemos pedir daños y prejuicios por publicar nuestra imagen?

    1. Buenos días Luis, en este caso al ser una obra dirigida al público en un lugar también público no se infringen los derechos de imagen ya que la televisión lo publica haciendo uso de su derecho a la información.

  35. Hola. Un usuario de twitter ha cogido mi foto de perfil sin mi consentimiento y la ha utilizado para realizar un tweet despectivo hacia mi persona incluyendo mi foto de perfil, que es una foto mía. He denunciado mediante twitter y aunque me han ocultado el tweet a mí, sigue publicado. Me han dicho que iban a valorarlo y si tomaban otras medidas adicionales me lo comunicarían. Le he pedido tanto al usuario como a la red social que eliminen dicha publicación. ¿Hay alguna forma de poder exigir que se retire inmediatamente?

  36. Saludos, hace unos años se publicó un libro. Años después, la misma imprenta ha utilizado algunas fotos de ese mismo libro para un libro de texto, dos de ellas muestran personas reconocibles. Por supuesto no se cita al autor de las fotografías ni se pidió ningún permiso a él o a los fotografiados. Al tratarse de un libro de texto, con fines educativos, ¿es legal? ¿Se puede denunciar? Muchas gracias.

    1. Buenas tardes Andrea, en ese caso habría que demostrar que exista un interés histórico, científico o cultural relevante en la aparición de esas fotografías. Si no, es necesario el consentimiento para publicarlas y podría denunciarse ante la AEPD.

  37. Buenas, me dedico a la foto por hobby, fotografió deportes y me han cogido fotos de Facebook, las recortan y luego hacen su publicación unos terceros. Puedo denunciarlo o que debo hacer?? Gracias.

    1. Buenos días Pablo, si esas imágenes no están protegidas por derechos de autor, al publicarlas tú directamente en Facebook, sí pueden ser usadas por terceros.

  38. Hola,

    He visto en una app de compra venta que utilizan las imágenes de mi empresa para ofrecer un servicio. Han tapado el nombre en algunas de ellas pero en otras aparece mi logo y mi página web con mi número de teléfono en la imagen. Sin embargo el teléfono de contacto de la app no es el mío, para que posible clientes contacten con él. ¿Qué puedo hacer al respecto?
    No se que estarán diciendo a los interesados mientras que utilizan mis fotos.
    Esto puede afectar a mi imagen dando precios abusivos o ridículos o bien información falsa.

    Un saludo

    1. Buenos días Álvaro, puedes pedirles que retiren esas imágenes pero, si no están registradas como marca de la empresa, no podrías denunciar.

  39. Hola.
    En la comunidad de propietarios estamos interesados en crear un canal de video iptv donde se vean para todo el mundo las imagenes on line de las camaras de la comunidad. Es decir, privacidad cero a cambio de seguridad más alta.
    ¿bastaría con el ok de la comunidad en junta extraordinaria y anunciarlo expecíficamente en los accesos a la comunidad para que no entren quien no quiera ser grabado?

    1. Buenos días Pedro, sí se necesitaría el consentimiento de los vecinos y el cartel informativo en las entradas.

  40. buenas tardes que puedo aser cuando una persona sube un video mio desnuda sin mi consentimiento y fotos insultandome y mandadole fotos mias encueradas a mi hijo de 12 años

  41. A partir de que edad un niño es el que otorga el consentimiento para salir en las fotos del Instituto, colegio… Deciden los padres o ellos.

  42. Hola Ana. Yo tengo una pregunta un tanto distinta a la que no sé si sabrás darme solución.
    Tengo un video de mi antiguo puesto de trabajo donde he grabado irregularidades sanitarias que son básicamente los perros del propietario rodeados de heces bien al lado de la puerta posterior de la cocina. Quiero publicarlo en youtube para que se le caiga la cara de verguenza pero la pregunta es….puedo hacerlo? o me puede buscar las cosquillas de alguna manera. En el video no sale ningún ser «humano», solo sus perros en condiciones pésimas y el video grabado en sus instalaciones fue grabado cuando yo trabajaba alli. Gracias de antemano

    1. Buenos días Julián, si en ese vídeo no aparece ninguna persona no está afectado por la ley de protección de datos por lo que sí podría publicarse.

  43. ESTA CIRCULANDO UN VIDEO DE MI HERMANO QUE NO SE HA CONSENTIDO PUBLICARLO. POR FAVOR SU APOYO PARA ELIMINARLO O DENUNCIAR SI SE PUEDE AL USUARIO DE LA PAGINA LA MATANZA PIURA TIERRA LINDA Y LA PAGINA SOY DE LA MATANZA PIURA

    1. Buenas tardes Miriam, Puedes solicitar a la página que elimine el vídeo y si no lo hace puede denunciar ante la AEPD.

  44. Buenos días, Somos una empresa de fabricación de cuadros y nos gustaría tener información de como poder imprimir láminas, para luego proceder a su venta al mercado de Marketplaces, de forma legal, como las que podemos encontrar en webs reconocidas. Temas de Marvel, marcas conocidas de moda, Vogue Chanel, etc…

    atentamente,

    1. Buenos días David, si esas imágenes tienen derechos de autor tenéis que pedir autorización para poder utilizarlas.

  45. Hola! Buenas!
    Tengo una consulta, recientemente me hice un instagram de deportes, para subir contenido de todos los deportes.. una manera de canalizar mi pasión por el fútbol, basquet, etc..
    Lo cierto es que me banearon la cuenta por subir contenido que afecta el copyright. No entiendo bien como es que funciona, pero el mismo vídeo que subí yo lo subieron un montón de cuentas. Lo que noto es que las diversas cuentas agregan al video una marca de agua con el nombre del instagram.
    Claro esta que para agregar una marca de agua, uno tiene que modificar el video.
    Mi pregunta es si haciendo eso, uno toma propiedad intelectual del video, y no lo pueden denunciar por copyright y de esta manera no banearle la cuenta.
    Gracias de antemano!

  46. Buenos días, mi caso es en whatsap, alguien esta enviando fotos mías intimas sin mi consentimiento a desconocidos, no se ha donde dirigirme para parar esto . Gracias

  47. Si me hacen fotos sin mi consentimiento estoy sufriendo mucho estoy pidiendo ayuda estoy sufriendo bullying

  48. Una pregunta si utilizan un vídeo mío vamos que ll he creado yo de mi canal de YouTube para un canal de televisión que puedo hacer ? Es legal ?

    1. Buenas tardes Darwin, al ser contenido público, sí pueden utilizarlo si no está protegido por derechos de autor

  49. Muy buenos días:

    Estoy montando una página web científica sobre el tema de la caza deportiva y sus impactos sobre la Fauna y Flora Silvestre.

    Para mejor comprensión y porque «una imágen vale más que mil palabras»,  es vital, poder publicar fotografías, videos y también extractos de textos publicados por cazadores en las redes sociales, en revistas de caza y posiblemente en alguna página web/Blog de cazadores.

    Siendo la caza deportiva una actividad social, cultural e histórica (según palabras propias del colectivo cazador), sobreentiendo que todo lo referente a la caza deportiva es de interés y de relevancia para el conjunto de la sociedad.

    Todas las actividades de caza (batidas, monterías, acecho, rececho) deben de ser aprobadas por la Autoridad a la que compete los asuntos cinegéticos.

    Además, aquí existe un interés científico para descubrir falacias sostenidas en el tiempo sin fundamentos científicos, y lamentablemente muchas veces apoyadas por estudios sesgados.

    ¿Puedo usar fotografías publicados en prensa y redes sociales, siempre ofreciendo todos los datos de la fuente y hasta quizás el enlace? En ningún momento obtendré ganancias a través de estas fotografías o videos. El acceso a la página web es gratuito y todo lo publicado en ella, también. No hay copyright, sino muy al contrario: copy»left».

    Espero mucho que lo expuesto arriba entre en lo que son excepciones en el uso de imágenes sin consentimiento. Agradecería su opinión.

    Muchísimas gracias!

    1. Buenas tardes Caroline, esas imágenes y vídeos sí puedes utilizarlas citando a su autor o fuente. No es necesario el consentimiento

  50. Buenas tardes:Una amiga mía realizo un vídeo donde imitaba a fredy mercury, con una duración de 4 minutos con catorce segundos en la plena vía pública, y ademas, con todos los vecinos de la calle en los balcones aplaudiendo, riendo e incitando, con sus vítores y risas a la imitadora. Esta misma imitadora facilito su propio terminal a otra vecina para que grabara esa actuación. Posteriormente la imitadora distribuyó entre sus grupos de whatsapp las imagenes de su actuacion vecinal, imagenes que alguien mando a una pagina de noticias local para que las publicaran. MI PREGUNTA ES: ¿SE HA COMETIDO ALGUN DELITO O IRREGULARIDAD AL PUBLICAR LAS IMAGENES DE LA ACTUACION EN LA VIA PUBLICA A SABIENDAS DE QUE TODOS LOS VECINOS DE LA CALLE ESTAN EN SUS BALCONES ESPERANDO VER TU ACTUACION, Y SE HAYAN PUBLICADO SIN TU CONSENTIMIENTO? ESPERO HABERME EXPLICADO BIEN. GRACIAS POR ATENDERME Y UN SALUDO.

    1. Buenos días Miguel, es posible grabar a la persona pero para publicar esa grabación es necesario su consentimiento. La afectada podría denunciar ante la AEPD y solicitar que se retire ese vídeo.

  51. Hola buen día, gracias por la información es muy útil, pero yo tengo dudas en cuanto si le tomó una foto a una persona sospechosa que esta afuera de mi casa, puede demandarme?
    O que pasa con los que tienen cámaras de Video en sus domicilios, también pueden ser demandados por quiénes son captados en el video.

    1. Buenos días Priscila, pueden sacarse fotos o realizar grabaciones mientras estas no se publiquen o compartan con terceros. El delito está en compartir esas imágenes sin consentimiento.

  52. Hola.

    Tengo una duda, si en dado caso, tuve una conversación con una chica que es menor de edad y fue un poco subida de tono (se dije cosas que no debía) ella puede subir la conversación? y acusarme de algo ? o también puedo protegerme que no puede exhibirme, porque en dado caso están las instancias legales y no tengo problema si nos arreglamos ahí, pero no me gustaría que me exhibieran. Que pasa ahí ? puedo protegerme, gracias y saludos.

    1. Buenas tardes Lázaro, si esa menor te denuncia sí puede usar esas conversaciones como prueba. Pero no puede publicarlo

  53. Hola, tengo una duda en referencia a una App muy famosa, Whatsapp. Les explico:
    Un primo mío publicó un vídeo en un grupo en el que estamos todos los primos hermanos de nuestra parte, más alguna de nuestras mujeres, cabe decir que todos bastante bien avenidos. En él, aparece mi primo de cuerpo entero en la cocina con una olla en la que nuestro abuelo cocinaba un arroz y él dice haber heredado (los demàs tenemos otros objetos de mi abuelo ) y en un momento dado llama a su hija por su nombre (la niña nunca aparece sólo graba) para acercar la imagen al contenido de la olla, luego hace un comentario acerca de lo bueno que cocinaba mi abuelo y ahí termina su vídeo. Mi primo lo envía a mi madre también. Mi madre lo pone en su estado junto con una foto de mi abuelo, entre otras, todas en memoria del 10º aniversario de la muerte de mi abuelo. La cuestión viene cuando al cabo de unas horas de estar publicado el estado de mi madre, mi tía (su hermana y madre de mi primo que envía el vídeo) le manda un mensaje a mi madre en el que le hace rectificar su estado y riñe a mi madre por publicar el vídeo de mi primo, aduciendo que le puede acarrear graves problemas, que desde mi punto de vista no alcanzo a entender, y de ahí mi consulta. ¿Obró mal mi madre publicando el vídeo de mi primo hablando de nuestro abuelo? ¿Obró mal mi madre reenviando ese vídeo a otro grupo donde se encuentran los tíos y primos de mi madre (hermanos de mi abuelo y sus respectivos hijos e hijas)?
    Gracias.

    1. Buenos días Francesc, para publicar ese vídeo o compartirlo es necesario el consentimiento del afectado. Si no existe ese consentimiento y ese afectado lo solicita, deben retirarlo.

  54. Como puedo averiguar si mi cuñada pone videos de mi hijo. No me agrega a instagram
    .. Pero hemos visto una carpeta con videos con etiquetas y coemtarios. Necesito comprobarlo pero nose como. Muchas gracias.

  55. Hola. Una persona a subido un vídeo de mi hijo de 7 años y su padre sin nuestro consentimiento. Es una vecina de la comunidad que los grabó desde el balcón…..Tengo el enlace al vídeo que me facilitaron vecinos, ya que lo colgó en una asociación de vecinos en facebook muy numerosa e hizo comentarios muy desagradables, viéndonos sometidos al escarnio público( el padre no se había dado cuenta que no se podía utilizar las zonas comunes de la comunidad, debido al confinamiento). Ahora ya lo ha quitado, pero estoy pensando en denunciar igualmente. Qué me aconsejan?? Gracias y un saludo

  56. Pido su ayuda para poder denunciar a una persona que esta compartiendo fotos intimas mías en las redes sociales

  57. mi ex tiene un video intimo donde se muestra mi cara y se lo envio a otra persona por via whattsapp sin mi concentimiento y solo se que lo hizo de puro coraje trate de pedirle una explicacion pero m dijo q no queria saber nada d mi y que para él estoy muerta no se que hacer me da miedo que difunda ese video

  58. Hola buenas! Me ha sucedido que hace 5 años me fotografiaron para una publicidad y el contrato de esos 5 años termino en el pasado diciembre 2019 y veo que aun están las fotografías mías en el sitio web de la empresa. Ya estamos casi en agosto 2020 entonces serian casi 8 meses que mis imágenes están ahí y no me hicieron firmar aun ningún contrato de renovación por dichos meses así que están ahí sin mi consentimiento. Que puedo hacer en este caso?.. Ya saque fotografías de la pagina donde aparezco.. y al lado puse un diario que indica la fecha actual por las dudas de que la empresa de repente quiera retirar las fotos.. Podría denunciar por USO INDEBIDO DE IMAGEN? y que porque mas? Me ayudas? MUCHAS GRACIAS!

  59. debo pedirle permiso por escrito para grabar a alguien y subir el vídeo a youtube o se graba el momento donde la persona me autoriza? o como se haría?

    1. Buenas tardes Jhonatan, debes poder justificar que esa persona te ha dado su consentimiento para publicar el vídeo por lo que ese consentimiento debe ser por escrito o grabado.

  60. Buenas tardes.
    Escribió para preguntar , ¿ puedo denunciar a una reportera que me grabo sin mi consentimiento de lleno , haciendo que estaba en una calle cortada con una pared , que por cierto está en una esquina . Y hay tránsito de tras de mi. Tengo las pruebas que es un montaje. Que está en la calle fumando si. Pero fuera de alcance de bullicio y no estaba en un bar. Estaba hablando con una señora y con distancia. Y la aparentemente la reportera está al principio de la calla grabando porque le dio la real gana.

    1. Buenas tardes Karianne, puedes solicitar a la cadena que pixele tu cara para que no puedan reconocerte. Si no lo hace, puedes denunciar ante la AEPD

  61. puedo denunciar que mi empresa utilice fotos en paginas amarillas internet y en periodico,para hacer publicidad de su empresa,sin haberme pedido permiso para hacerlo?

  62. me han tomado una foto en una cabalgata y el fotografo que la ha hecho me dice que tiene registrada la foto y que yo no puedo utilizarla sin su
    autorización. es eso cierto ?

    1. Buenos días Jesús, eso no es cierto, tú tienes derecho a usar tu fotografía en cualquier momento ya que es tu imagen.

  63. la ex de mi hijo subio una foto de el (foto que tenia en su watt) a una pagina de Facebook (grupo amiga este es tu novio) difamándolo cosas que no son ciertas, le ha hecho escándalos también en su trabajo, todo esto porque mi hijo ya no quiere regresar con ella, tienen un niño y ella ya no permite que el lo vea, que podemos hacer o a donde denunciamos
    gracias

  64. Mi hija, hizo una foto en clase de un compañero en actitud grosera con un profesor, cuando el profesor estaba agachado y de espaldas, por lo que no se ve la cara del profesor, pero sí del niño, La colgó en su perfil y al momento la suprimió, pero alguien hizo una captura de pantalla de esa imagen y la envió por mail al Directos del Instituto.
    Que puedo hacer?
    Muchas gracias.

    1. Buenas tardes Rubén, no pueden publicarse fotografías sin el consentimiento de los afectados por lo que podría ser motivo de denuncia. Pero si la foto ya se ha retirado, no debería haber ningún problema

  65. Buenos días, soy arquitecto y quiero grabar imágenes de una obra que estamos llevando a cabo, hacer un timelapse para ver como se construye la obra para luego publicarla en nuestra web. Hemos adquirido una camara en principio fabricada como cámara de seguridad y queremos usarla con este fin. Que tipo de permiso necesito para poder grabar el proceso de la obra sin mostrar a nadie o las personas que aparezcan que tengan la cara borrosa y sean irreconocibles. Como me situo dentro de la legalidad, necesito colocar un cartel.

    1. Buenas tardes Justo, si no van a aparecer personas identificables no es necesario el consentimiento ni poner ningún cartel

  66. Buenas noches me ha pasado que an subido un video íntimo mío a un canal de pornografía sin mi consentimiento quiero saber que acción legal puedo tomar para que el que público ese video lo elimine de inmediato

    1. Buenas tardes Flavia, en primer lugar debes ponerte en contacto con el canal para que lo elimine y después puedes denunciar ante la AEPD y ante la policía

  67. Hace unos mese mu mujer vio en un perfil de Instagram la foto de mi hija pequeña en bata, nos quedamos sorprendido y denunciamos a la policía y protección de datos,enpezamos a investigar y nos dimo cuenta que la puso un hijo que tengo mayor de edad que vive con mi primera mujer, le hemos dicho que la quite y dice que es su hermana y la puede poner donde quiera ¿Qué hacemos?

  68. En el conjunto que vivo la administración le toma fotos a los niños del menores de 14 años residentes del conjunto según ella como prueba fehaciente y novedades del día a día, sin consentimiento de los propietarios o padres, el cual las publica en las redes del consejo de administración. como puedo proceder legalmente.

  69. ¿Se puede publicar en Yotube una fiesta pública o un evento público en un centro educativo de hace veinticinco años, al margen de quien salga o lo que diga en esos vídeos, si no hay nada ilegal ni ofensivo? Detalles:

    1) En ningún momento, nadie dice que no se le grabe, e incluso, saludan, y no les importan que les grabe. Son varias personas las que salen.

    2) Todas las personas que salían en ese vídeo en su momento eran mayores de edad en el momento de la grabación.

    3) La mayoría de los que salen en el vídeo, salvo cuatro o cinco personas, salen de manera testimonial, y sin declaraciones o poses ridiculizantes.

    ¿Alguien me puede asesorar al respecto? Gracias. Si hay resquicios legales al respecto, no lo colgaría en Youtube.

    1. Buenos dias Jose, para publicar ese vídeo es necesario el consentimiento de las personas que aparecen en él.

  70. Buenas tardes.
    Una consulta.

    Trabajo en un instituto, y unos alumnos han cogido una foto de un profesor (no sé si de Google, Instagram del profesor,….), han realizado un stick, y se han dedicado a compartirlo en grupos de WhatsApp del centro.

    Se ha sancionado al alumno por eso. La madre ha reclamado y tenemos que revisarlo. Se agarra a que era una imagen libre que estaba en internet.

    Mi duda es esa: Es entonces impune porque el profesor perdió ese derecho de defensa al tenerla públicamente?

    O, el puede hacer lo que quiera con SU IMAGEN, pero en ningún caso lo pueden hacer los demás sin su consentimiento.

    Si son capaces de ayudarme lo agradecería mucho.

    Atentamente
    Daniel Garcia

    1. Buenos días Daniel, si esa foto está en un perfil público, cualquiera puede acceder a ella pero lo que no se puede es modificar la foto o incluir ofensas o insultos en ella y compartirla.

  71. buenos dias,¿ puedo hacerle fotos a la gente ,sin publicar su imagen ,ni nada ? y si fuera a un policia que me esta multando con fotos ,podria hacerle fotos yo a el.? gracias .un saludo

    1. Buenos días Rocío, debes ponerte en contacto con la persona que publicó el video y con la plataforma donde se haya publicado para que lo retiren

  72. Una financiera está usando mis fotos y se las está mandando a todos mis contactos eso se puede hacer?? Podrían ayudarme urgente mente

  73. Buenas noches;
    Una persona agregada a mi perfil de facebook cogió una foto mía y la envió por wass a otra persona. Es una foto sin relevancia pero lo hizo sin autorización, es delito ?.
    Gracias

  74. me han estado tomando fotos en lujares públicos y me han seguido para enviarlas por WhatsApp de una tercera persona
    se puede denunciar

  75. Buenas
    Han publicado un foto mia sin mi consentimiento en Facebook e Instagram con calumnias y amenazas
    He hablado con la persona que lo ha publicado y no piensa quitarlo.
    Que puedo hacer???

  76. Por favor necesito su ayuda urgente se han divulgado unos vídeos privados niños por todo el mundo tengo el nombre del responsable y me muero de la vergüenza me ayudan a parar esto por favor

  77. Buenas noches , quisiera denunciar a personas que están haciendo mal uso de mis fotografías y exponiendo me y mandando mensajes a mis contactos que puedo hacer y a donde acudir

  78. HOLA BUEN DÍA TENGO UN PROBLEMA HAY UNA PERSONA QUE ESTA DIFUNDIENDO UN VÍDEO DE UN FAMILIAR QUE HACE NO MUCHO FALLECIÓ PERO ESE VÍDEO SE GRABO POR PETICIÓN DE EL HORAS ANTES DE SU DECESO Y ESTA PERSONA ESTA HACIENDO MAL USO DE EL QUE SE PUEDE HACER EN ESTE CASO. ¿ ES UN DELITO? YA QUE ESTA DAÑANDO LA MORAL DE LA FAMILIA

  79. Buenas tardes,
    Y en el caso de que dispongas de permiso por escrito de una pareja de recién casados para publicar sus fotos como promoción ¿se puede publicar alguna fotografía donde aparecen fumando? el contexto es que después del reportaje de jardines se tomaron unos minutos sentandose en el borde del maletero de su limusina a fumarse un cigarrillo antes de la entrada al banquete, es decir en el exterior del restaurante, contra todo pronóstico esas fotografías fueron muy graciosas, pero me asalta la duda sabiendo que hay prohibición de hacer publicidad del tabaco o su uso, entonces aunque no es el objeto principal de la fotografía ni aparece marca alguna, no sé si está permitido o no o si les pondría en un compromiso o se interpretaría como un abuso del permiso.
    Gracias

  80. Buenas, una empresa para la cual trabajaba (La cual me debe 5300€) está utilizando fotografías y videos realizados por mi desde mi móvil para publicitar el traspaso o alquiler del mismo. En alguno de los videos aparezco yo en reflejos y un compañero en el foco de la camara. ¿Se pueden tomar acciones legales para que nos paguen por usar esas fotografías y videos? ¿O hacer que las retiren?