Las cámaras de videovigilancia siguen siendo uno de los principales motivos de infracción de la normativa de protección de datos y, por tanto, uno de los ámbitos donde más sanciones se imponen. El RGPD y la LOPD son muy claros respecto a cómo se debe informar a clientes y usuarios de la presencia de cámaras de videogilancia en establecimientos, de se les está grabando, el tratamiento de esas imágenes, los derechos que pueden ejercer, etc.

En esta entrada vamos a ver las principales causas de sanciones por cámaras de videovigilancia y algunos ejemplos reales.

Principales motivos de sanciones por cámaras de videovigilancia

Uno de los motivos más frecuentes de sanciones motivadas por incumplimientos de la Ley Orgánica de Protección de Datos es la cuestión de la videovigilancia. Hay dos razones principales para que las multas por cámaras de vigilancia encabecen la lista:

  • La videovigilancia es por lo general una aplicación muy visible de la LOPD. Mientras que solo una inspección podría detectar la falta de una auditoría o la llevanza incorrecta de un listado de usuarios, cualquiera puede darse cuenta de que hay una cámara filmándole y no existe el correspondiente cartel de aviso.
  • Variedad de denunciantes. Las denuncias presentadas ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) parten por lo general de la persona que siente vulnerado su derecho a la intimidad, pero en el caso de la videovigilancia la nómina de denunciantes es mucho más variada: empleados, policía local, vecinos, servicios municipales, etc.

cámara en establecimiento sanciones por cámaras de videovigilancia

Multas por cámaras: casos reales

Existe una posibilidad muy real de que una persona o negocio sea denunciado y reciba una sanción tener instaladas cámaras de videovigilancia sin el correspondiente cartel de aviso y sin la información necesaria que debe ofrecer a cualquier cliente o usuario.

Como decíamos, el origen de las denuncias es muy variado, puesto que es relativamente sencillo detectar una cámara de seguridad en un establecimiento y no ver por ningún lado un cartel de avisa de que te encuentras en una zona videovigilada y que puedes estar siendo grabado. Puede ocurrir en una tienda, en un centro de trabajo o incluso en el parking de tu edificio. La imagen es un dato personal y por tanto, el o los responsables tras las cámaras de videovigilancia deben asegurarse de que cumplen con la Ley de Protección de Datos.

Tabla sanciones por cámaras de videovigilancia

¿Cómo evitar sanciones por cámaras de videovigilancia?

Si se quiere evitar ser denunciado y acabar siendo sancionado por colocar cámaras de videovilancia, hay que tener en cuenta una serie de requisitos y exigencias mínimas de la normativa actual en materia de protección de datos que deben cumplirse:

  • Elaboración de un registro de actividades de tratamiento en el caso de que se almacene la grabación de las imágenes.
  • Colocación de un cartel visible que avise de la condición de zona videovigilada e identifique al responsable del fichero.
  • Existencia de hojas informativas con el resto de la información sobre derechos y cómo ejercerlos a disposición de las personas físicas que así lo soliciten, etc.

Cabe señalar que desde la entrada en vigor de la Ley Omnibus en 2009, ya no hay obligación de que la empresa que lleve a cabo la instalación del sistema de videovigilancia esté registrada en el Ministerio del Interior como empresa autorizada.

¿Cómo y dónde denunciar cámaras de videovigilancia?

Si en algún momento creéis que un establecimiento o centro de trabajo o incluso en una cámara de videovigilancia en la calle o en una propiedad privada, puede estar vulnerando vuestro derecho a la protección de datos, podéis denunciarlo. Como ya habéis visto en los ejemplos anteriores, cualquier persona o entidad puede presentar una denuncia por el uso indebido de cámaras de videovigilancia o por la grabación de imágenes sin informar de ello.

Si no sabéis dónde denunciar cámaras de videovigilancia que no cumplen con la normativa de protección de datos, en España es la AEPD quien se encarga de recoger y analizar y gestionar estas denuncias, además de imponer las sanciones y otros mecanismos sancionadores.

Para realizar la denuncia, solo tenéis que dirigiros a la AEPD para presentar vuestra denuncia. Podéis hacerlo tanto de manera telemática, utilizando el formulario electrónico que la Agencia pone a disposición de los ciudadanos; o de manera presencia, acudiendo a la sede de la AEPD en Madrid. En cualquiera de los dos casos es necesario que presentéis todas las pruebas que hayáis podido recabar.

¿Necesitas cumplir la LOPD?

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  1. Parece mentira que a estas alturas aún se vean infinidad de cámaras que no muestran ni siquiera el oportuno cartel de aviso, que además lo hay gratis en la misma página web de la Agencia.

  2. Buenas tardes,hoy an puesto los que viven al lado una camara de vigilancia en su puerta enfocando a mi casa, la an puesto ellos y ni me lo an dicho ni an puesto carteles de nada,a partir de ahora estan grabando toda mi intimidad, al iggual que a toda persona y vehiculo que pase por hay,esto es legal?

  3. Hola,
    agradecería me pudieran aclarar una duda al respecto de las cámaras instaladas en casas privadas y que enfocan a la calle grabando a toda la gente que pasa por delante. Según la Ley Orgánica de Protección de Datos, esa actuación está permitida siempre y cuando se informe de tales grabaciones y se cumpla con el resto de criterios de la ley, pero sigue existiendo el mismo problema, puede seguir grabando indiscriminadamente a todos los vecinos que pasen por delante. por lo que habría que acudir a la vía penal ¿esto es así?

    Y una última pregunta, ¿la denuncia ante la AEPD es anónima o el denunciado puede saber quién le ha denunciado?

    MUCHAS GRACIAS

    1. Buenos días Alejandra, las cámaras no pueden grabar la vía pública aunque se informe de que se está grabando, eso infringe la normativa de protección de datos. Sí, la denuncia ante la AEPD es anónima.

  4. Buenas, estudio en un colegio mayor y hay cámaras en los pasillos. Algunas de ellas enfocan a puertas de baños u habitaciones, de manera que se puede ver el interior si la puerta se abre. A demás, pese a que nos aseguran que no se pueden ver en directo somos conscientes de que personas de seguridad lo hacen. ¿Podemos hacer algo al respecto?

    1. Hola buenas quisiera saber,mi vecino a puesto camara arriba de su puerta,por donde pasamos todos los dias con el coche o andando con mi hijo etc….y por la noche se le enciende unos luces rojas,en el cual mi marido no podía acceder a mi casa y dijo k el coche lo tendría que poner detrás porque no podía acceder,entonces la camara lo grabo y se lo paso a mi suegro,entonces quiero saber si eso es legal o no,porque yo quería poner camaras exteriores y m dijeron que se podía si daba dentro de m patio k sino no era legal,entonces quiero saberlo porke yo debería tener más motivos para ponerlas ya que hacen denuncias falsas constantemente, gracias un saludo

      1. Buenos días Jessi, las cámaras no pueden grabar la vía pública por lo que sería ilegal. Puedes denunciar ante la AEPD

  5. Buenos días.
    Tengo delante de mi casa a unos 300m un puerto deportivo donde amarrro una embarcación. ¿Es legal que pueda instalar en el tejado de mi casa una cámara donde se vea el puerto, mi lancha ,(saldrán irremediablemente otras en la imagen) sin que en las imágenes se pueda identificar a las personas que estén en el puerto?.
    Muchas gracias.

  6. Buenas tardes tengo dos consultas la primera en mi empresa llevan años poniendo cámaras por todas partes, tanto dentro de la oficina como por fuera en las vías publicas, estas ultimas les han sido denegada su instalación por la delegación ya que deben contratar una empresa de vigilancia pero siguen manteniendo las y la segunda para remate ahora las cámaras que había dentro las han cambiado por cámaras con audio sin respetar ni si quiera el lugar donde tomamos el café, ¿Esto es legal no ocurre lo mismo con las cámaras que hay fuera que tiene que contratar a una empresa de vigilancia? es una empresa y negocio familiar y se conectan a las cámaras quien quiere de la familia.

    1. Buenos días Miriam, la empresa sí puede poner cámaras siempre que informe de ello. Pero no pueden grabar ni la vía pública ni las zonas de descanso de los empleados. Eso puede denunciarse ante la AEPD